Presentación de una apelación en el Tribunal de Apelaciones Especiales
Temas de esta página
- Información general
- Apelación directa versus solicitud de autorización para apelar
- Descripción general del proceso
- Tarifas de presentación
- Resúmenes formales e informales
- ¿Qué sucede si no está de acuerdo con la decisión del Tribunal de Apelaciones Especiales?
Información general
La Corte de Apelaciones Especiales (COSA) es la corte de apelaciones intermedia de Maryland. Este tribunal revisa las decisiones y acciones de un tribunal de primera instancia. Si no está de acuerdo con la decisión de un tribunal de primera instancia (p. ej., tribunal de circuito, tribunal de distrito, tribunal de huérfanos), entonces puede tener la opción de presentar una apelación ante la COSA.
Presentar una apelación ante la COSA puede ser complejo. Este artículo proporciona un breve resumen del proceso para apelar un caso civil de la corte de circuito a la COSA. Tenga en cuenta que ciertas decisiones del Tribunal de Distrito y del Tribunal de Huérfanos también se pueden apelar ante la COSA. Sin embargo, si ya apeló su caso de la corte de distrito a la corte de circuito, entonces el próximo paso potencial es una apelación ante la corte de apelaciones, no ante la COSA. Obtenga más información sobre cómo presentar una apelación ante el Tribunal de Apelaciones.
El proceso de apelación (o proceso de apelación) requiere tiempo y dinero y, por lo general, involucra argumentos legales complejos (en lugar de presentar pruebas). Generalmente, en una apelación, presenta argumentos legales para justificar por qué cree que debería haber ganado su caso. No volverá a presentar pruebas ante el tribunal. Los tribunales de apelación toman decisiones basadas en sus argumentos legales y la evidencia que presentó en su caso original. La Una guía para la autorrepresentación de la COSA proporciona información detallada sobre el proceso de apelación de la COSA. , incluidos documentos de muestra.
Los hechos y circunstancias específicos de su situación determinarán qué opciones están disponibles para usted. Además, si bien existen similitudes para los casos penales, también existen diferencias importantes. Considere su situación y reevalúe su caso antes de optar por apelar. Si manejó su propio caso anteriormente, considere buscar un abogado para la apelación o consultar con un abogado para determinar si la apelación vale su tiempo y energía. Si maneja su propia apelación, espere dedicar una cantidad significativa de tiempo a la apelación, incluido el tiempo para la investigación legal.
Apelación directa versus solicitud de autorización para apelar
Una apelación directa significa que una parte que no está de acuerdo con la decisión del tribunal inferior tiene derecho a una revisión de apelación por parte de la COSA (siempre que cumpla con los plazos y otros requisitos).
Aviso de apelación: para las apelaciones directas, la parte que presenta la apelación (el "apelante") debe presentar un Aviso de apelación en el tribunal de circuito (o el tribunal donde se decidió el caso), notifique a la otra parte y pague los honorarios correspondientes. El apelante también debe pagar una tarifa de presentación a la COSA. El apelante debe presentar la notificación dentro de los 30 días siguientes a la publicación de la sentencia.
Lea la regla: Md. Regla 8-201; 8-202< /span>
Solicitud de autorización para apelar: hay situaciones en las que no existe un derecho directo de apelación, lo que significa que una parte debe solicitar al tribunal que le otorgue el derecho a la revisión de apelación por parte de la COSA. Esto incluye:
- un caso en el que el acusado se declara culpable (o se declara Alford) de un delito;
- un caso relacionado con la revocación de la libertad condicional;
- un asunto de queja de un recluso;
- un caso posterior a la condena;
- un caso relacionado con los derechos de las víctimas;
- un caso que involucre a una persona cometida como no responsable penalmente debido a la locura o como incompetente para ser juzgado, que busca la revisión de una decisión relacionada con la continuación del encarcelamiento, la libertad condicional o la descarga; o
- una orden del tribunal relacionada con la fianza.
La solicitud de autorización para apelar se presenta ante el tribunal de circuito donde se decidió el caso, generalmente dentro de los 30 días posteriores a la fecha en que se ingresó en el expediente del tribunal el fallo u orden final del tribunal de circuito. Diferentes asuntos pueden tener diferentes plazos (por ejemplo, 10 días en un caso de hábeas corpus). Revise las Reglas de Maryland con mucho cuidado.
Lea la regla: Md. Regla 8-204
Es muy importante determinar si tiene derecho a apelar directamente o si debe pedir permiso al tribunal presentando una solicitud de autorización para apelar. Si no selecciona la opción correcta, corre el riesgo de perder su capacidad de apelación.
Para obtener orientación más detallada sobre cómo presentar el Aviso de apelación o la Solicitud de autorización para apelar, consulte el Guía de COSA.
