Temas en esta página:
- Custodia de los hijos en general
- Tipos de Custodia
- Jurisdicción
- Factores que el juez considera para determinar el principio de interés superior del niño
- Acuerdos de custodia compartida
- Padres que no están casados
- Padres encarcelados
- ¿Qué pasa si no estamos de acuerdo con la decisión sobre la custodia y las visitas?
- La mediación por orden judicial
- Cuando se viola el acuerdo de orden de custodia
- Modificación de la custodia
- Impuestos
- Otros Asuntos
Custodia de los hijos en general
En virtud de las leyes de Maryland, ambos padres biológicos son los presuntos custodios naturales de sus hijos. La ley no favorece ni a la madre ni al padre. La ley se apoya en el principio de “interés superior” del niñopara tomar decisiones relacionadas con la custodia y las visitas. El principio de“interés superior” del niño toma en cuenta ciertos factores para determinar lo mejor para el/los niño(s). Este estándar se discutirá más adelante. Aunque los abuelos y otros pueden pedir la custodia, la presunción a favor de los padres biológicos puede hacer que sea difícil.
La custodia y los acuerdos de visitas nunca son permanentes. Cuando las situaciones cambian, un padre siempre puede pedir al Tribunal que modifique una Orden de Tribunal. Este artículo se diseñó para darle información general sobre cómo el tribunal decide la custodia y los derechos de visita en Maryland.
Tipos de Custodia
Cualquiera de los padres separados puede pedir la custodia de un niño a un tribunal del circuito en Maryland. Si las partes no se ponen de acuerdo acerca de quién debe tener la custodia, el tribunal otorgará la custodia a un solo padre o se compartirá entre los dos padres.
Custodia de facto
La custodia “De facto” (significa “de hecho”) se refiere a quién tiene, de hecho, la custodia del niño antes de que intervenga el tribunal.
Tipos de custodia por orden judicial
Custodia temporal – La custodia temporal también es llamada pendente lite, que quiere decir “litigio pendiente”. Para formalizar la custodia antes de comenzar el litigio, usted necesitará pedir una orden de custodia temporal por orden del tribunal.
La Custodia temporal se basará en el principio de“interés superior” del niño . Esto no constituye una concesión “inicial” de la custodia, sino que es una custodia temporal mientras usted espera a que el tribunal celebre una audiencia. Para obtener la custodia temporal, usted tiene que presentar una solicitud de audiencia y una Orden de Custodia Temporal y Manutención junto con su Petición de Custodia o Divorcio.
La custodia legal y física-
Toda custodia por orden judicial tiene dos componentes, uno legal y uno físico. La custodia legal implica el derecho a hacer planes y tomar decisiones a largo plazo respecto a la educación, formación religiosa, disciplina, atención médica que no sea de emergencia, y otros asuntos de gran importancia relacionados con el bienestar del niño. La custodia física incluye pasar tiempo con el niño y tomar decisiones sobre las necesidades diarias del niño. El tribunal puede conceder la custodia legal y física de varias maneras.
Custodia exclusiva- A una persona se le puede conceder la custodia legal exclusiva, custodia física exclusiva o ambas.
Custodia dividida (de 2 o más niños)- Es más fácil describir la custodia dividida en una situación en la que hay dos niños, y cada padre obtiene la custodia física y plena sobre un niño. Algunos elementos que pueden llevar a este resultado son la edad de los niños y la preferencia del niño.
Custodia compartida- De hecho, la Custodia Compartida se desglosa en tres categorías: Compartida Legal, Compartida Física, y la Combinación de ambas.
Custodia compartida legal- Se da cuando los padres trabajan juntos para compartir el cuidado y el manejo de la crianza del niño, incluso si el niño tiene una sola residencia principal. Se le puede dar a un padre la autoridad de “deshacer” un empate (la última palabra en casos de desacuerdo), o cada padre puede tener ciertas áreas en las que puede tomar decisiones autoritarias.
