Tutela de un menor: preguntas frecuentes
Temas en esta página
- Tutela de un menor
- Petición de tutela de un menor
- ¿Quién es el interesado?
- ¿Puede el menor elegir al tutor?
- ¿El menor tendrá su propio abogado?
- ¿Qué pasa si tengo una condena penal? ¿Aún puedo ser nombrado tutor de un menor?
- ¿Qué pasa si el tercero no sabe quién es el padre del menor?
- ¿Qué pasa si el tercero no puede encontrar a los padres del niño?
- Orden de tutela
- Servicios y beneficios sociales
- ¿Se requiere la tutela para recibir beneficios de servicios sociales, como pagos de asistencia social o asistencia médica?
- Si Servicios Sociales emite un cheque de asistencia social a un tercero, ¿significa eso que el tercero tiene tutela o custodia?
- ¿Un niño califica para recibir beneficios del Seguro Social en caso de fallecimiento del tutor?
- Modificación y Terminación de una Tutela
Tutela de un menor
¿Es lo mismo tutela que custodia?
No. Aunque puede haber cierta superposición en los tipos de poderes y responsabilidades, la tutela de un menor y la custodia son dos procesos legales diferentes con diferentes poderes y responsabilidades. Hable con un abogado para determinar qué opción es mejor para su situación. Obtenga más información sobre la custodia de los hijos en Maryland.
¿Es lo mismo la tutela que el cuidado por familiares?
No. En Maryland, una persona que asume el cuidado del hijo de un familiar se conoce como cuidador por pariente, y puede haber cuidado por pariente tanto formal como informal. La tutela de un menor es un proceso legal en el que el tribunal designa a una persona para gestionar los asuntos personales y/o financieros de un menor. Obtenga más información sobre el cuidado por familiares en Maryland.
¿Qué pasa si fui designado tutor de un menor a través del testamento de los padres del menor?
Esto se llama tutela testamentaria y es diferente del nombramiento judicial de un tutor. A menos que lo prohíba un acuerdo o una orden judicial, el padre sobreviviente de un menor puede nombrar uno o más tutores (y tutores sucesores) del menor. Para una tutela testamentaria, el tribunal no necesita aprobar ni calificar al tutor.
Lea la ley: Código de Maryland, Sucesiones y Fideicomisos Artículo § 13-701
Petición de tutela de un menor
¿Quién es el interesado?
Las partes interesadas están definidas por la ley. Sólo las partes interesadas pueden solicitar la tutela de un menor y solicitar al tribunal que resuelva los problemas con la tutela del menor. El interesado también tiene ciertos derechos de notificación. Obtenga más información sobre las partes interesadas.
¿Puede el menor elegir tutor?
Si el menor tiene al menos 14 años y la persona reúne los requisitos necesarios, el tribunal nombrará a la persona designada por el menor, a menos que el nombramiento no redunde en el mejor interés del menor.
Si el menor tiene al menos 16 años y reúne los requisitos necesarios, puede designar un tutor de la propiedad. En ese caso, el tribunal no está obligado a nombrar a esa persona.
Lea la ley: Código de Maryland, Sucesiones y Fideicomisos Artículo § 13-702
Lea la regla: Regla de Maryland 10-201
¿El menor tendrá su propio abogado?
Un menor puede tener su propio abogado. Si el menor no está representado por un abogado, el tribunal podrá designar un abogado para el menor. Sin embargo, no existe un requisito estricto de que un menor tenga su propio abogado o que el tribunal nombre un abogado para el menor, ya que esto dependerá de los hechos específicos de su situación.
Lea la regla: Regla de Maryland 10-106
¿Qué pasa si tengo una condena penal? ¿Aún puedo ser nombrado tutor de un menor?
A menos que pueda demostrar ante el tribunal una buena causa, si ha sido condenado por un delito grave, un delito de violencia, una agresión en segundo grado, un delito sexual en tercer o cuarto grado, o un intento de violación o un delito sexual en tercer o cuarto grado. , entonces el tribunal no podrá nombrarle tutor de la persona de un menor. Un delito de violencia se define en el artículo 14-101 del artículo de derecho penal del Código de Maryland.
A menos que pueda demostrar al tribunal una buena causa, si ha sido condenado por un delito que refleja negativamente su honestidad, confiabilidad o idoneidad para desempeñar los deberes de tutor de los bienes de un menor, entonces el tribunal no podrá nombrarlo como tutor de los bienes de un menor. Los ejemplos incluyen fraude, extorsión, malversación de fondos, falsificación, perjurio y robo.
Lea la ley: Código de Maryland, Sucesiones y Fideicomisos § 11-114; Ley Penal § 14-101
Hay factores que el tribunal puede considerar al determinar si existe una buena causa para nombrar tutor a una persona con un delito que lo descalifica. Los factores incluyen la naturaleza del delito; el tiempo transcurrido desde la condena; la conducta del tutor propuesto desde la condena; la relación, en su caso, entre el tutor propuesto y el menor; y cualquier especial vulnerabilidad del menor.
Lea la regla: Regla de Maryland 10-113
¿Qué pasa si el tercero no sabe quién es el padre del menor?
