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Cumplimiento del Código de Vivienda
Código del condado de Anne Arundel, Artículo 15, Título 1 - Disposiciones Generales
Disposiciones Generales y Derecho de Acceso
Conflicto de leyes
Si una disposición del Código de vivienda entra en conflicto con otra ley del condado, prevalecerá la disposición que establezca un estándar más alto para la protección de la salud y la seguridad (Sección 15-1-101).
Derecho de Acceso del condado de Anne Arundel
El condado puede entrar a una propiedad o a un edificio que no sea una vivienda privada habitada a horas razonables en el desempeño de sus funciones oficiales para realizar una inspección o una evaluación de una instalación o equipo. No se le permite a nadie obstaculizar, impedir o interferir con un funcionario o empleado en el desempeño de sus funciones oficiales (Sección 15-1-103).
Derecho de Acceso del condado de Anne Arundel
El funcionario de salud del condado puede entrar a las viviendas, unidades de vivienda, pensiones, unidades de alojamiento conjunto, habitaciones compartidas e instalaciones para inspeccionarlas y determinar si la propiedad cumple con el Código de Mantenimiento de Propiedades del condado (Sección 15-1-104(a)). Si el funcionario de salud tiene motivos para creer que existe un peligro real o potencial para la salud o la seguridad en una propiedad privada, y es esencial para la salud y el bienestar públicos que se realice una investigación y reparación de inmediato, el funcionario de salud o la persona designada por el funcionario de salud puede entrar a la propiedad para determinar si existe un peligro para la salud o la seguridad y tomar medidas para solucionar el problema (§ 15-1-104(a)).
El propietario, el ocupante u otra persona a cargo de una vivienda, unidad de vivienda, pensión, unidad de alojamiento conjunto o habitación compartida puede permitirle al funcionario de salud la entrada y el acceso libre a las instalaciones o a las instalaciones circundantes luego de que el funcionario presente la identificación adecuada, una copia del plan de inspección y un cronograma del área y de las instalaciones específicas que se inspeccionarán (§ 15-1-104 (c)). El funcionario de salud debe mantener la confidencialidad de toda la evidencia que se descubra por medio de una inspección que no esté relacionada con los propósitos de la inspección (§ 15-1-104 (e)).
Si un propietario, ocupante u otra persona a cargo de una vivienda, unidad de vivienda, unidad de alojamiento conjunto o de una vivienda múltiple o pensión se niega, impide, inhibe, interfiere, restringe u obstruye la entrada y el acceso libre a una estructura o instalaciones cuando una inspección está autorizada por el Código, el funcionario de salud puede solicitar una orden de cese y desistimiento de la corte contra el propietario, ocupante u otra persona a cargo (§ 15-1-104(d)).
Ocupación de un edificio construido sin un permiso de construcción
Existe una presunción concluyente de que un edificio o estructura que se construye, amplía, altera o mueve sin un permiso de construcción requerido por el Código de construcción para el condado o en infracción a éste es inseguro y constituye un peligro inmediato para la vida y la propiedad (§ 15-1-105, § 113.7.1 del Suplemento). Esto no se aplica si el trabajo realizado sin un permiso de construcción o en infracción a éste se limita a renovaciones en el interior (§ 15-1-105, § 113.7.8 del Suplemento).
Un edificio o estructura que se presume inseguro, como se define arriba, no debe utilizarse u ocuparse hasta que se emita un permiso de construcción, el edificio o estructura apruebe todas las inspecciones correspondientes y, si es necesario, se emita un certificado de ocupación por separado para el edificio o estructura (§ 15-1-105, § 113.7.2 del Suplemento).