En La tutela física compartida el niño tiene dos domicilios y al menos 35% del tiempo con cada padre.'
Jurisdicción
“La jurisdicción” es un conjunto de reglas que determina cuál tribunal lleva un caso. La Jurisdicción es como un cerco imaginario que divide legalmente los casos en dos categorías.
A un lado del cerco se encuentran los casos que cierto tribunal puede decidir. Al otro lado de la división se encuentran los casos que el tribunal no puede llevar. Por lo general, “la jurisdicción” es la razón por la cual un tribunal debe permitir a otro tribunal llevarr el caso.
Hay dos tipos de jurisdicción:
Personal y de asunto.
El tribunal debe tener ambos tipos de jurisdicción para poder llevar un caso.
La jurisdicción personal, es decir, el poder de requerir que una persona comparezca ante el tribunal se discute en la sección de Servicio de Notificación de esta página web. En Maryland, el Tribunal del Circuito es quien tiene la jurisdicción de asunto para llevar los casos de custodia y visitas.
Si usted tiene un caso de custodia en Maryland, este se presentará ante el Tribunal del Circuito y será llevado por un juez o maestro del mismo.
Un caso puede ser presentado en Maryland si:
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El niño vive en el estado y
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Maryland es el estado de residencia del niño (vive en el estado, asiste a la escuela en el estado) y
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el padre tiene suficientes nexos con el estado (trabaja, vota, vive, paga impuestos en Maryland).
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Aunque el niño no está en Maryland ahora
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Maryland fue el estado de residencia del niño en los últimos seis meses y
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El padre que presenta una demanda de custodia sigue viviendo en Maryland.
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El niño y al menos uno de los padres tiene nexos significativos con Maryland (vive, trabaja, asiste a la escuela aquí) y, en Maryland hay más registros y testigos para dar evidencia del cuidado actual o futuro, la protección, la formación y las relaciones personales del niño.
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El niño está físicamente presente en Maryland y fue abandonado o necesita protección de emergencia (una emergencia quiere decir que el niño fue amenazado, o fue víctima de abuso o negligencia).
Factores que el juez considera para determinar el principio de interés superior del niño
Independientemente de cualquier acuerdo que se haya alcanzado, los tribunales considerarán la custodia para determinar “el interés superior”del niño. Se consideran varios factores. Ningún factor es más importante que otro. La siguiente lista contiene algunos, pero no todos los factores que serán considerados por el tribunal.
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Cuidador principal- ¿Quién es la persona que cuida al niño? ¿Quién alimenta al niño, compra su ropa, lo levanta para ir a la escuela, lo baña, y organiza la guardería? ¿A quién acude el niño cuando se lastima?
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Aptitud física- ¿Cuáles son las capacidades psicológicas y físicas de las partes que buscan la custodia? Los tribunales pueden considerar también la evidencia de abuso de una de las partes al otro padre, el esposo/a, o cualquier niño que resida en el hogar de la parte (incluyendo otro niño)
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Carácter y reputación
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Contratos- ¿Hay un acuerdo de custodia ya acordado?
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Capacidad de Mantener Relaciones de Familia- ¿Quién tendrá más capacidad para ayudar al niño a mantener relaciones familiares? ¿Quién permitirá que su ex-suegra hable con el niño, por ejemplo? ¿Quién no penalizará al niño por cualquier acción adversa de parte del otro padre?
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La Preferencia del Niño- La decisión del tribunal puede anularse mediante apelación si el juez no escucha la preferencia del niño. Sin embargo, el tribunal tiene la discreción de entrevistar al niño sin que los padres estén presentes. El tribunal puede escuchar a un niño pequeños hasta de 5 o 6 años. Aunque no es usual , el tribunal escuchará a un niño menor de 7 años. La capacidad del niño para distinguir la verdad de la ficción y la madurez guiará la decisión de si se le escucha o no. Un niño de 10 o 12 años tiene, sin duda, derecho a que se escuchen sus opiniones y, aestas se les da peso en procedimientos legales sobre la custodia. Además, el tribunal tiene el poder de nombrar un abogado para el niño en los casos de desacuerdo.
