Temas en esta página
- ¿Qué es una Orden de Protección contra Riesgos Extremos (ERPO)?
- ¿Quién puede solicitar al tribunal una ERPO?
- ¿Contra quién se debe presentar una ERPO?
- ¿Tendré problemas si solicito una ERPO?
- ¿Cómo solicito una ERPO?
- ¿Cuánto dura una ERPO?
- ¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con la decisión del tribunal?
- ¿Cómo cumplo con una ERPO?
- ¿Qué pasa si no cumplo con una ERPO?
¿Qué es una Orden de Protección contra Riesgos Extremos (ERPO)?
A partir del 1 de octubre de 2018, Maryland tiene órdenes de protección de riesgo extremo, que es una orden judicial que requiere temporalmente que una persona entregue cualquier arma de fuego o munición a las autoridades y no compre ni posea armas de fuego o municiones. Algunas personas se refieren a esto como una ley de “bandera roja”. El tribunal también puede remitir a la persona a una evaluación de emergencia (Código de Maryland, Salud General 10-620 y siguientes.).
Una ERPO no es lo mismo que una orden de protección o una orden de paz, y existen límites sobre lo que una ERPO puede hacer. Tenga en cuenta que, aunque las órdenes de paz/protección permiten al tribunal ordenar la entrega de armas de fuego, puede haber una situación en la que usted presente una orden de paz/protección además de una ERPO. En esta situación, la petición de orden de paz/protección es un formulario y la petición ERPO es un formulario completamente separado. Obtenga más información sobre las Órdenes de Protección y las Órdenes de Paz.
Una ERPO no es un cargo penal. Obtenga información sobre cómo presentar cargos penales.
Lea la Ley: Código de Maryland, Seguridad Pública, Título 5, Subtítulo 6
¿Quién puede solicitar al tribunal una ERPO?
El “peticionario” es la persona que solicita al tribunal una ERPO. El “Demandado” es la persona contra quien se presenta la orden de protección de riesgo extremo.
La ley es muy específica sobre quién puede solicitar al tribunal una ERPO. Las siguientes personas pueden solicitar al tribunal que emita una ERPO.
- Cónyuge
- Cohabitante
- Pariente por sangre, matrimonio o adopción
- Alguien con un hijo o hijos en común.
- Actualmente saliendo o con una pareja íntima
- Tutor legal actual o anterior
- Oficial de la ley
- Ciertos profesionales médicos que han examinado al demandado
Lea la ley: Código de Maryland, Seguridad Pública § 5-601
¿Contra quién se presenta una ERPO?
El “Demandado” es la persona contra quien se presenta la orden de protección de riesgo extremo. El demandado es la persona que supuestamente representa un peligro inmediato y presente de causar lesiones personales a sí mismo o a otros por tener armas de fuego. El demandado puede ser un menor de edad.
Los factores que demuestran un posible riesgo incluyen:
- comportamiento y declaraciones alarmantes;
- posesión ilegal de armas de fuego;
- uso imprudente o negligente de armas de fuego;
- violencia o amenazas de violencia hacia uno mismo o hacia otros;
- violar órdenes de paz o de protección;
- abuso de drogas y/o alcohol; y/o
- información contenida en los registros sanitarios.
Lea la ley: Código de Maryland, Seguridad Pública § 5-601; § 5-602
¿Tendré problemas si solicito una ERPO?
Un peticionario que presenta de buena fe no es civil ni penalmente responsable de presentar la petición.
Lea la ley: Código de Maryland, Seguridad Pública § 5-602(d)
Para los profesionales médicos, la ley de Maryland proporciona ciertas excepciones relacionadas con el privilegio en el caso de una ERPO.
Lea la ley: Código de Maryland, Tribunales y Procedimientos Judiciales §§ 9 - 109, 9 - 109.1, 9 - 121
¿Cómo solicito una ERPO?
Puede solicitar una ERPO presentando una Petición de orden de protección contra riesgos extremos en el Tribunal de Distrito. Si la Oficina del Secretario del Tribunal de Distrito está cerrada, entonces usted presenta la petición ante el Comisionado del Tribunal de Distrito. Deberá presentarse ante el tribunal para una audiencia después de presentar la petición.
No hay tarifas de presentación ni tarifas de servicio para las ERPO.
Obtenga más información sobre cómo solicitar una Orden de protección contra riesgos extremos.
¿Cuánto dura una ERPO?
- Una ERPO provisional generalmente dura hasta la audiencia de ERPO temporal, pero no más allá del segundo día hábil después de su emisión, a menos que el tribunal cierre inesperadamente.
- Una ERPO temporal dura hasta la audiencia de ERPO final, pero no más de 6 meses.
- Una ERPO final puede permanecer en vigor hasta por 1 año.
El tribunal puede, por una buena causa, extender el plazo de la ERPO por 6 meses adicionales.
Una Orden de protección contra riesgos extremos final se puede modificar (cambiar), extender o rescindir (cancelar). Obtenga información sobre cómo solicitar una modificación, extensión o cancelación de una ERPO.
Lea la ley: Código de Maryland, Seguridad Pública § 5-606(a)
¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con la decisión del tribunal?
¿Qué pasa si no cumplo con una ERPO?