Descripción general del proceso
Para apelaciones directas para casos civiles del tribunal de circuito, el procedimiento general es:
- Presente el Aviso de apelación ante el tribunal de circuito (o el tribunal inferior correspondiente) dentro de los 30 días posteriores a la entrada de la sentencia u orden del tribunal inferior. El plazo de 30 días se aplica a la mayoría, pero no a todos los casos. No existe un formulario judicial para llenar los espacios en blanco para el Aviso de Apelación. Sin embargo, muestras disponibles. Además, entregue una copia del Aviso de apelación a las otras partes. Lea la regla: Md. Regla 8-202
- Presente el Informe de información de apelación civil ante el secretario de COSA dentro de los 10 días de presentar el Aviso de Apelación. Esto no siempre es un requisito (por ejemplo, casos penales). Lea la regla: Md. Regla 8-205
- Solicite transcripciones al taquígrafo del tribunal de circuito. Las transcripciones pueden ser costosas. Incluso si se le otorga una exención de los costos de prepago, el tribunal no puede eximirlo del costo de preparar una transcripción del tribunal de circuito. Sin embargo, el Tribunal puede conceder una exención de las transcripciones del Tribunal de Distrito. Lea la regla: Md. Regla 8-411
- Asegúrese de que el registro se transmita desde el tribunal inferior a la COSA. Si bien es el tribunal inferior el que realmente transmite el registro, es su responsabilidad asegurarse de que esté completo y que el secretario cumpla con los plazos. Si se necesita más tiempo, puede solicitar que el Tribunal extienda la fecha límite, pero debe solicitar la extensión antes de la fecha límite para transmitir el expediente. Lea la regla: Md. Regla 8-412
- Preparar el extracto del registro. Un extracto de registro consta de copias de los documentos judiciales en el registro (por ejemplo, entradas en el expediente del tribunal de circuito, sentencia u orden que es la fuente de la apelación, transcripciones, pruebas que son necesarias para que el tribunal las revise, etc.). Tenga en cuenta que el extracto de registro no es necesario para ciertos tipos de casos. Lea la regla: Md. Norma 8-501
- Considere crear una declaración acordada del caso. Esto puede agilizar el proceso de apelación para todas las partes. Lea la regla: Md. Regla 8-413
- El tribunal puede ordenar una audiencia previa o conferencia de programación para fijar las fechas de las presentaciones y abordar otros asuntos. Asegúrese de participar. Revise la orden judicial con mucho cuidado. Preste especial atención a los plazos. Lea la regla: Md. Regla 8-206
- Prepare y presente sus escritos. Existen reglas y plazos muy específicos para la preparación y presentación de escritos. También deberá entregar a la otra parte una copia de sus escritos. Lea las Reglas: Md. Reglas 8-112; 8-502; 8-503; 8-504; 8-505< /span>
- El tribunal puede ordenar a las partes que participen en una mediación. La mediación es una oportunidad para que las partes resuelvan los problemas por sí mismas, en lugar de que el tribunal decida el resultado. La mediación puede ayudar a las partes a evitar el tiempo y los gastos del proceso de apelación. Lea la regla: Md. Regla 8-206
- La oficina del secretario programará su apelación para argumentos orales o la colocará en el calendario de resumen.
- Durante los argumentos orales, presenta sus argumentos legales a los jueces. Los jueces también pueden hacerle preguntas. Hay límites de tiempo muy específicos para los argumentos orales. Los argumentos orales no son lo mismo que un nuevo juicio. No puede presentar nuevas pruebas. Además, los jueces no emitirán una decisión al final de los argumentos orales.
- Si su apelación se incluye en el calendario resumido, los jueces revisarán su apelación sin escuchar los argumentos orales de las partes. Esto significa que la decisión de los jueces se basará únicamente en los escritos de las partes y la ley aplicable.
- Durante los argumentos orales, presenta sus argumentos legales a los jueces. Los jueces también pueden hacerle preguntas. Hay límites de tiempo muy específicos para los argumentos orales. Los argumentos orales no son lo mismo que un nuevo juicio. No puede presentar nuevas pruebas. Además, los jueces no emitirán una decisión al final de los argumentos orales.
- Después de los argumentos orales, el Tribunal emitirá una opinión. La opinión es una decisión escrita que establece la decisión del Tribunal y por qué llegó a esa decisión. No hay un marco de tiempo específico para cuando se dará a conocer la opinión. Los jueces tardan un tiempo en considerar el caso correctamente y redactar una opinión, por lo que es posible que las partes no sepan el resultado de inmediato.
- Por lo general, 30 días después de la presentación de la opinión, el Tribunal emitirá una declaración de su decisión. Este es el mandato y es la sentencia final de la Corte.
Para obtener una guía más detallada sobre los pasos enumerados anteriormente, consulte la Guía de COSA< /a>.
Plazos: tenga en cuenta los plazos. Si no cumple con una fecha límite, puede perder su capacidad de apelar. Por ejemplo, si no presenta su Aviso de apelación a tiempo, el Tribunal no puede extender el tiempo para que cumpla con este requisito.