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Oportunidad material- ¿Cuál padre tiene los recursos financieros para dar más cosas al niño?
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Edad, estado de salud y sexo del niño
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Domicilios de los Padres y Oportunidad de Visita- ¿Qué tan cerca viven los padres el uno del otro? ¿Cuán cerca viven los miembros de la familia extensa del niño? ¿Cuál de los padres vive más cerca de la escuela y el círculo social del niño?
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Tiempo de la Separación, ¿cuánto tiempo ha estado el padre separado del niño?
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Abandono Previo o Entrega de la Custodia- ¿Hay historia de abandono por parte de uno de los padres o de dejar al otro padre hacerse cargo de los niños y del hogar? ¿Cuál de los padres se fue la última vez que terminaron?
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Puntos de vista religiosos - Estos serán importantes en la decisión del tribunal sólo si se puede demostrar que los puntos de vista religiosos afectan el bienestar físico o emocional del niño.
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Discapacidad - La discapacidad de una de las partes solamente es relevante en una decisión sobre la custodia de un niño si dicha discapacidad afecta el interés superior del niño. Lea la Ley: Md. DERECHO DE FAMILIA § 9-107
Lea le Ley:Taylor v. Taylor, 306 Md. 290 (Court of Appeals 1986); Md. Rule 9-204.1(c)
El interés superior del niño también surge en el contexto de los planes de crianza. Un plan de crianza es un acuerdo escrito sobre cómo los padres trabajarán juntos para cuidar al niño. Obtenga más información sobre los planes para padres.
Acuerdos de custodia compartida
Si usted y el otro padre ya han llegado a un acuerdo justo de custodia y de visitas, es posible que desee escribir su propia “estipulación” y la orden de consentimiento. Una “estipulación” es una declaración que describe el acuerdo que ha alcanzado. Una orden de consentimiento es un proyecto para que un juez firme si él/ella está de acuerdo con lo pactado. Esto significa que el tribunal puede hacer cumplir el acuerdo en el futuro.
Otros factores son:
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La voluntad de compartir la custodia;
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La aptitud Física;
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La relación del niño con los padres;
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La preferencia del niño;
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La capacidad de estabilizar la vida escolar y social del niño;
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La cercanía a las casas de los padres (de mayor importancia durante el año escolar);
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Las cuestiones relativas al trabajo (e.g. turnos largos, viajes frecuentes, etc.);
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La edad y el número de niños;
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El estado financiero;
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El beneficio parental.
Además, es importante la sinceridad de las partes involucradas. El tribunal querrá asegurarse de que la custodia compartida no se intercambie por concesiones sobre otros puntos. Otra consideración es si la concesión de la custodia compartida tendrá efecto sobre algún programa de asistencia. Actualmente, el Bienestar y la Asistencia Médica se ven afectados conbase en la adjudicación de Custodia Legal Compartida. Asegúrese de consultarle a su contacto en las agencias de servicios sociales antes de entrar en un acuerdo, ya que puede poner en peligro sus beneficios. Esta lista no pretende ser completa y el tribunal escuchará todo lo que ellos crean relevante.
Qué hacer si estás de acuerdo
Los padres también pueden acordaralguna combinación de custodia física compartida y custodia legal compartida. Un ejemplo de esto es cuando hay un domicilio para el niño, y los padres viven allí con el niño de forma rotatoria. Usted y el otro padre deben ser lo más específicos posible para evitar futuros conflictos. Las Estipulaciones deben indicar todo lo que se ha acordado. Usted no debería confiar en las promesas orales. Si ambos estuvieron de acuerdo anótelo (no importa lo trivial que pueda parecer en el momento).
