Atención en hogares de ancianos y derechos de los residentes
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Cuidados de ancianos
Los hogares de ancianos son instalaciones que tienen licencia para atender a los residentes que necesitan rehabilitación, servicios relacionados con la salud por encima del nivel de alojamiento y comida o servicios de enfermería especializada. Los hogares de ancianos deben tener enfermeras y otro personal médico. Por lo general, un residente de un hogar de ancianos necesitará más ayuda y supervisión que un residente de vida asistida.
Lea las regulaciones: Código de Md Reglamento 10.07.02.01
Considere alternativas: según sus necesidades, puede haber alternativas a la atención en un asilo de ancianos que funcionen mejor para su situación, incluidos los servicios de asistencia domiciliaria, los centros médicos de atención diurna para adultos, los servicios de alimentación y servicios de enfermería y terapia a domicilio. Comuníquese con su Centro local para la vida independiente para obtener más información sobre las alternativas de hogares de ancianos.< /p>
NOTA: si elige contratar a alguien para que lo ayude con las tareas de cuidado, decida si contratará a una persona oa una agencia. Si contrata a una persona, es posible que deba pagar impuestos del Seguro Social y Medicare y retener impuestos sobre la renta. El Servicio de Impuestos Internos (IRS) Publicación 926 – Guía de impuestos para empleadores domésticos proporciona información detallada.
Consideraciones financieras: la colocación en un hogar de ancianos puede volverse muy costosa muy rápidamente. Sin embargo, es posible que no tenga que asumir esta carga financiera solo. Los programas financiados con fondos públicos, incluidos Medicare, Medicaid y la Seguridad de Ingreso Suplementario, tienen políticas diferentes con respecto a la atención a largo plazo. Consulte para ver qué asistencia pueden proporcionar estos programas.
Asesoramiento previo a la colocación - Decidir ingresar a un centro de atención a largo plazo es una decisión importante en la vida y requiere una planificación cuidadosa. El asesoramiento previo a la colocación está disponible para personas mayores y sus familias. Revise y analice cómo seleccionar una instalación, los tipos de instalaciones disponibles, las encuestas de instalaciones actuales realizadas por las agencias de licencias estatales y las consideraciones financieras. Comuníquese con su agencia del área local del Departamento de Envejecimiento para obtener más información.
Derechos de los residentes
Un hogar de ancianos debe atender todas sus necesidades personales: físicas, mentales y sociales.
Evaluación y plan de atención: se debe realizar una evaluación integral cuando ingrese a un asilo de ancianos. El personal debe preguntarle sobre cada aspecto de su vida, como:
- ¿Cuál es su historial personal?
- ¿Cuáles son sus condiciones físicas y mentales?
- ¿Qué actividades y comida le gustan y qué no le gustan?
- ¿Cuál es su horario preferido para bañarse, despertarse por la mañana, comer?
- ¿Qué ayuda necesita para comer, caminar, vestirse y usar el baño?
- ¿Qué tan bien puede comunicarse con el personal?
- ¿Necesita perder o aumentar de peso?
- ¿Qué medicamentos toma y cómo afecta su vida?
- ¿Cómo se puede mejorar su atención en el hogar de ancianos?
Un hogar de ancianos utiliza la evaluación para crear un Plan de atención con usted y los miembros de su familia que elija. Su equipo de planificación de la atención debe incluir una enfermera, un auxiliar de enfermería, personal de actividades y dietética, y un trabajador social. El personal debe revisar su plan de atención al menos cada 3 meses y cuando cambie su condición. Si no funciona, el personal debe actualizar el Plan de atención en una nueva reunión.
Lea el reglamento: Código de Md Reglamento 10.07.02.60
Declaración de derechos de los residentes: la ley federal y de Maryland otorga a los residentes de asilos de ancianos muchos derechos especiales. Los hogares de ancianos deben entregarle una copia de la Declaración de derechos de los residentes al momento de la admisión. Los hogares de ancianos también deben publicar los derechos.