El director de inspecciones y permisos debe notificar la intención de hacer cumplir estas disposiciones al propietario, ocupante u otra persona a cargo del edificio o estructura al colocar una copia en el edificio o estructura, y al enviar una copia por correo prioritario al propietario o a los propietarios de la propiedad en la cual se encuentra el edificio o estructura, según conste en los registros de tierras del condado. La notificación debe incluir una descripción de los requisitos de esta sección y especificar un plazo para cumplir con los requisitos (§ 15-1-105, § 113.7.4 del Suplemento). Al recibir la notificación, el propietario, ocupante u otra persona a cargo de un edificio o estructura que se presumen inseguros debe desconectar el edificio o estructura de todos los servicios públicos, incluidos el gas, la electricidad, el agua pública y el alcantarillado público, o del pozo privado o el sistema privado de eliminación de aguas residuales. No se deben volver a conectar los servicios públicos y el pozo privado o el sistema privado de eliminación de aguas residuales hasta que sean aprobados por el director de inspecciones y permisos (§ 15-1-105, § 113.7.3 del Suplemento).
Si el propietario, ocupante u otra persona a cargo del edificio o estructura no cumple con los requisitos de esta sección dentro del plazo especificado en la notificación, el director de inspecciones y permisos debe remitir el asunto al fiscal del condado, quien puede hacer cumplir los requisitos al buscar una orden de restricción temporal y una orden judicial preliminar y permanente, ya sea como un cargo separado en un reclamo que busca otra medida correctiva o por medio de un reclamo por separado (§ 15-1-105, § 113.7.5 del Suplemento).
Las infracciones de una orden judicial que impone estos requisitos serán sancionadas con una multa civil de $500 por día por cada día que continúe la infracción, o con sanciones penales, o con ambas. La orden judicial debe disponer que, si el propietario, ocupante u otra persona a cargo del edificio o estructura no desconecta los servicios públicos y del pozo privado y del sistema privado de eliminación de aguas residuales como lo requiere esta sección, el condado puede tomar las medidas necesarias para hacerlo, lo que incluye indicar a las empresas de servicios públicos que desconecten el servicio del edificio o estructura (§ 15-1-105, § 113.7.6 del Suplemento).
El condado y cualquier agencia del condado o compañía privada que actúa bajo la dirección del condado no son responsables por los daños a la propiedad necesarios para reducir un peligro real o potencial para la salud o la seguridad (§ 15-1-105, § 113.9 del Suplemento).
Denegación de permisos luego de una notificación de infracción
El condado puede negar la emisión de permisos bajo todos los Códigos de Construcción y Mantenimiento de la Propiedad si determina que el solicitante ha recibido una notificación de cualquier infracción en la propiedad para la cual se solicita el permiso y no se la ha resuelto (§ 15-1-105 , § 113.8.1 del Suplemento). El director de inspecciones y permisos debe notificar la intención de negar permisos después de la notificación de infracción al incluir en cualquier notificación de infracción una disposición que indique que la propiedad puede estar sujeta a la denegación de permisos adicionales en virtud de esta sección hasta que se corrija la infracción (§ 15-1-105, § 113.8.2 del Suplemento).
El solicitante del permiso no puede apelar la denegación de permisos adicionales sobre la base del cumplimiento de estas disposiciones (§ 15-1-105, § 113.8.4 del Suplemento).
Código de Prevención de Incendios
Código del condado de Anne Arundel, Artículo 15, Título 3 - Código de prevención de incendios
Definiciones
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“Edificio, condición o instalación existente” hace referencia a cualquier edificio, planta, condición o equipo que existía antes del 25 de enero de 2021, o para el cual se emitió un permiso de construcción, eléctrico, mecánico o de plomería antes del 25 de enero de 2021.
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“Edificio, condición o instalación nueva” hace referencia a cualquier edificio, planta, condición o equipo para el cual se emitió un permiso de construcción, eléctrico, mecánico o de plomería el 25 de enero de 2021 o después.
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“NFPA” significa Asociación Nacional de Protección contra Incendios, por sus siglas en inglés.