El tribunal observa cuidadosamente los acuerdos de Custodia Compartida. El factor más importante para la Custodia Legal Compartida y la Custodia Física Compartida es la capacidad de los padres de hablar y tomar decisiones conjuntas que afecten el bienestar del niño. Si los padres pelean constantemente sobre la religión o la escuela, el tribunal puede anular su acuerdo.
Padres que no están casados
Si los padres no están casados, el niño es de la madre. Para que el padre reclame sus derechos sobre el niño (incluyendo derechos de custodi y de visita), debe admitir la paternidad en el tribunal. Para mayor información sobre personas que no están casadas y que viven juntas, vea la sección de padres que no están casados.
Un padre puede establecer la paternidad por:
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determinación del tribunal sobre la paternidad;
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corroboracion de su paternidad por escrito;
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diciendo a otros que el hijo es suyo;
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o casándose con la madre y luego reconociéndose por escrito u oralmente como padre.
Una vez establecida la paternidad no se le da preferencia sobre la base exclusiva de su género ni a la madre ni al padre. Los formularios de Relaciones Domésticas no cubren las acciones de paternidad.
Padres encarcelados
Generalmente, los tribunales de Maryland no conceden la custodia o visitas a los padres que han sido hallados culpables de asesinato en primer o segundo grado de:
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otro padre,
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otro hijo del padre,
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o cualquier miembro de la familia residente en la casa de cualquier padre.
Lea la Ley: Md. LEY de Familia 9-101.2
¿Qué pasa si no estamos de acuerdo con la decisión sobre la custodia y las visitas?
Si usted y su esposo(a) tienen dificultades para llegar a un acuerdo, deben considerar una mediación. Un mediador se especializa en ayudar a la gente a llegar a un acuerdo justo y duradero. Las sesiones son confidenciales. El papel del mediador puede limitarse a la custodia. Usted también puede pedirle que le asesore en otros asuntos como los bienes del matrimonio si lo desea. La mediación no es apropiada cuando se presentan casos de abuso físico o sexual del niño o de una de las partes. Es también importante conseguir asesoramiento legal para este proceso. El papel del mediador no es el de tomar partido, sino el de tratar de unir a los dos lados. Adicionalmente, si el mediador no es un abogado, él/ ella puede ignorar asuntos jurídicos específicos.
La mediación por orden judicial
El tribunal tiene el poder de obligarle a usted, o a la otra parte, a asistir a una mediación.Vea regla 9-205 de Md. Esto se da si:
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su caso recién comienza;
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usted pide la modificación de una orden ya existente; o
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usted procesa una demanda por desacato.
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debe saber, sin embargo, que si el tribunal ordena la mediación durante el procedimiento inicial, por lo general prolongará el proceso legal parando toda otra acción hasta que la mediación se complete. Inicialmente, el tribunal ordenará dos sesiones. Sin embargo, un mediador puede recomendar que el tribunal ordene dos sesiones adicionales. Usted puede decidir continuar con la medicación sin que el tribunal lo ordene. Asimismo,mismo, el tribunal tiene el poder de ordenar que una o ambas partes paguen la mediación.
Cuando se viola el acuerdo de orden de custodia
La gente acude a los tribunales todos los días informándoles a los secretarios que el padre no ha regresado al niño a la hora prevista tras la visita y no sabe qué hacer. Cuando se viola una orden de custodia, la ley requiere que el padre/ guardián legal exija primero la restitución del niño.
Si el padre sustractor permaneció en el estado, esto puede ser un delito menor. La persona puede ser multada con $25 o encarcelada por 30 días. Si el padre sustractor cruza la frontera del estado, puede ser un delito grave. La persona puede ser multada con $250-1.000 y/o encarcelada por 30 días y hasta un año. Si el niño de verdad ha sido robado por el otro padre debe de informar de inmediato al departamento de policía local. Se puede llamar al FBI para encontrar al padre fugitivo y al niño.
