Lo que toda persona necesita saber sobre la Corte (español)

Lo que toda persona debe saber acerca del Tribunal de Distrito de Maryland: Recursos para las personas que hablan español

El Tribunal de Distrito de Maryland es un tribunal único para todo el estado que funciona en Lugares 34 distinto (en inglés) en 12 jurisdicciones.

  • El Tribunal de Distrito es uno de los dos tribunales de primera instancia (donde empiezan casi todos los juicios) de Maryland.
  • Cada año, se presentan a este tribunal más de 2 millones de juicios.
  • El Tribunal de Distrito es el tribunal donde se ven las reclamaciones de menor cuantía (no penales) cuyos daños monetarios no sean superiores a los $5.000 (llamado tribunal de reclamaciones de menor cuantía).

¿Cuándo debe establecer una demanda civil en el Tribunal de Distrito y no en un Tribunal de Circuito?
Las demandas por un monto no mayor de $5.000 deben presentarse en el Tribunal de Distrito. A partir del 1 de octubre de 2007, si el monto de la demanda se sitúa entre $5.000 y $30.000, podrá entablar la demanda ya sea en un Tribunal de Distrito o en un Tribunal de Circuito y las demandas superiores a $30.000 deberán entablarse en un Tribunal. de Circuito.

  • Toda demanda entablada antes del 1 de octubre de 2007 cuyo monto se encuentre entre $5.000 y $25.000 podrá ser introducida ya sea en el Tribunal de Distrito o en el Tribunal de Circuito y todas las demandas superiores a $25.000 deben entablarse en el Tribunal de Circuito.
Tipos de causas que conoce el Tribunal de Distrito

El Tribunal de Distrito conoce causas tanto penales como no penales (civiles).

Los tipos de causas civiles incluyen demandas monetarias hasta $30,000*, casos de violencia doméstica, así como:

  • controversias entre arrendatario y arrendador,
  • demandas por "reivindicación" y "retención indebida de bienes"
    muebles" (que buscan la restitución de bienes o propiedades),
  • infracciones cometidas con vehículos automotores, y
  • fianza y audiencias preliminares para cualquier acusación por un delito cometido en Maryland.

*-Después del 1 de octubre de 2007

Gráfico circular

 
Necesito un abogado

  • Eso dependerá de varios factores: del tipo de causa, de si usted se siente bien representándose usted mismo, y de cuánto puede perder. A continuación figuran algunas consideraciones que deben tenerse presentes al decidir si es una buena idea que usted mismo se representa:
  • ¿Puede usted cumplir con las fechas límite a pesar de todo? ¿Llegará a tiempo y estará bien preparado? Si usted está actuando como su propio abogado, el tribunal esperará que usted cumpla con las fechas límite, y que estará listo y preparado siempre.
  • ¿Está usted organizado? ¿Le presta atención a los detalles? ¿Se siente usted bien utilizando una biblioteca o sitios web con información legal? Llenar los formularios legales, presentarlos en el tribunal y hacerles el seguimiento puede ser un trabajo largo y minucioso; Además, usted tendrá que dedicar tiempo a aprender cuáles son las reglas y procedimientos de los tribunales. Quizás tenga que investigar si su causa puede ser considerada por el tribunal y la forma de presentarla. Sus probabilidades de éxito serán menores, a menos que pueda adquirir algunas de estas aptitudes y sentirse bien haciendo investigación legal.
  • ¿Está usted profundamente comprometido emocionalmente con esta causa? Si usted quiere que el resultado del juicio sea que ninguna de las partes ni gane ni pierda o si tiene una relación cercana con la parte contraria, puede ser difícil representarse a sí mismo. Probablemente, el resultado es que tome decisiones legales inadecuadas. Además, si la parte opositora tiene alguna relación con usted o si es alguien cercano a usted, será difícil llegar a acuerdos y entregarle las notificaciones del tribunal. Si algunos temas suscitan discusiones, es mejor tener como representante a una persona que sea neutral y pueda tomar mejores decisiones.
  • ¿Puede ir al tribunal durante el día? No tendrá que ir a menudo, pero ocasionalmente tendrá que hacer arreglos para ausentarse del trabajo y acudir al tribunal o preparar su causa. Por ejemplo, tal vez necesite tiempo en la mitad del día para ir al tribunal o recoger una orden de comparecencia.
  • ¿Se siente usted bien cuando tiene que hablar en público? Para que pueda representarle a usted mismo es necesario que se sienta bien contestando preguntas y dando una respuesta adecuada y rápida. Tendrá que contarle al juez lo que está pasando y estar preparado para contestar las preguntas que le hagan tanto el juez como la parte opositora. Si usted se está representando a sí mismo tiene que estar en capacidad de concentración en su causa y mantenerse calmado.