Sus derechos básicos incluyen el derecho a:
- ser tratados con consideración, respeto y pleno reconocimiento de la dignidad humana y la individualidad;
- recibir tratamiento, atención y servicios que sean adecuados, apropiados y que cumplan con las leyes, normas y reglamentos estatales y federales pertinentes;
- privacidad;
- estar libre de abuso mental y físico;
- notificación, equidad procesal y trato humano al ser transferido o dado de alta de una instalación;
- participar en la toma de decisiones con respecto a las transiciones en la atención;
- esperar y recibir una evaluación, manejo y tratamiento adecuados del dolor;
- estar libre de restricciones físicas y químicas, excepto las que autorice un médico por una necesidad médica claramente indicada;
- recibir respeto y privacidad en un programa de atención médica; y
- derecho a administrar asuntos financieros personales.
Esta es solo una breve lista. Sus derechos son más detallados y amplios.
Lea la ley: Md. Código, Salud General § 19-343
Lea las regulaciones: Código de Md. Regulaciones 10.07.09.*, 42 Código de Regulaciones Federales de EE. UU. 483.10
Derechos médicos: como residente de un hogar de ancianos, tiene derecho a:
- estar completamente informado sobre su condición médica, en un idioma que comprenda;
- tomar decisiones sobre su tratamiento médico;
- rechazar el tratamiento si no lo desea;
- crear una directiva anticipada;
- cree un formulario de órdenes médicas para tratamiento de soporte vital;
- administrarse sus medicamentos si su médico dice que es seguro;
- elegir su propio médico, aunque puede ser difícil conseguir médicos que lo visiten en el hogar de ancianos;
- estar libre de restricciones químicas, como un medicamento que se usa para la comodidad del asilo de ancianos, no para tratamiento médico;
- estar libre de restricciones físicas, como algo que le impida moverse libremente, como la baranda de una cama;
- hacer que el hogar de ancianos se ajuste a sus necesidades individuales;
- revisar todos sus registros e informes médicos;
- participar en las reuniones del plan de atención para que pueda hablar sobre su atención con el personal;
- solicitar servicios de Medicaid en su propia casa o apartamento, en lugar de en un asilo de ancianos; y
- quejarse de su atención sin represalias
Lea la ley: Código de Maryland, Salud general § 19-343; § 19-344
Descarga o transferencia involuntaria
Los hogares de ancianos solo pueden dar de alta o trasladar a los residentes por razones muy limitadas. Si no está de acuerdo con irse, se le llama transferencia o baja involuntaria. Las leyes federales y estatales tienen reglas estrictas sobre transferencias y altas involuntarias.
En la mayoría de los casos, solo hay cinco razones por las que un hogar de ancianos puede trasladarlo o darle de alta involuntariamente:
- Es necesaria una transferencia o alta para su bienestar y el asilo de ancianos no puede satisfacer sus necesidades.
- La transferencia o el alta son apropiados porque su salud ha mejorado lo suficiente como para que ya no necesite los servicios proporcionados por el centro.
- Está poniendo en peligro la salud o la seguridad de una persona en el asilo de ancianos.
- Usted no pagó o hizo que otros pagaran al asilo de ancianos por su estadía. La instalación debe haberle dado un aviso razonable y apropiado de la cantidad que debe.
- El centro ha dejado de operar o, si usted es beneficiario de Medicare o Medicaid, el centro ha sido descertificado o retirado del programa.
Lea la ley: Md. Código, Salud General § 19-345
Aviso: el asilo de ancianos debe darle un aviso por escrito al menos 30 días antes de la transferencia propuesta o la fecha de alta. Se le debe proporcionar este aviso; su pariente más cercano, tutor o cualquier otra persona que se sepa que actuó como su representante, si corresponde; el Defensor del Pueblo de Atención a Largo Plazo; y el Departamento de Salud.
