Subarriendos, subinquilinos y ocupantes
Subarriendos
Existe un subarriendo cuando el inquilino alquila todas las instalaciones o parte de estas a otra persona por un periodo más corto que el establecido en el arrendamiento original. Si no existe alguna restricción específica en el arrendamiento, el inquilino tiene derecho a subarrendar con libertad las instalaciones sin obtener permiso del arrendador. Sin embargo, el arrendador puede imponer restricciones sobre el derecho de subarrendar las instalaciones si se indica explícitamente en el arrendamiento con el inquilino original al momento en que este lo firme.
Se puede considerar que el arrendador renuncia a las restricciones de subarriendo si el arrendador permite el subarriendo o no dice nada al respecto. Por ejemplo, de haber una disposición en el arrendamiento según la cual el inquilino no puede subarrendar las instalaciones sin el consentimiento escrito del arrendador, esta no se incumple si el arrendatario las subarrienda con el conocimiento y consentimiento del arrendador. Si el arrendamiento dispone que el inquilino debe obtener el consentimiento del arrendador a fin de subarrendar, el consentimiento no se puede retener de manera irrazonable. Las objeciones razonables a un posible subinquilino pueden incluir la preocupación sobre su capacidad de pagar el alquiler o sobre su intención de utilizar las instalaciones para propósitos inadecuados (Julian v. Christopher, 320 Md. 1 (1990) Overruled by Waller v. Maryland National Bank, 95 Md. App. 1976 (1993) [Julian contra Christopher, 320 Md. 1 (1990) revocada por Waller contra Maryland National Bank, 95 Md. App. 1976 (1993)]).
En cualquier subarriendo, el inquilino original sigue siendo responsable de cumplir los términos del arrendamiento con el arrendador y el subinquilino es responsable de cumplir los términos del subarriendo con el inquilino (Italian Fisherman, Inc. v. Middlemas, 313 Md. 156 (1988); Adreon v. Hawkins, 4 H. & J. 319 (1818) [Italian Fisherman, Inc. contra Middlemas, 313 Md. 156 (1988); Adreon contra Hawkins, 4 H. y J. 319 (1818)]). La relación entre el subinquilino y el arrendador depende de los términos del subarriendo, pero el subinquilino es responsable de saber y, en la mayoría de los casos, cumplir con las disposiciones del arrendamiento original (Glenn v. State Roads Comm’n of State Hwy. Admin., 33 Md. App. 476 (1976) [Glenn contra State Roads Comm’n of State Hwy. Admin., 33 Md. App. 476 (1976)]).
Ocupantes
El Code of Maryland Regulations (Código de Regulaciones de Maryland) define un “ocupante” (“roomer”) como un individuo al que se le ofrece alojamiento, pero no comidas, a cambio de una compensación. Un pariente de 60 años de edad o más o discapacitado también se puede considerar un ocupante. Lea el reglamento: Code of Maryland Regulations 07.03.21.02 (Código de Regulaciones de Maryland 07.03.21.02)
Generalmente, el ocupante no es parte de una relación de arrendador-inquilino con la persona que le alquila la habitación, lo que significa que no tiene derecho a posesión exclusiva de su habitación y el propietario mantiene el dominio o control general de las instalaciones.
Las leyes locales y los códigos de zona pueden proporcionar protecciones y/o reglamentos adicionales sobre los ocupantes y las casas de huéspedes.
Recursos adicionales
Los siguientes recursos deben encontrarse en su tribunal de circuito local u otra biblioteca legal pública.
14 Maryland Legal Encyclopedia, Landlord and Tenant, Section 41 (14 Enciclopedia Legal de Maryland, Arrendador e inquilino, Sección 41)
Douglas M. Bregman, Maryland Landlord-Tenant Law: Practice and Procedure, Sections 2-201 and 2-202 (4th ed. 2009) (Douglas M. Bregman, Ley de Maryland sobre el Arrendador y el Inquilino: Práctica y procedimiento, Secciones 2-201 y 2-202 [4ta edición, 2009])