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Ley y procedimiento de cambio de nombre
Para cambiar el nombre de un niño o menor, que no esté relacionado con una adopción o divoricio, presente una solicitud de cambio de nombre en el tribunal de circuito de Maryland en el condado donde resida el niño o donde viva uno de los padres, el tutor o el guardián del menor. Tenga en cuenta que un cambio de nombre no puede ser solicitado con fines fraudulentos o ilegales.
Contenido de la solicitud – Las normas del tribunal requieren que cierta información esté incluida en la solicitud. La mayoría de la información es similar a la información requerida para un cambio de nombre de adulto. Un cambio de nombre para un menor requiere alguna información adicional. La solicitud debe incluir:
- una declaración que explique por qué el cambio de nombre es lo mejor para el menor;
- el nombre y la dirección de cada padre y cualquier tutor o guardián del menor; y,
- si cada una de esas personas consiente en el cambio de nombre.
Además, la preferencia del niño menor es importante.
Si el niño tiene más de 10 años, debe dar su consentimiento al cambio de nombre. Si el menor tiene menos de 10 años y se opone al cambio de nombre, esa información debe incluirse en la solicitud.
Para obtener una lista completa de la información que debe contener la solicitud, consulte la Regla 15-901 de Maryland. Si usted es el solicitante que presenta el cambio de nombre de parte de un menor, puede utilizar el formulario judicial que se encuentra en el sitio web de los Tribunales de Maryland. Se pueden encontrar otros formularios e instrucciones útiles en la página de formularios judiciales del Departamento de Administración Familiar del Poder Judicial de Maryland.
Documentación requerida – se debe adjuntar lo siguiente a la solicitud de cambio de nombre:
- una copia del certificado de nacimiento del menor u otra documentación que confirme el nombre actual del menor,
- consentimiento por escrito de cada padre, tutor, o guardián del menor o,
- si no puede obtener su consentimiento, una explicación de por qué no se adjunta el consentimiento.
- consentimiento por escrito del menor, si el menor tiene por lo menos diez años.
Si una solicitud contiene información confidencial, la persona que presenta la solicitud de parte del menor puede solicitar que el tribunal selle el expediente del caso para que no se pueda acceder a la información confidencial. Vea el artículo sobre Blindar o Sellar un registro de caso.
Aviso al padre, tutor o guardián que no consiente – si el consentimiento escrito de cada padre, tutor o guardián no se adjunta a la solicitud, el secretario del tribunal emitirá un aviso de la solicitud de cambio de nombre. Este aviso, junto con una copia de la solicitud y los documentos adjuntos deben entregarse a cada padre que no consiente. El aviso declarará que cualquier objeción al cambio de nombre debe presentarse dentro de los 30 días a partir de la recepción del aviso.
Si la solicitud establece que un padre, tutor o guardián que no da su consentimiento y no está familiarizado con el inglés, el secretario del tribunal emitirá un aviso en el idioma identificado en la solicitud o adjuntará un Formulario de Aviso Multilingüe al aviso.
Objeciones – Si alguien se opone a la solicitud de cambio de nombre, puede presentar una objeción a la solicitud ante el tribunal. La persona que se opone al cambio de nombre debe presentar su objeción por escrito, declarando sus razones de la objeción. Debe enviarle a usted una copia de la objeción y tendrá 15 días para responder a la objeción presentando una respuesta por escrito ante el tribunal.
Se considerará que un padre, tutor, o guardián de un menor que no presenta una objeción dentro de los 30 días de haber recibido la notificación de la solicitud de cambio de nombre ha dado su consentimiento al cambio de nombre del menor.
Acciones judiciales – Si la solicitud contiene el consentimiento escrito del menor, y se recibe el consentimiento de cada padre, tutor o guardián, el tribunal podrá ordenar sobre la solicitud sin una audiencia. Si hay preguntas acerca de la información en la solicitud, o se han presentado objeciones a la solicitud, el tribunal llevará a cabo una audiencia. El tribunal no puede registrar una orden sobre la petición antes de los 30 días de la fecha en que la solicitud fue recibida por los padres, tutores, o guardianes que no han dado el consentimiento.
Lea la regla: Regla de Maryland 15-901 (Md. Rule 15-901)
Lea la ley: Código de Maryland, Tribunales y Procedimientos Judiciales § 3-2201 (Md. Code, Courts and Judicial Proceedings § 3-2201)
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pedirle al tribunal un cambio de nombre? ¿Puedo solo cambiar el nombre de mi hijo en el certificado de nacimiento?