El aviso debe tener:
- la fecha propuesta del alta o transferencia;
- cada motivo del alta o traslado involuntario propuesto;
- el lugar al que será dado de alta o trasladado;
- el nombre del trabajador social u otro miembro del personal profesional designado para brindar servicios sociales y servicios de planificación del alta y será responsable del desarrollo del plan posterior al alta;
- una fecha propuesta, dentro de los 10 días posteriores a la fecha del aviso, para una reunión entre usted, su representante y el centro, para desarrollar el plan posterior al alta,
- su derecho a solicitar una audiencia;
- su derecho a consultar con cualquier abogado de su elección;
- la disponibilidad de servicios de la Oficina de Asistencia Legal, el Programa de Asistencia Legal para Personas Mayores de la Ley de Estadounidenses Mayores y otras agencias que pueden ayudar a las personas que necesitan asesoría legal;
- la disponibilidad del Programa de Ombudsman de Atención a Largo Plazo; y
- las disposiciones de los estatutos de Maryland aplicables.
Si el aviso no contiene toda la información anterior, o si no se envía correctamente a todas las personas que deberían recibir el aviso, puede impugnar la descarga porque el aviso no era válido.
Excepciones: el asilo de ancianos no tiene que proporcionarle un aviso de 30 días y la oportunidad de una audiencia si:
- hay una emergencia, y la salud y la seguridad de usted o de otros residentes están en peligro inmediato y grave, o
- ha estado en el asilo de ancianos menos de 30 días.
Lea la ley: Md. Código de Salud General § 19-345.1
Detención de la descarga/transferencia: hay varias maneras de intentar detener la transferencia o la descarga. Tan pronto como reciba el aviso de alta:
- Solicite una mediación y una audiencia. Tiene 30 días a partir de la fecha en que recibió el aviso de alta o transferencia para solicitar una mediación y una audiencia. Esto también se llama presentar una apelación. Su Aviso de descargo le indica cómo presentar la apelación ante la Oficina de Audiencias Administrativas. Si presenta una apelación dentro de los 30 días, el asilo de ancianos no puede transferirlo ni darle de alta hasta que un juez de derecho administrativo tome una decisión final en su audiencia.
- Comuníquese con el Long-Term Care Ombudsman para obtener ayuda.
- Presentar una queja ante la Oficina de Calidad de Atención Médica de Maryland.
- Presentar una demanda en el tribunal de circuito contra el hogar de ancianos solicitando una orden judicial si cree que una transferencia o alta viola la ley. Una orden judicial es una orden judicial que le dice al asilo de ancianos que no lo transfieran ni lo den de alta. Su agente, su abogado o el Fiscal General, en su nombre, también pueden solicitar esta orden judicial. Esto es algo difícil de hacer solo. Si desea presentar una demanda, habla con un abogado lo antes posible.
Si es dado de alta o trasladado, debe ser trasladado o dado de alta a un lugar seguro que pueda satisfacer sus necesidades. No importa cuál sea el motivo del traslado o alta. No importa cuánto tiempo estuviste en el hogar de ancianos. No importa si es una emergencia. Su transferencia o descarga debe ser segura y protegida.
El hogar de ancianos debe proporcionar:
- una evaluación médica integral;
- plan de atención posterior al alta;
- confirmación por escrito de su médico tratante de que la transferencia o alta cumple con el plan posterior al alta y que no dañará su condición médica;
- declaración de evaluación médica;
- lista de medicamentos actuales;
- al menos un suministro de 3 días de sus medicamentos actuales;
- la información necesaria para ayudarlo a obtener recetas adicionales para los medicamentos necesarios; y
- una declaración por escrito de la fecha y hora en que se le dará de alta, cómo se le dará de alta y a dónde se le enviará.
Si no obtiene algo en esta lista, puede impugnar la transferencia o el alta.
Lea la ley: Md. Código, Salud General § 19-345.2