¿Cuánto costará establecer una causa en el Tribunal de Distrito?

  • Hay costas para introducir la demanda y costas de servicios; Además, es posible que haya que pagar honorarios de abogados. Usted y su abogado determinarán el monto de los honorarios que le pagarán, si es que deciden contratar a un abogado.
  • Las costas que se pagan en el Tribunal de Distrito suelen ser médicas y varían de $2 a $35.
  • Si presenta una demanda en un tribunal, tendrá que pagar una cierta cantidad por introducción (excepto si usted es el denunciante en un caso de violencia doméstica). Si más adelante usted le pide al tribunal que tome alguna medida relacionada con la causa, es posible que tenga que hacer otros pagos. Algunos ejemplos de costas corrientes para establecer una demanda son:
    • Presentación de una queja por una cantidad superior a $5.000: $30
    • Presentación de una queja de menor cantidad (la cantidad es $5.000 o menos): $20
    • Introducción de una orden temporal de paz: $30
    • Petición de orden de embargo de bienes/sueldos del deudor que se encuentran en posesión de un tercero: $10
  • Si el sheriff o el secretario del tribunal le ayuda a entregar las notificaciones del tribunal a la otra parte, esto genera un costo. Ejemplos de honorarios por entregar las notificaciones:
    • Entrega por el sheriff: $30 por cada demandado o dirección. (Condado de Cecil - $35)
    • Envío por correo por el Secretario: $10 por demandado o dirección
  • Si desea más detalles sobre costas y gastos de los tribunales sírvase consultar la guía sobre costas y gastos (en inglés) suministrada por el Tribunal de Distrito.

Alternativas al tribunal

En especial, si se trata de juicios de menor cuantía tiene sentido tratar de resolver una controversia antes de dedicar tiempo y dinero a entablar una demanda en un tribunal. Una alternativa para no recurrir a un tribunal es la mediación, en la cual usted y la otra parte tratan de resolver los problemas que tienen en un entorno neutral y fuera de los tribunales, con una persona neutral que trate de darles orientación a las partes sobre cómo resolver sus problemas. El Tribunal de Distrito suministra un folleto con información acerca de la mediación, así como sobre la forma en que usted puede pedir que su caso sea sometido a mediación.

¿Qué sucederá en la audiencia?

  • La persona que presentó la demanda (el demandante) y la persona que fue demandada (el demandado) son las partes de la demanda. Ambas tienen derecho a comparar ante el tribunal.
  • Habrá un juez, pero no un jurado en los casos de demandas de menor cantidad. Si usted solicitó un juicio con un jurado, la causa será transferida al Tribunal de Circuito.
  • Ambas partes están autorizadas para hablar y presentar documentos, dibujos, fotografías y otras pruebas, así como sus testigos.
  • CONSEJO IMPORTANTE: Hay diferencias en cuanto a las reglas para realizar las audiencias en los casos de demandas de menor cuantía (hasta $5.000) y casos de demandas de mayor cuantía (hasta $30.000 a partir del 1 de octubre de 2007). Las reglas son mucho más formales en los casos de demandas de mayor cantidad. Es probable que sea muy útil estar asesorado o representado por un abogado.

¿Cómo puede cobrar lo que le corresponde si ha ganado el juicio?

  • Si gana el juicio el paso siguiente se cobrará la cantidad ordenada por el juez.
  • Tiene que cobrar el dinero usted mismo. El tribunal no lo cobrará por usted.
  • Sin embargo, si no recibe la cantidad que le adeudan en un plazo de 30 días (a menos que haya llegado a un acuerdo para que le paguen por cuotas), puede regresar al tribunal para tratar de que la cantidad que le deben ser retirada del sueldo de la otra persona o tratar de reclamar alguna propiedad personal del deudor.
  • El Tribunal de Distrito suministra un folleto que explica cómo cobrar lo que le corresponde cuando una persona gana un juicio.
  • Ese folleto incluye los pasos que usted debe dar si un demandado se niega a cooperar, lo que puede conducir al embargo de sueldo: hacer que el tribunal le ordene al empleador del demandado que le entregue a usted parte del sueldo del demandado hasta que quede cancelada toda la cantidad estipulada en la sentencia