Adopción
El condado de Anne Arundel ha adoptado la "NFPA 1, Código Uniforme de Incendios, edición 2018" y la "NFPA 101, Código de Seguridad de la Vida, edición 2012" según lo publicado por la Asociación Nacional de Protección contra Incendios, y ciertos requisitos del Código Internacional de Construcción como el Código de Prevención de Incendios del condado, con las adiciones, inserciones, omisiones y cambios que se indican a continuación y en el Código del condado de Anne Arundel, Artículo 15, Suplemento de los Códigos de Construcción y Mantenimiento de la Propiedad (§ 15-3-104 (a)).
Aplicabilidad
El Código de Prevención de Incendios se aplica a los edificios, condiciones o instalaciones nuevos y no se aplica a edificios, condiciones o instalaciones existentes a menos que (§ 15-3-102 (a)):
- El jefe de bomberos o la persona designada por el jefe de bomberos descubra que la continuación de una condición existente constituye un peligro tan perjudicial para la vida, la propiedad, la seguridad pública o el bienestar que requiere corrección; o
- El edificio experimenta un cambio de una clasificación de ocupación a otra.
El Código de Prevención de Incendios no se aplica a viviendas unifamiliares y bifamiliares, excepto para la instalación y el mantenimiento de detectores de humo y aspersores residenciales según lo requiera la ley estatal o local (§ 15-3-102 (b)).
Cumplimiento
El jefe de bomberos o la persona designada por el jefe de bomberos es responsable de hacer cumplir las disposiciones del Código de Prevención de Incendios (§ 15-3-103).
Tarifa de la reinspección
Se cobrará una tarifa de $100 por cualquier reinspección y no se podrá programar ni realizar una reinspección sin el pago de la tarifa. Se debe proporcionar una notificación de que se requiere una tarifa de reinspección por escrito en un formulario prescrito por el condado (§ 15-3-106).
Letrero requerido para el almacenamiento de productos químicos inflamables y peligrosos
Todos los establecimientos que almacenan o manipulan productos químicos inflamables o peligrosos deben estar claramente marcados con letreros en las entradas a las áreas de almacenamiento o uso y en otros puntos recomendados por el jefe de bomberos o la persona designada por el jefe de bomberos. Estos letreros deben estar en concordancia con el “Sistema Estándar para la Identificación de los Peligros de los Materiales para la Respuesta a Emergencias”, edición 2001.
Facultades de arresto
El jefe de bomberos y otro personal designado por escrito por el jefe de bomberos, tienen las mismas facultades generales, incluidas las facultades de arresto, que los miembros juramentados del Departamento de Policía del condado con el propósito expreso de hacer cumplir cualquier ley de seguridad contra incendios vigente en el condado, incluido el Código. Este poder se extiende a cualquier arresto u otra acción legal que sea necesaria para permitir la finalización pacífica de cualquier acción legal por parte del Departamento de Bomberos (§ 15-3-107).
Código de Mantenimiento de Propiedades
Código del condado de Anne Arundel, Artículo 15, Título 4 - Código de Mantenimiento de Propiedades
Definiciones
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“Departamento” hace referencia al Departamento de Salud.
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“Basura” hace referencia al residuo orgánico que consiste en el residuo de materia animal, frutal, o vegetal que resulta de la preparación, cocción, manipulación o almacenamiento de alimentos, pero el término no incluye las heces.
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“Funcionario de salud” hace referencia al funcionario de salud o la persona designada por el funcionario de salud.
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“Molestia” hace referencia a un peligro para la salud, la seguridad o el bienestar públicos que surge de la acumulación de basura, desperdicios o desechos, o de la presencia de agua estancada o material combustible.
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“Desechos” hace referencia a cenizas, basura, desperdicios, chatarra, residuos industriales, animales muertos u otros materiales de residuos sólidos, incluso los residuos recuperables.
