Para obtener un divorcio limitado, primero debe probar al menos uno de los cuatro motivos justificantes. Estos motivos justificantes incluyen lo siguiente:
- La separación de las partes, ya no viven en la misma residencia (o no pasan la noche bajo el mismo techo) y ya no tienen relaciones sexuales por un período menor a 12 meses
- Trato cruel de una de las partes o de un hijo menor de edad de la parte
- Conducta excesivamente viciosa de una de las partes o de un hijo menor de edad de la parte
- Deserción
El motivo usado con mayor frecuencia es la deserción. Existen dos tipos de deserción, la real y la constructiva:
- La deserción real ocurre cuando una de las partes abandona a la otra injustificadamente o, en efecto, expulsa al otro cónyuge del hogar (o de la habitación marital).
- La deserción constructiva ocurre cuando una de las partes se encuentra forzada a abandonar el hogar (o de la habitación marital) debido al mal comportamiento de la otra parte.
No hay una cantidad determinada de tiempo necesario para probar la deserción en un divorcio limitado. Cualquier período de tiempo razonable justificará la acción.
Además, un cónyuge puede obtener un divorcio limitado cuando uno de los cónyuges participa en un trato cruel o conducta de vicios excesivos con relación al otro cónyuge o a un hijo menor de la parte que está presentando un divorcio limitado. Un cónyuge victimizado que abandone el hogar marital debido al maltrato también tiene una acción legal para un divorcio limitado sobre los motivos justificados de la deserción constructiva, así como también una defensa justificable de una demanda de deserción del cónyuge maltratador. Lea la ley: Md Code, Family Law § 7-102 (Código de Derecho de Familia de Maryland sección 7-102)