Hacer cumplir órdenes
Cuando un ex cónyuge no cumple con una orden judicial o los términos de un acuerdo de separación privado que se ha incorporado a una orden judicial (como una sentencia de divorcio o una orden de custodia), el otro cónyuge puede pedir ayuda al tribunal para lograr el cumplimiento. .
Lea la Ley: Código de Maryland, Derecho de Familia § 8-213
El tribunal podrá ejercer su competencia sobre el ex cónyuge que no haya acatado la orden si:
- él o ella vive dentro del estado;
- si vive en un estado de los Estados Unidos que tiene un acuerdo recíproco con Maryland; o,
- en el caso de hacer cumplir un acuerdo monetario, si posee propiedades dentro del estado (por ejemplo, bienes raíces, cuentas bancarias, una empresa o acciones y bonos).
Lea la ley: Código de Maryland, Tribunales y Procedimientos Judiciales, Título 6, Subtítulo 1
Si el excónyuge no es residente de Maryland, el tribunal puede ejercer su jurisdicción si el excónyuge recibe la notificación de conformidad con las Reglas de Maryland Y:
- Maryland era el domicilio matrimonial de las partes antes de su separación; O
- la obligación de pagar la manutención de los hijos, la manutención del cónyuge o los honorarios de los abogados surgió según las leyes de Maryland o según un acuerdo ejecutado por una de las partes en Maryland.
Lea la Ley: Código de Maryland, tribunales y procedimientos judiciales § 6-103.1
Los poderes del tribunal en materia de desacato y encarcelamiento
Los tribunales de Maryland generalmente exigen el cumplimiento estricto de un decreto de manutención de los hijos y/o del cónyuge. Si un padre o cónyuge al que se le ordena pagar manutención no cumple con los términos del decreto, se le puede declarar desacato al tribunal. Los poderes de desacato del tribunal incluyen pena de prisión si el cónyuge que no paga tiene la capacidad de pagar la cantidad y no lo hace. Ésta es una excepción a la regla general de que una persona no puede ser encarcelada por deudas.
El Fiscal del Estado también puede procesar penalmente casos de falta de pago intencional de manutención infantil. Sin embargo, tanto en los casos de desacato como en los de enjuiciamiento penal, en los que se puede demostrar una incapacidad real para pagar, es probable que no resulte en prisión.
Las órdenes de custodia y visitas también se pueden hacer cumplir mediante los poderes de desacato del tribunal. Una denegación o interferencia injustificable con la custodia o las visitas ordenadas por el tribunal puede dar lugar a que el tribunal ordene recuperar el tiempo o modificar la orden existente para garantizar el cumplimiento futuro. El tribunal también puede evaluar los honorarios y costos de los abogados de la parte infractora.
Lea la ley: Código de Maryland, Derecho de Familia § 11-110
Estatuto de retención obligatoria de ingresos de Maryland
Las órdenes de manutención de los hijos y del cónyuge están sujetas al estatuto obligatorio de retención de ingresos de Maryland. La ley exige que el empleador del padre pagador retenga del cheque de pago del padre pagador una cantidad ordenada por el tribunal. Esa cantidad se envía al destinatario de la manutención de los hijos, ya sea directamente o a través de la agencia de manutención de los hijos.
La ley tiene como objetivo ayudar a una persona que desee solicitar el cumplimiento de la manutención sin un abogado o con la asistencia de la Administración de Cumplimiento de la Manutención de Menores. Coloca en los tribunales muchas responsabilidades que normalmente desempeñan los abogados. Los formularios de muestra deben estar disponibles en la oficina del secretario de cada condado y de la ciudad de Baltimore.
Lea la Ley: Código de Maryland, Derecho de Familia Título 10, Subtítulo 1, Parte III
Si un padre abandona el estado para evitar pagar la manutención de los hijos y se ha establecido una orden de manutención de los hijos, esa orden se puede hacer cumplir a través de la Ley Interestatal Uniforme de Manutención de la Familia (UIFSA). Si no existe una orden de manutención de los hijos, la manutención de los hijos se puede establecer a través de la UIFSA. Las acciones de la UIFSA se pueden manejar a través de la agencia de manutención infantil de Maryland en su condado.
Lea la Ley: Código de Maryland Derecho de familia Título 10, Subtítulo 3
Ejecución de una sentencia de divorcio que exige una acción
En los casos de divorcio, es típico que la sentencia de divorcio requiera que una de las partes adopte alguna medida. Esto puede incluir transferir una parte de una cuenta de jubilación a la otra parte, transferir la propiedad de una casa o transferir el título de un vehículo. Si su excónyuge se niega a transferir la propiedad de conformidad con la sentencia, existen al menos tres formas de hacer cumplir la sentencia.
- Podrá interponer una acción de desacato para obligar a la parte incumplidora a cumplir la sentencia.
- Puede presentar una petición para que el tribunal designe a un tercero para ejecutar los documentos necesarios para efectuar la transferencia a expensas de la parte que incumple.
- Si su excónyuge todavía tiene posesión de la propiedad, el tribunal puede embargarla para obligar al cumplimiento de la sentencia.
Si la sentencia de divorcio requiere el pago de dinero, el tribunal puede dictar sentencia contra la parte que no paga. Cuando el tribunal ha ordenado manutención de los hijos, pensión alimenticia, honorarios de abogados o una indemnización monetaria, los bienes del cónyuge o padre que no paga pueden ser embargados o embargados.
Lea la regla: Maryland Regla 2-648(a); Regla 9-210(b)