Tribunal de demandas de cantidad menor

  • Ésta suele ser una manera relativamente rápida de llevar una causa ante un juez (no hay jurados en los tribunales de demandas de menor cuantía).
  • Las demandas de menor cantidad se manejan de manera menos formal que los otros casos. Muchas personas manejan sus casos sin un abogado.
  • El Tribunal de Distrito suministra un folleto en español para ayudarle a entender el proceso de establecer una demanda de menor cuantía (PDF—24 páginas).
  • Aunque usted puede contratar a un abogado, las reglas de los tribunales son más sencillas en los casos de demandas de menor cantidad para que sea más fácil que las personas se representen ellas mismas.
  • Para que una demanda sea considerada como de menor cuantía en el Tribunal de Distrito, su caso debe cumplir las siguientes condiciones:
    • Su demanda es por un monto de $5.000 o menos; y,
    • su demanda es sólo por dinero, NO para que le devuelvan una propiedad ni por el desempeño de un servicio; y,
    • usted no va a solicitar ninguna revelación como por ejemplo interrogatorios (preguntas escritas que la otra parte debe contestar bajo juramento y por escrito antes del juicio).

Si usted no cumple con TODAS las tres condiciones mencionadas, su caso no es una demanda de menor cantidad, aunque es posible presentarlo ante el Tribunal de Distrito, de conformidad con una acción diferente.

Controversias entre arrendatario y arrendador

En Maryland, el Tribunal de Distrito conoce la mayoría de las controversias entre arrendatario y arrendador.

  • Cuando un arrendatario y un arrendador firman un contrato de arrendamiento ambas partes tienen ciertos derechos y responsabilidades.
  • El Tribunal de Distrito suministra un folleto en español que explica las Medidas que un arrendador puede tomar contra un arrendatario en situaciones especiales que incluyen problemas graves de salud y seguridad (tales como peligro de incendio y reparaciones a la propiedad arrendada a solicitud del arrendador), ruido excesivo u otras perturbaciones importantes, entrada ilegal del dueño a la propiedad arrendada, y no devolución del depósito. que se entregó como prometida.

Búsqueda de restitución de la propiedad: demandas por "reivindicación" y por "retención indebida de bienes muebles"

  • La reivindicación es una medida que permite buscar la restitución de la propiedad y cobrar posibles daños antes de un juicio. Las demandas por reivindicación son introducidas en el Tribunal de Distrito, independientemente de la cantidad objeto del juicio; esta medida suscita una audiencia en la que se puede determinar la posesión inmediata de la propiedad antes de un juicio.
  • La medida por retención indebida de bienes muebles busca la restitución de la propiedad o la compensación por su valor, y posibles daños, pero no permite que se haga una audiencia antes del juicio para determinar la posesión inmediata de la propiedad. Las demandas por retención indebida de bienes muebles deben entablarse en el Tribunal de Distrito si son menores de $5.000. A partir del 1 de octubre de 2007, las demandas por retención indebida de bienes muebles entre $5.000 y $30.000 pueden entablarse ya en el Tribunal de Distrito o en el de Circuito, y las demandas por más de $30.000 deben presentarse en el Tribunal de Circuito. .
    • Para las medidas por retención indebida de bienes muebles introducidas antes del 1 de octubre de 2007, las demandas entre $5.000 y $25.000 pueden entablarse ya sea en el Tribunal de Distrito o de Circuito, y las demandas de más de $25.000 deben presentarse en el Tribunal de Circuito.
  • Ambas, por reivindicación y por retención indebida de bienes muebles, requieren un juicio para determinar quién es el verdadero dueño de la propiedad y cualquier posible daño.
  • El Tribunal de Distrito tiene un folleto en español que explica en detalle las medidas en caso de reivindicación y de retención indebida de bienes muebles incluso en qué consisten, cómo pueden introducirse, dónde deben introducirse y qué más puede esperarse de ellas.

demandas penales
Si cree que se ha cometido un delito contra usted o contra un menor que se encuentre bajo su custodia, el Tribunal de Distrito suministra una hoja informativa que le ayudará a determinaros pasos que deben dar para presentar una demanda penal (PDF—2 páginas).

Infracción por cheques incobrables

  • Los pasos para presentar una demanda penal por una complicación relacionada con un cheque incobrable son ligeramente distintos de los necesarios para presentar una demanda penal general, por eso el Tribunal de Distrito tiene un folleto sobre ¿Qué hacer en caso de una infracción por cheques incobrables?.
  • El folleto explica qué es un “cheque incobrable”, qué lapsos son aplicables y otros puntos más.

