Plan de crianza
Temas en esta página:
- ¿Qué es un plan para padres?
- Cómo comenzar
- Las partes se ponen de acuerdo ¿y ahora qué?
- ¿Qué pasa si las partes no pueden llegar a un acuerdo?
¿Qué es un plan para padres?
Un plan de crianza es un acuerdo escrito que describe cómo las partes trabajarán juntas para cuidar y tomar decisiones sobre su hijo cuando no vivan juntos. Una parte puede ser un padre biológico, padrastro o adoptivo. Una parte también podría ser alguien reconocido por el tribunal por haber forjado un vínculo entre padres e hijos. A esto se le llama padre de facto. Un plan de crianza también puede denominarse acuerdo de custodia.
Un plan de crianza proporciona una guía que se puede utilizar cuando las partes manejan cuestiones relacionadas con los niños, como cuándo el niño pasa tiempo con cada parte (tiempo de crianza o custodia física) y cómo se toman las decisiones sobre el niño (autoridad para tomar decisiones o autoridad legal). custodia). Un plan de crianza permite a las partes decidir qué es mejor para su familia en lugar de que el tribunal decida.
Los tribunales de Maryland exigen que las partes presenten un plan de crianza en cualquier caso de Maryland que involucre la custodia de un menor. Las partes recibirán los documentos del plan de crianza en su primera audiencia judicial.
NOTA: Los casos de niños que necesitan asistencia (CINA) no requieren un plan de crianza.
Cómo comenzar
Para ayudar a desarrollar un plan de crianza, los tribunales de Maryland han desarrollado el Instrucciones del plan de crianza de Maryland y Herramienta del plan de crianza de Maryland. Las partes recibirán copias de estos en la primera comparecencia ante el tribunal. También están disponibles en el Sitio web de los tribunales de Maryland.
Las Instrucciones y la herramienta del plan de crianza enumeran los factores a considerar al redactar su plan, las responsabilidades que deben abordarse en su plan y las opciones que quizás desee incluir al abordar las responsabilidades detalladas en su plan.
Factores a considerar
- La estabilidad, salud y bienestar del niño.
- Contacto frecuente, regular y continuo con partes que puedan actuar en el mejor interés del niño.
- La capacidad de las partes para compartir los derechos y responsabilidades de criar al niño.
- Mantener la relación del niño con cada parte, sus hermanos, otros parientes y personas que son o pueden llegar a ser importantes en la vida del niño.
- La seguridad física y emocional del niño y su protección frente al conflicto y la violencia.
- Las necesidades de desarrollo del niño, incluida la seguridad física, la seguridad emocional, la autoimagen positiva, las habilidades interpersonales y el crecimiento intelectual y cognitivo.
- Las necesidades cotidianas del niño (incluidas educación, socialización, cultura y religión, alimentación, vivienda, vestimenta y salud física y mental).
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- colocar las necesidades del niño por encima de las necesidades de las partes;
- proteger al niño de los efectos negativos de cualquier conflicto entre las partes; y,
- mantener la relación del niño con las partes, hermanos, otros parientes u otras personas que tienen o probablemente puedan tener una relación significativa con el niño
- Edad del niño.
- Cualquier despliegue militar de una de las partes y su efecto, si lo hubiera, en la relación entre padres e hijos.
- Cualquier orden o acuerdo judicial previo.
- El rol y las tareas de cada parte relacionadas con el niño y cómo, en todo caso, esos roles y tareas han cambiado.
- La ubicación de la casa de cada parte en relación con su capacidad para coordinar el tiempo de crianza, la escuela y las actividades.
- La relación de las partes entre sí, incluyendo
- cómo se comunican entre sí;
- si pueden compartir la paternidad sin alterar la vida social y escolar del niño; y,
- cómo las partes resolverán cualquier disputa en el futuro sin necesidad de intervención judicial.
- La preferencia del niño, si es apropiada para su edad.