En algunas circunstancias, es posible que no necesite una orden del tribunal para cambiar el nombre de su hijo. Si puede cambiar el nombre de su hijo en un certificado de nacimiento sin una orden del tribunal, dependerá de sus motivos para el cambio de nombre. Obtenga más información sobre cómo cambiar o corregir un nombre en un certificado de nacimiento de Maryland.
Quiero cambiar el apellido de mis hijos a mi apellido. ¿Cambia esto el estatus legal de su padre o su responsabilidad hacia mis hijos?
Si sus hijos tienen el apellido de su padre, un cambio de nombre para el niño no cambiará el estatus legal ni la responsabilidad del padre. Un cambio de nombre no afecta a los derechos y/o obligaciones de ninguno de los padres. Como padre, todavía tiene la misma obligación de cuidado del niño, manutención de menores, el régimen de las visitas, los derechos de herencia, u otros derechos y/u obligaciones legales.
Después de mi divorcio, he vuelto a mi antiguo nombre. ¿Puedo cambiar el apellido de mis hijos también?
La respuesta depende de si ambos padres están de acuerdo con el cambio de nombre.
Si ambos padres consienten al cambio de nombre:
- Si el niño tiene más de un año pero aún es menor de edad, puede presentar una Solicitud de Cambio de Nombre.
- Si un niño tiene menos de 12 meses, es posible que no necesite una orden judicial. El Departamento de Salud puede cambiar el nombre si ambos padres están de acuerdo.
Lea la ley: Código de Maryland, General de Salud § 4-214 (Md. Code, Health General § 4-214)
Si ambos padres no dan consentimiento, vea la pregunta a continuación sobre lo que ocurre cuando los padres no están de acuerdo en cambiar el nombre de un niño.
¿Qué ocurre cuando los padres no están de acuerdo en cambiar el nombre de un niño?
Si ambos padres no dan consentimiento al cambio de nombre, entonces puede pedir al tribunal que decida. Debe demostrarle al tribunal que el cambio de nombre es en el mejor interés del niño, y que las circunstancias de su caso son extremas. El abandono y las faltas graves que deshonran un apellido actual son de importancia primordial en establecer circunstancias extremas.
Los tribunales pueden considerar:
- La duración del uso del apellido;
- La fuerza de la relación entre madre-hijo;
- La necesidad del niño a identificarse con una nueva unidad familiar, y
- La fuerza de la relación entre padre-hijo.
- El tribunal también considerará cualquier factor adicional que ayude al tribunal a decidir el mejor interés del niño o los niños.
Lea la jurisprudencia: Dorsey v. Tarpley, 381 Md. 109 (2004)
Quiero cambiar el nombre de mi hijo del apellido de mi ex esposo a mi apellido. Mi ex esposo no está de acuerdo, pero fue condenado por un delito. ¿Es motivo suficiente para que un tribunal permita un cambio de nombre sin su consentimiento?
Dependerá de sus circunstancias específicas. Por lo general, para que una condena justifique un cambio de apellido sin el consentimiento del padre, tendrá que demostrar al tribunal que el delito de su esposo fue de tal magnitud que el uso continuado del nombre resultaría en daño o deshonra significativos para sus hijos.
Lea la jurisprudencia: West v. Wright, 263 Md. 297 (1971)
¿Pueden los padres de acogida solicitar al tribunal un cambio de nombre para un niño?
No hay normas especiales para los cambios de nombre de un niño de acogida. Se aplican las mismas leyes. Sin embargo, tenga en cuenta que la organización de servicios sociales puede tener que pedir al tribunal el cambio de nombre, no los padres de acogida.
Lea la jurisprudencia: In re Adoption/Guardianship No. 3155, 103 Md. App. 300 (1995)
Tengo dieciséis años y quiero cambiar mi apellido del nombre de mi padre biológico al de mi padrastro. ¿Puedo hacer esto con un simple cambio de nombre o debo ser adoptado?
No necesita ser adoptado por su padrastro. Sin embargo, su padre biológico tendrá el derecho de objeción al cambio de nombre. Las normas del tribunal requieren que se entregue (“notifique”) una copia de su solicitud de cambio de nombre a sus padres o tutores. Tenga en cuenta que cambiar su nombre no cambiará la obligación legal de su padre biológico hacia usted. Esto es diferente de una adopción. En una adopción, se extinguen los derechos y las obligaciones del padre biológico.
RLea la regla: Regla de Maryland 15-901 (Md. Rule 15-901)
Video de cambio de nombre
Cambio de nombre para niños de los tribunales de Maryland (en Inglés)