Infracciones cometidas con vehículos automotores y citaciones por infracciones de tránsito

  • El Tribunal de Distrito se ocupa de todas las infracciones cometidas con un vehículo automotor. En Maryland hay dos tipos de infracciones de tránsito que se conocen como: "de comparecencia obligatoria" y "pagadera".
  • Las infracciones llamadas "de comparecencia obligatoria" son aquellas como conducir bajo la influencia de alcohol o drogas o con una licencia suspendida.
  • Una infracción del tráfico pagadera por ejemplo, es una multa por exceso de velocidad o por no detenerse, si así lo exige la ley, cuando está presente un autobús escolar. Usted tiene tres opciones cuando recibe una citación por una infracción de tráfico pagadera:
    • Pagar la multa,
    • Presentarse al juicio, o
    • Declararse “culpable con una explicación” y comparar para una audiencia.
  • Si usted decide no pagar la multa deberá comparar en persona para defender su causa.
  • El Tribunal de Distrito suministra un folleto en español que explique las opciones que están a su alcance en caso de una infracción de tráfico pagadera.

Derechos de un demandado penal

  • Luego de que lo hayan detenido, lo conducirán ante el comisionado del Tribunal de Distrito. Usted deberá darle al comisionado toda la información que le pida.
  • El comisionado determinará si hay una causa probable (creencia razonable basada en los hechos y circunstancias, de que usted cometió o estuvo a punto de cometer un delito) para inculparlo.
  • El comisionado explicará las acusaciones contra usted y las posibles sanciones, luego le preguntará si las entiende tal como él/ella las ha explicado. El comisionado también le dirá que tiene derecho a ser asistido por un abogado y cuáles son sus responsabilidades al tener un abogado.
  • El comisionado decide si usted deberá ser detenido o permanecer en libertad mientras se espera la sentencia del juicio y se determina si hace falta una fianza.
  • Si deseas más información sobre lo que sucede si usted está detenido sírvase consultar el folleto del Tribunal de Distrito que trata sobre ese tema.

Eliminación de antecedentes penales

  • La eliminación de antecedentes penales consiste en retirar los registros policiales y de los tribunales del acceso al público.
  • La eliminación no se aplica a un registro acerca de una infracción menor del tráfico.
  • Si usted ha sido acusado de un delito, lo que abarca una infracción de tráfico para la cual podría imponerse un período de encarcelamiento, podrá presentar una petición de eliminación de esos registros si:
    • Se determina que usted es inocente
    • La acusación fue desestimada
    • La acusación resultó en libertad condicional antes del juicio (excluida la acusación de conducir bajo la influencia de estimulantes o mientras se encontraba incapacitado por alguna causa)
    • El procurador estatal desistió del enjuiciamiento (nol prosequi)
    • El Tribunal pospuso indefinidamente su causa (caso inactivo) (stet)
    • Su causa fue objeto de un arreglo (compromiso)
    • Usted fue condenado solamente por un sólo acto delictivo no violento y el gobernador le otorgó un perdón amplio e incondicional.
  • Si desea más información, sírvase consultar el folleto del Tribunal de Distrito acerca de cómo presentar una solicitud de eliminación de antecedentes penales (PDF, 2 páginas).

Transcripciones y grabaciones de las actuaciones del Tribunal de Distrito
Todas las actuaciones del Tribunal de Distrito de Maryland están grabadas. Podrá emitirse una transcripción mecanografiada de una actuación bajo ciertas condiciones limitadas. Cualquier persona puede solicitar grabaciones en casetes o en discos compactos.

  • Las transcripciones solamente podrán obtenerse si la persona que hace la solicitud ha presentado una apelación a una sentencia del Tribunal de Distrito en una causa civil, cuando la cantidad en disputa es superior a los $5.000. En esos casos, el interesado deberá solicitar que se envíe una copia al Tribunal de Circuito. Cuando haga su solicitud, deberá presentar una copia de su carta de apelación, junto con un depósito de $75. El tribunal preparará un original que se envía al Tribunal de Circuito y una copia que se le envía a usted. Si desea más detalles sobre cómo solicitar una copia de una actuación del Tribunal, incluso del procedimiento que debe seguirse y de los costos relacionados con este trámite, sírvase consultar la hoja informativa del Tribunal de Distrito acerca de la solicitud de una copia.
  • Grabaciones. Cualquier persona puede solicitar una copia de una grabación sonora de una causa, independientemente de si el solicitante fue o no parte de esa causa. Las solicitudes de grabaciones deben presentarse por escrito a la oficina del secretario del tribunal. El costo de la grabación es de $15 por causa. Una de las partes de cualquier causa o el abogado de cualquiera de las partes podrá ser autorizado para escuchar la grabación del juicio correspondiente a esa causa, en una hora y lugar que, según un juez, sean apropiados. Si desea mayores detalles, incluso sobre los formatos en los que vienen las grabaciones y el procedimiento para hacer una solicitud, sírvase consultar la hoja informativa del Tribunal de Distrito acerca de cómo solicitar una grabación de las actuaciones de un tribunal.
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