Objeción a un cambio de nombre
Temas de esta página
- ¿Qué es una objeción?
- ¿Quién puede presentar una objeción?
- ¿Qué es una declaración jurada?
- ¿Cuál puede ser un motivo válido para una objeción?
- ¿Cuándo debe presentar una objeción?
- ¿Cómo objetar?
¿Qué es una objeción?
Tanto para adultos como para niños, se puede presentar una petición ante el tribunal para cambiar un nombre. La persona que presenta la petición para solicitar el cambio de nombre es el peticionario.
Una objeción es una declaración presentada ante el tribunal que dice que usted está en contra de la petición de cambio de nombre presentada por el peticionario. Si planea objetar una petición de cambio de nombre, debe tener una razón válida para estar en contra del cambio de nombre. Debe indicar sus razones para objetar en una declaración jurada por escrito llamada declaración jurada. Debe presentar una objeción por escrito y una declaración jurada de apoyo ante el tribunal. Si hay una audiencia, también debe poder expresar sus motivos ante el tribunal.
Lea la ley: Md. Regla 15-901(e)
¿Quién puede presentar una objeción?
Cualquier persona puede presentar una objeción a una petición para cambiar el nombre de otra persona. Por lo general, la única vez que hay una objeción a un cambio de nombre es cuando uno de los padres presenta una solicitud para cambiar el nombre de un niño en contra de los deseos del otro padre. Si hay una objeción en un caso como este, el tribunal decide qué es lo mejor para el niño.
Lea la ley: Md. Regla 15-901(e)
¿Qué es una declaración jurada?
Una declaración jurada es una declaración escrita en la que afirma que el contenido de la declaración ante el tribunal es verdadero bajo pena de perjurio. Una declaración jurada en apoyo de una objeción a una petición de cambio de nombre debe hacerse con conocimiento personal, establecer hechos que serían admisibles como evidencia y demostrar afirmativamente que la persona que objeta es competente para testificar sobre los asuntos establecidos en la declaración jurada. No es necesario que la declaración jurada sea testificada o notariada.
Lea la ley: Md. Regla 15-901(e)
¿Cuál puede ser una razón válida para una objeción?
Las razones válidas pueden incluir las siguientes:
- El objetor tiene conocimiento de un propósito ilegal o fraudulento (como evitar deudas o impuestos) por parte del peticionario.
- Una madre ha presentado una petición para cambiar el apellido de un niño menor de edad y el padre quiere que el niño tenga su apellido.
Los hechos y circunstancias específicos de la situación determinarán lo que se considera válido.
¿Cuándo debe presentar la objeción?
En general, tiene 30 días a partir de la fecha de presentación de la petición para presentar una objeción. El tribunal no puede pronunciarse sobre la petición hasta que se haya completado el plazo de 30 días. Si la petición de cambio de nombre es para un menor, el período de 30 días comienza cuando todos los padres, tutores o custodios que no dieron su consentimiento han recibido una copia de la notificación y la petición del tribunal.
Lea la ley: Md. Regla 15-901(e)
¿Cómo me opongo?
Para objetar una petición de cambio de nombre:
- Presentar una objeción por escrito y una declaración jurada de respaldo que indique los motivos de la objeción ante el tribunal.
- En su declaración jurada, demuestre que tiene conocimiento personal de que el peticionario busca el cambio de nombre para un propósito ilegal o fraudulento. Describa lo que observó o cómo tiene este conocimiento. Debe poder testificarlo ante el tribunal.
- Entregue su objeción y declaración jurada al peticionario de acuerdo con Md. Regla 1-321. Obtenga más información sobre el servicio de proceso.
El peticionario puede presentar una respuesta a su objeción dentro de los 15 días posteriores a la recepción de la objeción y la declaración jurada. Si el peticionario quiere una audiencia, debe solicitar la audiencia en su respuesta a la objeción.
Lea la regla: Md. Regla 15-901; Md. Regla 1-321