Las escuelas privadas que operan en Maryland están sujetas a la autoridad del Departamento de Educación del Estado ("Departamento"). Sin embargo, no están sujetos a todas las leyes y regulaciones que sí lo están las escuelas públicas. La Junta de Educación del Estado de Maryland establece los requisitos para la emisión de diplomas tanto para escuelas públicas como privadas.
A excepción de las escuelas administradas por una "organización eclesiástica auténtica", las escuelas privadas deben obtener un "Certificado de aprobación" del Departamento para operar en Maryland. Para obtener un Certificado de aprobación, la escuela debe demostrar que sus programas, instrucción, estándares de ingreso de estudiantes y estándares de desempeño son adecuados para lo que enseñará y para los diplomas o certificados que otorgará a los estudiantes. El Certificado de aprobación no se puede transferir de una escuela a otra. La información sobre el proceso de solicitud para escuelas privadas está disponible en el sitio web del Departamento.
Además, las escuelas privadas deben permitir inspecciones por parte del Departamento, deben presentar ciertos informes al Departamento, cumplir con requisitos de personal específicos (por ejemplo, jefes administrativos, maestros), mantener registros de los estudiantes y mantener los materiales y equipos educativos necesarios para implementar las normas de la escuela. plan de estudios. Estos requisitos no se aplican a universidades, programas de aprendizaje laboral, tutorías o clases en áreas como arte, música, danza, teatro, deportes, manualidades o fotografía.
Si la Junta Estatal de Educación determina que una escuela privada no cumple con los requisitos, la Junta puede obligar a la escuela privada a cumplir o dejar de operar. Una lista de escuelas no públicas aprobadas está disponible en el sitio web del Departamento.
Si una escuela privada, incluida una escuela operada por una organización eclesiástica, deja de operar en Maryland, debe presentar ante el Superintendente de Escuelas del Estado copias de los registros académicos de cada estudiante que estuvo en los grados 9 a 12. Los registros deben incluir todos la información académica generalmente requerida para las admisiones universitarias.
Lea la ley: Código de Maryland, Educación § 2-206; § 2-304
Lea las regulaciones: Código de Reglamentos de Maryland, Título 13A, Subtítulo 9