Aplicabilidad
Un propietario u otra persona no podrá ocupar o arrendarle a otra persona una vivienda o una unidad de vivienda a menos que esté limpia, higiénica, apta para la ocupación humana y en cumplimiento con el Código de Mantenimiento de Propiedades y con otras leyes estatales y del condado aplicables (§ 15-4 -103).
Cumplimiento
El funcionario de salud y el Departamento de Salud son responsables de hacer cumplir el Código de Mantenimiento de Propiedades (§ 15-4-102).
Modificaciones al Código de Mantenimiento de Propiedades
El funcionario de salud puede aprobar una solicitud de modificación de cualquier disposición del Código de Mantenimiento de Propiedades si se demuestra que (§ 15-4-104):
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Habrá como resultado dificultades potenciales o adversidades innecesarias por la estricta aplicación del Código;
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La propuesta alternativa cumplirá los propósitos del Código; y
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La modificación no será perjudicial para la salud, la seguridad o el bienestar públicos y no dañará otras propiedades.
Adopción del Código Internacional de Mantenimiento de Propiedades
El “Código Internacional de Mantenimiento de Propiedades del 2003” publicado por el International Code Council, Inc (Consejo Internacional de Códigos) se adopta como el código de mantenimiento de propiedades para el condado, con las adiciones, inserciones, omisiones y cambios establecidos a continuación y en el Artículo 15, Construcción y Suplemento de Códigos de Mantenimiento de Propiedades, 1 de octubre de 2005 (§ 15-4-201).
Desechos y desperdicios
A menos que lo permita expresamente otra ley, una persona no puede almacenar desechos o disponer de desechos, depositar o arrojar desechos en ningún terreno baldío o extensión de terreno, o en cualquier camino, sendero o estacionamiento, incluido un centro comercial o estacionamiento de autoservicio (§ 15-4-301).
Un propietario u ocupante de cualquier instalación no puede permitir la acumulación de desechos o residuos en las instalaciones si puede generar un peligro para la salud o la seguridad o accidentes, o si se realiza la recolección de una manera que puede causar o permitir que cualquier parte de los desechos u otros residuos se vuelen o se muevan naturalmente hacia cualquier otra propiedad (§ 15-4-302(a)). Tanto los propietarios como los ocupantes de cualquier instalación son responsables de tener suficientes contenedores para el almacenamiento de desechos y otros materiales para residuos para evitar el desbordamiento en las horas de recolección (§ 15-4-302 (b)).
Los materiales utilizables almacenados en cualquier instalación deben apilarse o acomodarse de una manera ordenada que deje al menos un espacio de 12 pulgadas entre el material y el nivel del suelo. Ningún material almacenado puede apilarse o acomodarse contra una pared exterior (§ 15-4-302 (d)).
Sistemas de eliminación de aguas residuales
Cada sistema de eliminación de aguas residuales debe instalarse en concordancia con el "Código Internacional de Plomería del 2003" (§ 15-4-303 (a)). Cada sistema de eliminación de aguas residuales debe mantenerse en condiciones seguras, sanitarias y funcionales, libre de obstrucciones, fugas y defectos, para evitar crear una molestia para la salud pública (§ 15-4-303 (b)). El sistema debe mantenerse sobre la base del diseño original y ninguna propiedad se puede mejorar o expandir más allá de la capacidad del sistema (§ 15-4-303 (c)).
Reducción de molestias
Si el funcionario de salud está al tanto de alguna condición en la propiedad que presenta un peligro claro y presente para la salud o la seguridad, el funcionario de salud puede ordenar a la persona responsable de crear, mantener o permitir el peligro para la salud o la seguridad a tomar medidas inmediatas para solucionar el problema, y puede tomar medidas directas para solucionar el problema si no se puede contactar a la persona responsable o si no puede o no tomará acción inmediata para resolver el problema (§ 15-4-401).
Cuando el funcionario de salud determina que una estructura es peligrosa, insegura, insalubre o no apta para el uso humano, el funcionario de salud debe ordenar que se repare la estructura o que se haga segura e higiénica. Si la persona no obedece la orden, el funcionario de salud puede solicitar al tribunal una orden de demolición (§ 15-4-403).
