Preguntas frecuentes sobre eliminación de antecedentes penales de menores
Temas en esta página:
- ¿Qué hace la ley de eliminación de antecedentes penales de menores?
- ¿Qué es un registro de menores?
- ¿La ley de cancelación de antecedentes penales de menores cubre todos los antecedentes penales de menores?
- ¿Cómo se eliminan los antecedentes penales de menores?
- ¿Cuáles son los motivos para la cancelación?
- ¿Cómo solicito la eliminación de mis antecedentes penales de menores?
- Después de presentar la petición, ¿alguien recibe una copia?
- ¿Pueden las personas a las que se entregó la petición objetar que el tribunal conceda mi petición?
- ¿El tribunal realizará una audiencia antes de decidir sobre mi petición?
- ¿Qué sucede en la audiencia?
- Después de la audiencia, ¿el juez decidirá sobre la petición?
- ¿Cómo sabré lo que decide el juez?
- ¿Se puede apelar la orden del juez?
- El juez "suspendió" la orden de cancelación durante la apelación. ¿Qué significa eso?
- ¿Cuánto dura una estancia?
- El tribunal ordenó que se borraran mis antecedentes penales. ¿Cómo sabré que mi expediente fue borrado?
¿Qué hace la ley de expurgación de menores?
La ley de cancelación de antecedentes penales de menores de Maryland establece un procedimiento a través del cual una persona con antecedentes penales de menores puede solicitar a un tribunal que elimine los antecedentes penales.
"Expurgación" es la eliminación de antecedentes judiciales o policiales de la inspección pública. El proceso de eliminación de antecedentes penales de menores incluye notificación a la(s) víctima(s) y la oportunidad para que el Fiscal del Estado y la(s) víctima(s) objeten la petición de eliminación de antecedentes penales .
Obtenga más información sobre los pasos en el proceso de borrado de registros juveniless.
Lea la ley: Md. Código, Tribunales y Procedimientos Judiciales § 3-8A-27.1
Lea la regla: Md. Regla 11-506
¿Qué es un registro de menores?
La ley de eliminación de antecedentes penales de menores cubre los antecedentes penales de menores. Un registro de menores es un registro judicial o policial sobre un niño que:
- Es presunto, o adjudicado, delincuente o necesita supervisión, o
- Ha recibido una citación por una infracción.
Lea la ley: Md. Código, Tribunales y Procedimientos Judiciales § 3-8A-27.1(a)(3)
Lea la regla: Md. Regla 11-506(b)(2)
¿La ley de eliminación de antecedentes penales de menores cubre todos los antecedentes penales de menores?
No, la ley no requiere la cancelación de todos los antecedentes penales de menores.
Dos tipos de registros no están cubiertos:
- Registros mantenidos de conformidad con la ley de Maryland sobre el registro de delincuentes sexuales (Código de Maryland, Procedimiento Penal § 11-701 et seq.), y
- Registros mantenidos por una agencia del orden público: (1) con el único propósito de recopilar información estadística sobre la delincuencia juvenil y (2) que no contienen ninguna información que pueda revelar la identidad de una persona.
Lea la ley: Md. Código Anotado, Tribunales y Procedimientos Judiciales, § 3-8A-27.1(h)
Lea la regla: Md. Regla 11-506(b)(2)
¿Cómo se eliminan los antecedentes penales de menores?
Cuando se borran los antecedentes penales de menores, se retiran de la inspección pública. Esto se puede hacer de una de estas tres maneras:
- Por obliteración, lo que significa que el registro se destruye o se vuelve ilegible,
- Removiendo el registro a un área segura separada con acceso restringido, o
- Si el acceso al registro se puede obtener solo por referencia a otro registro judicial o registro policial, borrando ese registro o la parte de ese registro que proporciona acceso.
Lea la ley: Md. Código, Tribunales y Procedimientos Judiciales § 3-8A-27.1(a)(2); Procedimiento penal § 10-101
Lea la regla: Md. Regla 11-506(b)(1)
¿Cuáles son los motivos para la cancelación?