Responsabilidades a abordar en su plan de crianza
Las Instrucciones del plan de crianza requieren que su plan aborde cada una de las siguientes responsabilidades:
- Autoridad para tomar decisiones (custodia legal)
- Las decisiones del día a día son responsabilidad de la(s) parte(s) con la que se encuentra el niño en ese momento, como cómo debe vestirse el niño o su rutina en el hogar.
- ¿Cómo se tomarán decisiones importantes como la atención médica y de salud mental, la educación, la formación religiosa, las actividades extracurriculares, la comunicación entre las partes y el intercambio de información?
- Horario de crianza (custodia física)
- ¿Cuándo pasará tiempo el niño con cada uno de ustedes?
- ¿Cómo abordará los días festivos, recesos escolares, vacaciones, viajes fuera del estado y otros días especiales?
- Transporte e intercambio del niño.
- ¿Cómo transportarás al niño?
- ¿Dónde se producirán los intercambios?
- Cuidado de niños
- ¿Cómo decidirá quién cuidará del niño cuando usted no esté disponible?
- ¿Cómo mantendrá las relaciones del niño con los miembros de la familia?
- Controversias
- ¿Cómo resolverá las disputas relacionadas con el plan de crianza?
- Otros problemas que quizás quieras abordar
- Los nombres del niño. Nombres utilizados para referirse a padrastros u otros adultos.
- Circunstancias que requieren el consentimiento de los padres (conducir, matrimonio, servicio militar, empleo, etc.).
- Restricciones a lo que está expuesto el niño (entretenimiento, armas de fuego, vehículos todo terreno, etc.).
- Disciplina.
Se puede llegar a un plan de crianza en cualquier momento del proceso de custodia. Las partes pueden trabajar por separado, juntas o con la ayuda de un mediador para desarrollar un plan de crianza. El objetivo es desarrollar un plan que refleje el mejor interés del niño y que sea viable y aceptable para las partes. Recuerde que la Herramienta del plan de crianza de Maryland es un ejemplo de plan de crianza. No es necesario que utilice la herramienta tal como está. Si la herramienta funciona, úsala para desarrollar la tuya propia. Si bien la herramienta incluye muchas opciones, debes agregar cualquier disposición que sea importante para tu familia.
Lea la regla: Regla de Maryland 9-204.1
Las partes se ponen de acuerdo ¿y ahora qué?
Después de que las partes completen un plan de crianza, deben presentar el acuerdo por escrito al tribunal. Un juez revisará el acuerdo considerando los factores del interés superior del niño. Después de eso, el plan de crianza se incorporará a una orden judicial y los términos del plan de crianza serán ejecutables.
¿Qué pasa si las partes no pueden llegar a un acuerdo?
Si las partes no pueden ponerse de acuerdo sobre un plan de crianza, el tribunal decidirá qué es lo mejor para el niño. Si las partes no pueden llegar a un acuerdo, deberán presentar un Declaración conjunta de las partes sobre la autoridad para tomar decisiones y el horario de crianza. El propósito de esta Declaración Conjunta es señalar áreas de acuerdo y desacuerdo. La Declaración conjunta está disponible en el sitio web de los tribunales de Maryland o solicitándola al secretario del tribunal. Un mediador puede ayudar a preparar la Declaración Conjunta.
La Declaración Conjunta debe presentarse al menos 10 días antes de una conferencia de conciliación, o 20 días antes del juicio (si no hay una conferencia de conciliación). Las partes tienen plazos específicos para la elaboración de la Declaración Conjunta:
- 30 días antes de la fecha límite: las partes deben preparar e intercambiar propuestas de Declaraciones Conjuntas
- 15 días antes del plazo: el demandante debe entregar al demandado una propuesta de Declaración Conjunta que refleja fielmente las posiciones de las partes
- El demandado debe presentar la Declaración Conjunta antes de la fecha límite
Si el demandado se niega a firmar la Declaración Conjunta, deberá presentar la Declaración Conjunta y una declaración escrita de sus objeciones.
Lea la regla: Regla de Maryland 9-204.2