Multa civil por infracción del Código de Mantenimiento de Propiedades
La infracción de cualquier disposición del Código de Mantenimiento de Propiedades es una ofensa civil de clase D, punible con una multa civil de $125 por la primera infracción, $500 por la segunda infracción y $1,000 por la tercera o por cualquier infracción subsiguiente. El incumplimiento de una notificación y de una orden resultante de una infracción es una ofensa civil punible con una multa civil de $25 por día (§ 15-5-102 (i)).
Notificación de infracción
Cuando el funcionario de salud determina que hubo una infracción al Código de Mantenimiento de Propiedades, se debe entregar una notificación por escrito al infractor de la manera prevista por las reglas de Maryland (§ 15-5-105 (a)). Si no se puede efectuar la entrega según lo dispuesto por las reglas de Maryland, la notificación debe colocarse en un lugar visible en la estructura o propiedad designada en el aviso o cerca de éstas. Cuando el propietario de una vivienda o estructura recibe una notificación de infracción, el propietario debe proporcionar una copia de la notificación de infracción a un posible comprador o arrendatario (§ 15-5-105 (b)). El funcionario de salud puede registrar un aviso de infracción entre los registros de tierras (§ 15-5-105 (c)).
Viviendas unifamiliares y bifamiliares
El siguiente es un resumen de los requisitos del Código para viviendas unifamiliares y bifamiliares. El sitio web del condado de Anne Arundel también brinda más información y especificaciones que pueden ser de interés para los inquilinos y arrendadores. Sitio web del condado de Anne Arundel.
Requisitos generales |
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Ventana del dormitorio | Ventana mínima requerida - 1 Abertura libre neta mínima - 5.7 pies cuadrados Altura de la abertura libre neta mínima- 24 pulgadas Ancho de la abertura libre neta mínima - 20 pulgadas Altura inmóvil máxima - 44 pulgadas |
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Pasillos | Ancho mínimo - 3 pies | |
Escaleras | Ancho libre mínimo - 3 pies. Espacio mínimo para la cabeza - 6 pies 8 pulgadas Escalón mínimo - 10 pulgadas Elevación máxima - 7 ¾ pulgadas |
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Espacio de trabajo alrededor de equipos eléctricos |
Ancho mínimo - 30 pies Mínimo al frente - 36 pies |
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Altura del techo | Habitaciones habitables - 7 pies Otras áreas - 6 pies 8 pulgadas Debajo de vigas y conductos - 6 pies 4 pulgadas |
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Baños | Zócalo de yeso no absorbente alrededor de las áreas de ducha y baño | |
Salidas | Se requieren dos vías de salida independientes desde el sótano terminado | |
Detención del fuego | Todos las vías de ductos, mamparos, conductos de lavandería, conductos de humo metálicos, colectores para bañera y todos los conductos en cada piso | |
Caja de fusibles | No coloque la caja de fusibles en armarios de ropa | |
Detectores de humo | Se requiere uno en cada nivel, más uno en cada dormitorio y uno fuera de cada área donde se duerme. Cada uno tendrá una batería interna de reserva y además estará cableado. | |
Paredes con montantes | 2x4 a 16 pulgadas en el centro, placas de piso transformadoras de potencia (P.T.), placas en contacto con mampostería u hormigón | |
Revestimientos de pared | Paneles de yeso - Paneles de ½ pulgada - (Máxima densidad de humo - 450 Máxima propagación de llama - 200) | |
Habitaciones habitables | Área mínima - 70 pies cuadrados Dimensión horizontal mínima - 7 pies |
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Separación de la cochera | Separación de la cochera adjunta de la residencia y el ático: Panel de yeso de ½ ”“ X ”. Habitaciones habitables arriba de la cochera con un panel de yeso tipo "X" de 5/8 mínimo. Piso incombustible inclinado hacia la puerta superior con una elevación mínima de 4” del piso de la residencia. Puerta de madera maciza de 20 minutos o 1-3/8” con cierre automático. Sin aberturas hacia las zonas donde se duerme. |
Derecho del inquilino a los servicios de cable
Código del condado de Anne Arundel, Artículo 10, Título 9 - Derechos de Arrendadores e Inquilinos
“Arrendador” hace referencia a una persona que posee, controla o administra una unidad de vivienda múltiple (§ 10-9-101 (1)). Una “unidad de vivienda múltiple” es una vivienda que contiene más de dos unidades de vivienda, o una vivienda que no está ocupada por el propietario y contiene dos unidades, pero no incluye una estructura o un grupo de estructuras que tienen comodidades para vivir o dormir utilizadas principalmente para la ocupación transitoria (§ 10-9-101 (2)).