No todos los antecedentes penales de menores son elegibles para la cancelación. La ley establece una serie de factores que un juez debe considerar antes de que pueda ordenar la eliminación de antecedentes penales de menores. Obtenga más información sobre los motivos para la eliminación en Lista de comprobación de cancelación de antecedentes penales de menores.
Lea la ley: Md. Código, Tribunales y Procedimientos Judiciales § 3-8A-27.1(c),(d)
¿Cómo solicito la cancelación de mis antecedentes penales de menores?
Una persona que cree que cumple con los motivos para la eliminación de antecedentes penales le pide al tribunal que elimine los antecedentes penales de la persona mediante la presentación de una petición. Una "petición" es un documento legal que inicia un caso. La persona que presenta una petición es el "peticionario". ) y registra esos documentos en los registros judiciales.
- El formato de la petición debe ser sustancialmente similar al Formulario JUV-11-506.1< /a>. Los formularios judiciales están disponibles en el sitio web de los Tribunales de Maryland.
- Presentar la petición de expurgación ante el tribunal en el que se presentó la petición de menores o la citación de menores.
Lea la ley: Md. Código, Tribunales y Procedimientos Judiciales § 3-8A-27.1(b)(1)
Lea la regla: Md. Regla 11-506(c), (e)
Después de presentar la petición, ¿alguien recibe una copia?
Sí. Después de que la petición se presenta ante el tribunal, el tribunal hace la entrega legal de la petición a ciertas personas por correo o entrega:
- Cada víctima,
- Cada miembro de la familia de una víctima que figura en el expediente judicial como asistente a la adjudicación en el caso de menores, y
- El Fiscal del Estado del condado en el que se presenta la petición.
"Entrega" significa que se proporciona una copia de la petición a las personas del otro lado de un caso. La copia se enviará por correo o se entregará.
La "víctima" es una persona que figura en el caso de delincuencia como una persona contra la cual se cometió o intentó cometer un acto delictivo.
Lea la ley: Md. Código, Tribunales y Procedimientos Judiciales § 3-8A-27.1(b)(2)
Lea la regla: Md. Regla 11-506(b), (d)
¿Pueden las personas a las que se entregó la petición objetar que el tribunal conceda mi petición?
Sí. Cada persona a la que se notifica la petición puede objetar que el tribunal conceda la petición. La ley de eliminación de antecedentes penales de menores no establece una forma o contenido requerido para una objeción.
Lea la ley: Md. Código, Tribunales y Procedimientos Judiciales, § 3-8A-27.1(e)(3)
Lea la regla: Md. Regla 11-506(f)
¿El tribunal realizará una audiencia antes de decidir sobre mi petición?
El tribunal puede, y en algunas circunstancias debe, celebrar una audiencia antes de decidir sobre una petición de eliminación de antecedentes penales.
- Sin objeción oportuna. Si una de las personas a las que se entregó la petición no presenta una objeción dentro de los 30 días, el tribunal puede conceder la petición sin celebrar una audiencia. .
- La petición no cumple con los motivos. Si el tribunal determina que la petición no cumple con los motivos para la cancelación, el tribunal puede denegar la petición sin celebrar una audiencia.< /li>
- Objeción oportuna. Si el tribunal no desestima la petición y una de las personas que entregó la petición presenta una objeción (dentro de los 30 días), el el tribunal debe celebrar una audiencia.
- Puede celebrar una audiencia. El tribunal puede celebrar una audiencia si decide hacerlo.
Lea la ley: Md. Código, Tribunales y Procedimientos Judiciales, § 3-8A-27.1(e)
Lea la regla: Md. Regla 11-506(g)
¿Qué sucede en la audiencia?
En la audiencia, el peticionario presenta pruebas que explican por qué el tribunal debe conceder la petición. Cualquiera que haya presentado una objeción presenta pruebas que explican por qué el tribunal no debe conceder la petición. Luego, el juez decide si concede la petición. . No hay jurado.
Después de la audiencia, ¿el juez decidirá sobre la petición?
Sí.
Otorgar la petición. Después de la audiencia, si el juez determina que la persona tiene derecho a la eliminación, el juez debe conceder la petición y ordenar la eliminación de todas las registros y expedientes policiales relacionados con la petición de delincuencia, la petición de Niño en Necesidad de Supervisión, o la citación. Si el tribunal ordena la cancelación, el formato de la orden debe ser sustancialmente similar al Formulario 11-506.2.
