Desalojos de casas móviles
Desalojo de Residente
Un residente de un parque de casas móviles puede ser desalojado por las siguientes razones:
1. Falta de pago del alquiler;
2. Hacer una declaración falsa o engañosa en una solicitud de arrendamiento;
3. Violar una ley federal, estatal o local, cuando la violación sea perjudicial para la seguridad y el bienestar de otros residentes del parque; y/o
4. Violación reiterada de una norma o disposición del contrato de alquiler en un plazo de 6 meses.
El propietario de un parque debe dar al residente un aviso por escrito de la infracción al menos 30 días antes de la fecha en que debe irse. El aviso debe ser entregado al residente en persona, por correo certificado o correo regular y debe indicar una razón específica para el desalojo.
Lea la ley: MD Código, Prop. Real § 8A-1101
Desalojo en represalia
El propietario de un parque no puede iniciar una acción legal para desalojar o amenazar con desalojar a un residente, aumentar arbitrariamente el alquiler o reducir los servicios a los que tiene derecho el residente, o rescindir un arrendamiento periódico por cualquiera de los siguientes motivos: p>
1. Porque un residente o su agente ha proporcionado un aviso por escrito o real de una queja de buena fe sobre una supuesta violación del contrato de alquiler, violación de la ley o condición en las instalaciones arrendadas que es una amenaza sustancial para la salud o la seguridad de los ocupantes al dueño del parque o cualquier agencia pública en contra del dueño del parque.
2. Porque un residente o su agente ha presentado una demanda o testificado o participado en una demanda contra el propietario del parque.
3. Porque el residente ha participado en alguna organización de inquilinos.
Un residente puede presentar una acción de represalia del propietario de un parque en defensa de una acción por posesión o como reclamo afirmativo por daños y perjuicios que resulten de una acción de represalia del propietario de un parque que ocurra durante un arrendamiento.
Si en algún procedimiento el tribunal falla a favor del residente debido a que el propietario del parque participó en una acción de represalia, el tribunal puede dictar una sentencia contra el propietario del parque por daños que no excedan el equivalente a 3 meses de alquiler, gastos legales razonables. honorarios y costas judiciales.
Un desalojo no puede considerarse una represalia según esta ley si la supuesta acción de represalia ocurre más de 6 meses después de la acción de un residente que está protegida por esta ley.
Siempre que la rescisión de un contrato de arrendamiento por parte del propietario no sea el resultado de una acción de represalia, estas disposiciones no afectan el derecho de ninguna de las partes a rescindir o no renovar un contrato de arrendamiento.
Si algún condado promulga una ordenanza comparable a estas disposiciones en el tema, esta ley estatal reemplazará la ordenanza local en la medida en que la ordenanza brinde menos protección a un residente.
Lea la ley: Código MD, Real Prop. § 8A-1301
Cumplimiento; Liberación de responsabilidad
Si el residente o el propietario del parque no cumple con las disposiciones de las leyes de parques de casas móviles o con el contrato de alquiler, la parte perjudicada puede recuperar los daños causados por el incumplimiento. El tribunal puede otorgar costos y honorarios razonables de abogado a la parte vencedora.
Lea la ley: MD Código, Prop. Real § 8A-1501
Una regla del parque que no se aplica de manera uniforme a todos los residentes da lugar a una presunción de injusticia, que puede ser impugnada por el propietario. Si el tribunal determina que una regla del parque o una disposición de un contrato de alquiler es inaceptable, puede negarse a hacer cumplir solo esa disposición o todo el contrato de alquiler, o el tribunal puede hacerlo cumplir de una manera que evite un resultado inaceptable.
Cuando una disposición del contrato de alquiler intente liberar al propietario del parque de la responsabilidad ante un residente u otra persona por lesiones o daños causados por negligencia o culpa del propietario del parque en o alrededor de las instalaciones arrendadas que no estén bajo el control exclusivo del residente, esa disposición es contraria al orden público y nula.
Lea la ley: MD Código, Prop. Real § 8A-1502
Falta de pago del alquiler; Custodia de alquiler
En una acción judicial por parte del propietario de un parque para el desalojo basado en la falta de pago del alquiler o para la recuperación del alquiler impago, el residente puede presentar la defensa del incumplimiento material del propietario con la ley que rige los parques de casas móviles. Esto requiere que antes de la fecha de vencimiento del alquiler, el residente notifique por escrito al propietario que no tenía la intención de pagar el alquiler y que el aviso describa específicamente el incumplimiento.
Cuando el residente plantee una defensa que no sea el pago del alquiler, puede solicitar al tribunal que designe un síndico para recibir el alquiler y utilizarlo para corregir la deficiencia.
Lea la ley: MD Código, Prop. Real § 8A-1601
Derecho de recuperación del propietario del parque
Residente no paga alquiler
Procedimiento: siempre que el residente no pague el alquiler a su vencimiento, el propietario del parque puede tratar de desalojar al residente y recuperar la propiedad del sitio de la casa móvil. El propietario del parque debe presentar una queja por escrito bajo juramento en el Tribunal de Distrito donde se encuentra la propiedad, y el juicio se llevará a cabo el quinto día después de que se presente la queja y se notifique al residente por correo de primera clase. El alguacil o alguacil también debe entregar la citación al residente en persona, pero si no se puede encontrar al residente, la notificación es válida si se coloca una copia de la citación en un lugar visible en la casa móvil y se envía una copia por correo de primera clase. El tribunal puede conceder un aplazamiento de un día para que cualquiera de las partes pueda obtener testigos o por un período más largo, si todas las partes dan su consentimiento.
