Este artículo cubre lo que un pequeño proveedor de cuidado infantil familiar debe incluir en un contrato con los padres según las reglamentaciones de Maryland conocidas como COMAR Título 13A, Subtítulo 15.
Un cuidado infantil familiar pequeño es uno:
- que se opera fuera de la casa del proveedor,
- donde el proveedor cuida de 1 a 8 niños,
- cuando el proveedor no está relacionado con todos los niños bajo cuidado, y
- donde el proveedor brinda atención de forma regular durante 20 horas o más al mes.
¿Qué requiere COMAR 13A.15 para un acuerdo de cuidado infantil familiar pequeño?
La ley de Maryland requiere que usted debe incluir los siguientes asuntos en su acuerdo por escrito: lista de tarifas, política de disciplina infantil, presencia de mascotas, uso de voluntarios (si corresponde) y arreglos (si se proporciona cuidado durante la noche).
Lea el Reglamento: COMAR 13A.15.03 .03
- Lista de tarifas: incluye cuánto tiempo el niño estará bajo su cuidado y cuánto pagarán los padres.
Tenga en cuenta que se debe obtener la aprobación previa del estado antes de que pueda brindar atención regularmente durante más de 14 horas en cualquier período de 24 horas.
- Política de disciplina infantil: describe cómo disciplinará a los niños.
Su póliza debe ser adecuada a la edad, madurez y condición física del niño.
Lea el Reglamento: COMAR 13A.15.07.04
NO puede:
- Someter a un niño a abuso, negligencia, lesión mental o trato perjudicial;
- Obligar a un niño a comer o beber;
- Castigar a un niño por negarse a comer o beber;
- Retener alimentos o bebidas como castigo;
- Infligir deliberadamente dolor físico, incluidos azotes, golpes, sacudidas o cualquier otro medio de disciplina física;
- Hacer cumplir actos que resultan en dolor físico;
- No atender las necesidades físicas de un niño;
- Someter a un niño a abuso verbal con la intención de causar angustia mental, como gritar, maldecir, avergonzar o ridiculizar;
- Usar otros métodos inapropiados que crean incomodidad indebida, incluyendo: lavar la boca de un niño con jabón, poner pimienta u otros artículos picantes o desagradables en la boca de un niño, obligar a un niño a pararse en un pie o atar a un niño a otro objeto .
- Presencia de animales de compañía: esta divulgación debe estar en su acuerdo por escrito.
- Presencia de cualquier voluntario: un voluntario es cualquier persona de 13 años o más, que no está inscrita como niño en el hogar de cuidado infantil familiar y que trabaja en el hogar de cuidado infantil sin compensación. Voluntario no significa un adulto adicional o un sustituto.
Lea el Reglamento: COMAR 13A.15.01.02(B)(35)
- Arreglos para dormir: debe detallarse si brinda atención durante la noche.
- Debe proporcionar ropa de cama limpia y muebles individuales adecuados para dormir que sean cómodos, duraderos, seguros y apropiados para las edades de los niños bajo cuidado.
- Cada habitación utilizada para dormir debe tener un plano de piso de ruta de escape de emergencia publicado obviamente.
Los siguientes asuntos no son necesarios para el acuerdo, pero incluirlos en el acuerdo puede brindar beneficios para usted y los padres.
- Uso de sustitutos: la ley de Maryland exige que notifique a los padres cuando un proveedor sustituto cuidará a los niños.
Lea las Regulaciones: COMAR 13A.15.03.05; COMAR 13A.15.06.03
Tenga en cuenta que el sustituto no puede representar un riesgo para la salud, la seguridad o el bienestar de los niños. La divulgación del nombre y las calificaciones de los posibles sustitutos en el acuerdo puede ayudar a reducir las preocupaciones de los padres.
- Plan de emergencia:
- La ley de Maryland requiere que usted
- completar la capacitación en planificación de emergencias y desastres;
- alertar a cualquier sustituto sobre los procedimientos de evacuación de emergencia;
- preparar y mantener un plan de emergencia y desastre por escrito.
- Incluir esto en el acuerdo puede ayudar a los padres a sentirse más cómodos dejando a sus hijos bajo su cuidado y más seguros en caso de emergencia.
- La ley de Maryland requiere que usted