Denegar la petición. Si el juez determina que la persona no tiene derecho a la expurgación, el tribunal debe denegar la petición.
Lea la ley: Md. Código., Tribunales y Procedimientos Judiciales § 3-8A-27.1(e)(3)(iii),(iv)
Lea la regla: Md. Regla 11-506(h)
¿Cómo sabré lo que decide el juez?
Orden por escrito. La decisión del juez se establecerá en una orden judicial por escrito.
Entrega. El secretario del tribunal entrega la orden (por correo u otro método de entrega) al solicitante y a todas las demás partes del caso.
Lea la regla: Md. Regla 11-506(i)
¿Se puede apelar la orden del juez?
Sí. Una apelación es una revisión de la orden de cancelación por parte de un tribunal de apelaciones. El peticionario puede apelar una orden que niega una petición de cancelación. El fiscal del estado puede apelar una orden que concede una petición de cancelación.
La apelación debe presentarse dentro de los 30 días posteriores a la entrada de la orden. El peticionario o el Fiscal del Estado apela presentando un “aviso de apelación” ante el secretario del tribunal que emitió la orden que se apela. Además, la persona que presenta la apelación debe entregar una copia de la apelación a todas las demás partes o a su abogado.
Lea la ley: Md. Código., Tribunales y Procedimientos Judiciales, § 3-8A-27.1(f)
Lea la regla: Md. Regla 11-506(j)
El juez "suspendió" la orden de cancelación durante la apelación. ¿Qué significa eso?
Un juez que emite una orden concediendo una petición de expurgación puede, y bajo ciertas circunstancias debe, "suspender" la orden. Una "suspensión" significa que la eliminación de antecedentes penales de menores se suspenderá, está "en espera", mientras se procesa la apelación y hasta que se complete el proceso de apelación.
Cuándo el juez debe emitir una suspensión. El juez debe emitir una suspensión si ordenó la eliminación de antecedentes y esa orden se emitió a pesar de la objeción del Fiscal del Estado. La orden de expurgación se suspende durante 30 días después de la entrada de la orden y, si hay una apelación, continúa suspendida hasta la decisión sobre la apelación y la orden adicional del tribunal.
Cuándo el juez puede emitir una suspensión. En otras situaciones, el juez puede emitir una suspensión.
Entrega. Si el juez suspendió la orden de eliminación de antecedentes penales, la suspensión se entregará a las partes junto con la orden de eliminación de antecedentes penales.
Lea la regla: Md. Regla 11-506(k)
¿Cuánto dura una estancia?
Orden no apelada. Si el juez emite una suspensión y la orden no es apelada, la suspensión finaliza cuando se cumple el tiempo establecido en la suspensión. La suspensión puede terminar antes si el Fiscal del Estado da su consentimiento por escrito.
Orden apelada. Si el juez emite una suspensión y se apela la orden, el tribunal levantará la suspensión al final del proceso de apelación.
Lea la regla: Md. Regla 11-506(k)
El tribunal ordenó que se borraran mis antecedentes penales. ¿Cómo sabré que mi expediente fue borrado?
El custodio del registro de menores debe notificar al peticionario, al tribunal ya todas las partes de la petición que el custodio cumplió con la orden de cancelación. El aviso debe ser por escrito (Formulario 11-506.3).
El "custodio del registro de menores" es el funcionario o empleado del gobierno estatal o local que es responsable de mantener el registro de menores o tiene la custodia física y el control del registro de menores.
Orden no apelada. Si la orden de la corte no es apelada, la notificación debe hacerse dentro de los 60 días posteriores a la orden de la corte.
Orden apelada. Si se apela la orden del tribunal y el tribunal de apelaciones falla a favor del peticionario, la notificación debe hacerse dentro de los 60 días posteriores a la recepción por parte del custodio aviso de que se levantó la suspensión.
Lea la ley: Md. Código., Tribunales y Procedimientos Judiciales § 3-8A-27.1(g)
Lea la regla: Md. Regla 11-506(l)