Lea la regla: Md. Regla 1-204
Apelaciones aceleradas: hay ciertos tipos de casos (por ejemplo, adopción, tutela, acceso de niños, niños que necesitan asistencia, estatus de inmigrante juvenil especial) en los que se puede aplicar una apelación acelerada (rápida). Si este es el caso de su situación, asegúrese de incluir esa información en el informe de información. Tenga en cuenta que las apelaciones aceleradas tienen diferentes plazos.
Lea la regla: Md. Regla 8-207
Solicitud de autorización para apelar: existen tipos específicos de casos en los que no tiene derecho a apelar directamente y debe presentar una solicitud de autorización para apelar. Por lo general, presenta la solicitud ante el secretario del tribunal donde se decidió el caso dentro de los 30 días posteriores a la orden o sentencia final del tribunal inferior. Sin embargo, los plazos pueden variar. Debe entregar una copia a la otra parte y pagar las tarifas de presentación. Tenga en cuenta que hay dos tarifas de presentación. La otra parte puede, pero no está obligada a hacerlo, presentar una respuesta a su solicitud de permiso para apelar. Existen requisitos adicionales; asegúrese de revisar las Reglas de Maryland con mucho cuidado. Además, para obtener una guía más detallada, consulte la Guía de COSA.
Lea la regla: Md. Regla 8-204
Tarifas de presentación
Si elige apelar su caso y cree que no puede pagar los costos de presentar una apelación, puede solicitar que se elimine el requisito de que estos costos se paguen por adelantado.
Recuerde, si se aprueba su solicitud, la exención solo elimina el requisito de pagar los costos de presentar una apelación por adelantado. Es posible que aún tenga que pagar las tasas judiciales al final de la apelación, a menos que el tribunal ordene a la otra parte que pague dichas tasas y costos. Tenga en cuenta que existe un proceso para solicitar al tribunal una exención final de los costos al final del caso. Obtenga más información sobre las exenciones de tarifas de presentación.
Resúmenes formales e informales
Escritos formales: Un escrito de apelación presenta los argumentos legales formales que establecen por qué el apelante no debería haber perdido el caso en el tribunal de circuito u otro tribunal inferior. Hay muchas reglas que definen cómo una parte debe escribir el escrito, el tiempo para presentar el escrito y cuántas copias requiere el Tribunal. Lea las Reglas de Maryland con mucho cuidado. Si es posible, revise las muestras para tener una idea de cómo se supone que debe ser el resumen. Es probable que la preparación de su informe implique una extensa investigación y redacción jurídica. Asegúrese de asignar suficiente tiempo para completar el escrito antes de los plazos establecidos por las Reglas de Maryland y el Tribunal.
El apelado (la persona contra la que se presenta la apelación) también debe presentar un escrito en respuesta al escrito del apelante. Es posible que tenga la opción de escribir un escrito de respuesta en respuesta al escrito del apelado.
Lea las reglas: Md. Reglas 8-112; 8-502; 8-503; 8-504; 8-505< /span>
Resúmenes informales - Se permiten resúmenes informales para apelaciones por parte de:
- individuos encarcelados que se representan a sí mismos;
- partes que se representan a sí mismas en acciones de ejecución hipotecaria; y
- partes que se representan a sí mismas en casos de familia (p. ej., custodia, régimen de visitas, manutención de los hijos, pensión alimenticia, bienes conyugales y violencia doméstica).
Debería enviar el resumen informal en lugar de un resumen formal y un extracto del registro. Estos escritos informales no están sujetos a las mismas reglas técnicas que los escritos formales. El Tribunal de Apelaciones Especiales de Maryland tiene directrices para escritos informales y formularios que pueden ser útiles para revisar.
Aún debe cumplir con los requisitos de servicio para informes informales.
Lea la regla: Md. Norma 8-502
Lea la orden administrativa: Orden administrativa del 9 de marzo de 2021
¿Qué sucede si no está de acuerdo con la decisión del Tribunal de Apelaciones Especiales?
Si no está de acuerdo con la decisión de la COSA en su apelación, considere las siguientes dos opciones.
Moción de reconsideración: puede presentar una moción de reconsideración antes de que la COSA emita un mandato o dentro de los 30 días posteriores a la presentación de la opinión del tribunal, lo que ocurra primero. Si planea presentar una moción de reconsideración, revise las Reglas de Maryland con mucho cuidado, ya que existen criterios muy estrictos sobre lo que se puede incluir en la moción y cómo presentarla.
Lea la regla: Md. Norma 8-605
Petición de un auto de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones - Por lo general, no tiene derecho a que el Tribunal de Apelaciones escuche su apelación. Sin embargo, puede pedir permiso al Tribunal de Apelaciones para apelar la decisión de COSA. Obtenga más información sobre cómo presentar una apelación ante el Tribunal de Apelaciones.