Extensión de tiempo: Si el tribunal dicta sentencia a favor del propietario del parque, se le ordenará al residente que renuncie a la posesión dentro de los 30 días posteriores al juicio. Sin embargo, el tribunal puede extender el tiempo de entrega por 15 días adicionales si el residente proporciona un certificado firmado por un médico que indique que la entrega de las instalaciones dentro del período de 30 días pondría en peligro la salud o la vida del residente u otro ocupante de la vivienda. local.
Cumplimiento del fallo: Si en el juicio o la suspensión el residente ofrece al propietario del parque el alquiler adeudado más los costos de la demanda, la demanda contra el residente se considera satisfecha.
Desalojo: Cuando la sentencia es a favor del propietario y el residente no cumple con la orden de entrega dentro de los 15 días, el propietario puede solicitar una "orden de restitución" de la corte . En la orden judicial, el tribunal ordena a cualquier alguacil u otro funcionario con derecho a entregar notificaciones judiciales y ordena estar presente como representante del tribunal mientras el propietario retira la casa móvil, por la fuerza si es necesario. Si el propietario del parque no solicita la orden de restitución dentro de los 60 días a partir de la fecha del fallo de recuperación, se anulará el fallo de recuperación.
Derecho de redención: En cualquier momento antes del desalojo real, un residente puede redimir las instalaciones ofreciéndole al propietario del parque en efectivo, cheque certificado o giro postal todo el alquiler vencido y cargos por pago atrasado más costos y cargos otorgados por el tribunal. Sin embargo, este derecho de redención no está disponible si se han dictado 3 o más juicios de posesión de renta vencida contra el residente en los 12 meses anteriores a la acción de desalojo.
Apelación: Cualquiera de las partes puede apelar ante el Tribunal de Circuito dentro de los 2 días posteriores a la sentencia del Tribunal de Distrito. Para que un residente permanezca en las instalaciones durante la apelación, debe dar una fianza suficiente.
Lea la ley: MD Código, Prop. Real § 8A-1701
Residente en espera
Daños: Un residente que retiene ilegalmente más allá de la terminación del contrato de alquiler es responsable de todos los daños reales causados por su retención. Los daños otorgados al propietario de un parque contra el residente no pueden ser inferiores al alquiler prorrateado para el período de retención a la tasa establecida en el contrato de alquiler.
Lea la ley: MD Código, Prop. Real § 8A-1702
Prohibición del desalojo no judicial por disminución intencional de los servicios: El propietario de un parque no puede tomar posesión o amenazar con tomar posesión de las instalaciones alquiladas de un residente o un residente que se apodere de ellas cerrando las residente o cualquier otra acción, incluida la disminución deliberada de los servicios (es decir, interrumpir o causar la interrupción intencional de la calefacción, el agua corriente, el agua caliente, la electricidad o el gas) para el residente.
Lea la ley: Código MD, Real Prop. § 8A-1102 a>
Se requiere notificación del propietario: Cuando las instalaciones se arriendan por un plazo definido o a voluntad y el propietario del parque busca la ayuda del tribunal para recuperar las instalaciones, el propietario debe haber dado la residente un aviso de terminación por escrito al menos 1 mes antes del final del término o el período a voluntad. En el caso de arrendamientos de año en año, se debe dar aviso por escrito al menos 3 meses antes del final del año de arrendamiento.
Lea la ley: MD Código, Prop. Real § 8A-1702
Orden judicial de posesión y apelaciones: Si el fallo es para el propietario del parque, el tribunal emitirá inmediatamente una orden judicial al alguacil para que otorgue al propietario del parque la posesión de las instalaciones. Cualquiera de las partes tiene derecho a apelar dentro de los 10 días posteriores al fallo original, y el residente puede permanecer en posesión del sitio de la casa móvil si se presenta una fianza suficiente.
Lea la ley: MD Código, Prop. Real § 8A-1702
Aviso oral del residente: Si el residente da un aviso oral al propietario del parque al menos 1 mes antes del final del plazo o período de arrendamiento (y al menos 3 meses de aviso si el el arrendamiento es de año a año) de su intención de no renovar el contrato de arrendamiento, y si el propietario del parque puede probar ese aviso mediante un testimonio competente, entonces el propietario del parque no necesita dar aviso por escrito al residente.
Lea la ley: MD Código, Prop. Real § 8A-1702
El residente incumple el contrato de alquiler
Recuperación: si el contrato de alquiler contiene una disposición según la cual el propietario del parque puede recuperar la posesión de las instalaciones si el residente incumple el contrato de alquiler, y si el propietario del parque ha notificado al residente por escrito con 1 mes de antelación que el residente está en violación y ese propietario desea recuperar, y el residente se niega a cumplir, entonces el propietario del parque puede buscar la ayuda de la corte para desalojar a un residente.
Lea la ley: MD Código, Prop. Real § 8A-1703
Sentencia y apelaciones: Si el tribunal determina que el residente incumplió el acuerdo y que el incumplimiento justifica el desalojo, la sentencia será para el propietario del parque. Cualquiera de las partes puede apelar dentro de los 10 días a partir de la fecha de la sentencia original, y si el residente presenta una fianza suficiente, puede permanecer en posesión hasta la resolución de la apelación.
Lea la ley: MD Código, Prop. Real § 8A-1702