Ser propietario
Temas en esta página:
- Antes de alquilar
- El alquiler
- Verificación de crédito y depósito de seguridad
- Registros y comunicación
- Terminar un contrato de arrendamiento
Antes de alquilar
El negocio de poseer y administrar propiedades residenciales de alquiler es muy parecido a cualquier negocio. Se necesita investigación, planificación y conocimiento. Como propietario de Maryland, es importante que conozca las leyes federales, estatales y locales que rigen la relación entre propietario e inquilino. Si surge la oportunidad y la inclinación de ser propietario, aquí hay algunas cosas a tener en cuenta:
La propiedad debe estar básicamente en buenas condiciones en cuanto a plomería, sistema eléctrico, calefacción, techo, etc.
El alquiler
Tanto los contratos de arrendamiento orales como los escritos son contratos vinculantes entre el propietario y el inquilino.
Muchos propietarios quieren tener la seguridad de un contrato de arrendamiento escrito por un año, pero para algunos propietarios nuevos, un contrato de arrendamiento escrito de mes a mes será más fácil, especialmente si un inquilino se convierte en un problema. Los arrendamientos orales son legales en Maryland para el propietario que posee menos de cinco unidades de alquiler en el estado, pero es mejor un contrato de arrendamiento por escrito. Los arrendamientos por un período superior a un año deben realizarse por escrito. Asegúrese de que su contrato de arrendamiento cubra puntos que le preocupan, como cargos por pagos atrasados, mascotas, subarrendamiento, quién puede ocupar el apartamento, etc. Si su contrato de arrendamiento contiene una cláusula de renovación automática, asegúrese de que el inquilino lea la cláusula y la firme.
Verifique si su ciudad o condado requiere que usted tenga una licencia o que registre la propiedad de alquiler.
Investigue sus derechos y responsabilidades según la ley de propietario/inquilino.
Antes de alquilar, asegúrese de comprender las leyes contra la discriminación en la vivienda.
Verificación de crédito y depósito de seguridad
Solicite que un solicitante obtenga un informe de crédito para entregárselo. Si realiza su propia verificación de crédito, puede cobrarle al solicitante una tarifa por sus costos reales.
Confirmar el empleo del solicitante. Como regla general, el alquiler anual no debe exceder el 30% de los ingresos brutos del inquilino. Si, por ejemplo, el alquiler anual es de $3,000, el ingreso bruto del inquilino debe ser de al menos $10,000.
También solicite al inquilino que proporcione información de contacto de alquileres anteriores. Haga preguntas específicas al propietario anterior sobre el historial de alquiler, la conducta y el cuidado de la propiedad. Si hay problemas, discuta los detalles con el inquilino antes de celebrar el contrato de arrendamiento.
Debe exigir un depósito de seguridad y el primer mes de alquiler antes de permitir que el inquilino se mude. Es arriesgado ceder la posesión de la propiedad a un inquilino que no puede pagar este dinero por adelantado. Tenga en cuenta que la ley sobre depósitos de seguridad limita el depósito de seguridad a no más del equivalente a dos meses de alquiler. También requiere que el propietario informe al inquilino por escrito, en el momento en que paga el depósito de seguridad, del derecho a estar presente en una inspección de la propiedad al final del arrendamiento. Los propietarios deben incluir un recibo por el depósito de seguridad en el contrato de arrendamiento por escrito.
Registros y comunicación
Mantenga registros precisos, especialmente en el caso del alquiler. Entregar recibos de alquiler. La ley exige que usted entregue recibos a los inquilinos que pagan en efectivo y a cualquier inquilino que los solicite. Si no se proporcionan los recibos requeridos, el propietario será responsable ante el inquilino por $25. Lea la ley: Código de Maryland, Bienes inmuebles § 8-205
Establece una buena comunicación con tu inquilino, respeta su privacidad y trátalo con dignidad.
Terminar un contrato de arrendamiento
Si desea rescindir un contrato de arrendamiento, incluso si el contrato tiene una fecha de terminación, debe notificar por escrito al inquilino. Esto también es cierto si tiene la intención de cambiar algún término del contrato de arrendamiento cuando finalice, como el monto del alquiler cobrado o los servicios incluidos en el alquiler.
Nunca te tomes la justicia por tu mano. No puede bloquear la entrada de un inquilino, negarle la entrada o salida, ni disminuir los servicios esenciales a los que el inquilino tiene derecho sin pasar por el proceso judicial para obtener un desalojo legal. Esto es cierto incluso si el inquilino está atrasado en el pago del alquiler, no se ha mudado después del vencimiento del contrato de arrendamiento, después de la fecha en que el inquilino declaró que se mudaría o después de la fecha que usted le indicó al inquilino que se mudara en un aviso redactado adecuadamente. desocupar.