La única excepción a esta norma es cuando el niño está en un peligro claro e inminente (es víctima de abuso o abandono) y requiriere que el padre que no tiene la custodia lo socorra. El padre que no tiene la custodia tiene que estar listo para probar dicho peligro claro e inminente y, la ley de Maryland requiere que presente una petición dentro de 96 horas. En ese caso, ambos padres necesitarán un abogado. Lea esta Ley: Md. la Ley Familiar 9-304, Md. Ley Familiar 9-305. Md Ley Familiar 9-306, Md La Ley Familiar 9-307
Modificación de la custodia
Cuando un padre busca cambiar una orden de custodia, tiene la responsabilidad de mostrar al tribunal porqué se debería cambiar. El tribunal sigue la noción de, “sino está roto, no lo arregles.” Esto se basa en la idea de que la estabilidad es lo mejor para el niño, a menos que usted demuestre que hay algo en el ambiente que afectará el bienestar del niño. Esto no es tan simple como parece. Usted tendrá que probar que su hogar será mejor que el hogar del padre que tiene la custodia (no que sea tan bueno como el del otro padre). Para hacer esto, usted tiene que probar que ha habido un cambio considerable en las circunstancias y que el cambio que usted propone es en busca del interés superior del niño. Si se considera que los dos hogares son iguales, no se modifica la custodia.
Recuerde, una orden de custodia temporal o “pendente lite” no es una orden final. No se le requiririá un cambio significativo de circunstancias para conseguir un cambio de custodia temporal en la orden de custodia “permanente”
Un niño de al menos 16 años de edad puede buscar un cambio de custodia por su cuenta. Sin embargo, es responsabilidad del menor probar que el cambio de custodia sería en busca de su interés superior en este momento. Lea la Ley: Ley Familiar 9-103.
El tribunal que determinó la custodia original y la orden de visitas retiene la jurisdicción para tomar la dedecisión sobre la modificación, a menos que las partes y el niño no tengan ya lazo alguno con el tribunal, y el tribunal renuncie a su jurisdicción. Sin embargo, el tribunal con la jurisdicción original puede negarse a escuchar el caso de custodia si el niño ha sido erróneamente sacado de un estado o llevado sin el consentimiento de la persona que tiene derecho a la custodia.
Impuestos
Por lo general, el padre con la custodia puede reclamar la excensión tributaria por el hijo. Sin embargo, los padres pueden acordar reclamar el crédito tributario por el menor en años alternos. En ese caso, el padre con la custodia necesita firmar el Formulario IRS 8322, Anulación de la Petición de Exención. Si toma o no toma la exención por el niño, usted aún puede declarar como “cabeza de familia”.
Otros Asuntos
¿Puede un niño tener participación en una decisión custodia ?
A veces, los tribunales escuchan los deseos de los niños mayores. Rara vez los tribunales toman en cuenta los deseos de los niños muy pequeños. Los niños que tienen 16 años o más pueden solicitar un cambio de custodia al tribunal por su cuenta. Lea la Ley: DERECHO DE FAMILIA § 9-103
¿Cuándo tienen la custodia o derechos de visita los abuelos u otros parientes?
Por lo general, los padres biológicos tendrán un presunto derecho a la custodia. Solo en los casos en los que los padres no se son aptos, o existen circunstancias excepcionales, se concederá la custodia a terceros. En cualquier momento después de un divorcio, los abuelos pueden solicitar al tribunal el derecho de visita. Lea la Ley: Md. DERECHO DE FAMILIA § 9-102
¿Qué sucede si el padre que no tiene la custodia se niega a devolverle el niño al padre que tiene la custodia?
Si el niño es menor de 16 años de edad, es ilegal quedarse con ese niño por más de 48 horas dentro del estado de Maryland, o sacar al niño del estado de Maryland por más de 48 horas, después de que el guardián legal haya exigido el regreso del niño. Lea la ley: Md. DERECHO DE FAMILIAR § 9-304