Cuando se desconoce la identidad del padre, el tercero puede presentar una moción solicitando al tribunal que renuncie al requisito de notificación. El tercero deberá aportar prueba de sus esfuerzos por localizar al padre. El tribunal puede permitir la notificación mediante publicación.
¿Qué pasa si el tercero no puede encontrar a los padres del niño?
Cuando se desconoce la identidad de los padres, el tercero puede presentar una moción solicitando al tribunal que renuncie al requisito de notificación. El tercero deberá presentar al tribunal pruebas de sus esfuerzos por localizar a los padres. El tribunal puede permitir la notificación mediante publicación.
Orden de tutela
¿Qué es una orden de tutela?
La orden de tutela es la orden judicial que le nombra tutor del menor. Lea este documento atentamente. Este documento enumera sus poderes y responsabilidades como tutor. El documento también sirve como prueba ante otras personas de su nombramiento y autoridad como tutor.
¿Qué pasa si quiero hacer algo que no está incluido en la orden de tutela?
Solicite permiso al tribunal ANTES de realizar cualquier acción que no esté autorizada en la orden de tutela. Además, asegúrese de pedir permiso al tribunal por escrito.
¿Dónde puedo encontrar información o capacitación para ser tutor?
La Sitio web de los tribunales de Maryland tiene información extensa para tutores potenciales y designados. Las Reglas de Maryland también brindan pautas para los tutores designados por el tribunal.
Lea las Reglas: Apéndices: Directrices para los tutores de la persona designados por el tribunal; Directrices para los tutores de la persona designados por el tribunal
Servicios y beneficios sociales
¿Se requiere la tutela para recibir beneficios de servicios sociales, como pagos de asistencia social o asistencia médica?
Esto depende. La tutela no es necesaria para obtener beneficios de servicios sociales, como pagos de asistencia social o asistencia médica cuando el tercero es un pariente consanguíneo del menor y el niño vive con ellos. Comuníquese con el departamento local de servicios sociales para obtener ayuda para determinar a qué beneficios tiene derecho el menor.
Si Servicios Sociales emite un cheque de asistencia social a un tercero, ¿significa eso que el tercero tiene tutela o custodia?
No, los servicios sociales no pueden conceder tutela ni custodia.
¿Un niño califica para recibir beneficios del Seguro Social en caso de fallecimiento del tutor?
La tutela no califica a un niño para recibir beneficios de seguridad social en caso de muerte del tutor.
Modificación y Terminación de una Tutela
¿Se puede modificar una tutela?
Sí. Se deberá dictar orden judicial modificando la orden anterior. Las partes pueden presentar un consentimiento para la modificación o el tribunal puede dictar la orden después de una audiencia.
¿Cuándo termina la tutela? ¿Se puede terminar una tutela?
Para un menor sin discapacidad, la tutela finaliza cuando el menor cumple 18 años, se emancipa o fallece. Para los menores con discapacidad que cumplan 18 años, usted u otra persona interesada puede solicitar la tutela de una persona presuntamente discapacitada. Una tutela del inmueble puede terminar cuando no existan más bienes en el patrimonio tutelado que necesiten la administración de un tutor.
Cuando ocurre cualquiera de estos eventos, usted presenta una petición de terminación dentro de los 45 días posteriores al evento. Puede presentar una solicitud para dar por terminada la tutela de la persona, del inmueble o de ambos.
Una tutela también puede terminarse por otros motivos determinados. Las partes pueden presentar un consentimiento para la rescisión o el tribunal puede dictar la orden después de una audiencia. Existen requisitos de notificación para las partes interesadas.
Lea la regla: Regla de Maryland 10-209, Regla 10-710
¿Se puede destituir a un tutor?
Sí. El tribunal DEBE destituir a un tutor que tenga:
- intencionalmente tergiversó hechos materiales que llevaron a su nombramiento o a otra acción por parte del tribunal en referencia al patrimonio fiduciario;
- ignoró intencionalmente una orden del tribunal;
- se ha mostrado incapaz, con o sin culpa, de desempeñar adecuadamente las funciones de su cargo; o
- incumplió su deber de buena fe o lealtad en la administración de los bienes del patrimonio fiduciario.
El tribunal PUEDE destituir a un tutor que tenga:
- Negligentemente no presentó una fianza dentro del tiempo requerido por norma u orden del tribunal;
- Negligentemente no cumplió con una orden del tribunal; o
- No cumplió con ningún deber fiduciario o no administró de manera competente el patrimonio fiduciario.
Lea la ley: Código de Maryland, Sucesiones y Fideicomisos Artículo § 15-112
Una “parte interesada” también puede presentar una petición ante el tribunal para destituir a un tutor.
Lea las reglas: Md. Regla 10-208, Regla 10-712
¿Puede dimitir un tutor?
Sí, puede presentar una petición de renuncia ante el tribunal para renunciar como tutor de la persona, de los bienes o de ambos. Su petición debe incluir los motivos de la renuncia. También podrá solicitar el nombramiento de un tutor sustituto o sucesor. Existen requisitos de notificación para las partes interesadas. La renuncia del tutor no pone fin a la tutela hasta que el tribunal emita una orden aceptando la renuncia.
Lea la Regla: Md. Regla 10-207, Regla Rinde de 10 a 711 porciones