El acceso a la programación PEG (televisión de acceso público, educativo y gubernamental) y otros servicios de cable es un beneficio importante para todos los residentes del condado, y la privación arbitraria del acceso a los inquilinos por parte de un arrendador es contraria al interés público (§ 10-9-102 (a)). Un arrendador no puede prohibir o impedir que un franquiciado ingrese a una unidad de vivienda múltiple con el propósito de construir, instalar o reparar el equipo del sistema de cable si un inquilino u ocupante de la unidad ha solicitado el servicio de cable, y no puede haber una instalación en una unidad de vivienda individual a menos que lo autorice el inquilino que ocupa la unidad (§ 10-9-102 (b)).
El arrendador no puede discriminar en el alquiler u otros cargos sobre la base de la suscripción al servicio de cable (§ 10-9-102 (c)). El arrendador puede exigir una compensación a cambio de permitir la instalación del equipo del sistema de cable de acuerdo con las siguientes disposiciones (§10-9-102 (c) y 10-9-103):
- Si un arrendador desea cobrar más de $1 por unidad individual para permitir la instalación de equipos o instalaciones del sistema de cable, el arrendador debe notificar por escrito al franquiciado dentro de los 20 días posteriores a la notificación de que el franquiciado tiene la intención de construir o instalar equipos o instalaciones en la unidad de vivienda múltiple.
- A menos que el arrendador le dé una notificación oportuna al franquiciado, existe la presunción de que el arrendador no reclama ni tiene la intención de exigir más de un pago único de $1 por permitir la instalación de equipos o instalaciones del sistema de cable.
Un arrendador puede requerir que un franquiciado instale el equipo del sistema de cable en la unidad de vivienda múltiple sin costo para el arrendador e indemnizar al arrendador por cualquier daño que resulte de la instalación o retiro del equipo del sistema de cable (§ 10-9-102 (d)).
La infracción de esta sección por parte del arrendador constituye motivo de suspensión o revocación de la licencia de operación de vivienda múltiple de un propietario (§ 10-9-102 (e)).
Pensiones y viviendas multifamiliares
Código del condado de Anne Arundel, Artículo 11, Título 10 - Viviendas Múltiples y Pensiones
Licencia requerida
Cualquier persona que opere una vivienda múltiple o una pensión debe tener una licencia de operación emitida por el Departamento de Inspecciones y Permisos. Se requiere una licencia separada para cada vivienda múltiple o pensión (§ 11-10-102).
La tarifa para la licencia se determina generalmente por el número de unidades de alojamiento conjunto (§ 11-10-103).
Número de unidades | Tarifa |
1 A 4 | $30 por unidad |
5 A 50 | $120, más $25 por unidad |
51 y más | $1,370, más $18 por unidad |
Designación de un agente por parte de un solicitante no residente
Si el propietario de la vivienda múltiple o la pensión no es residente del condado de Anne Arundel, debe designar un agente y un agente alternativo para recibir las notificaciones de infracción y para las notificación de procesos judiciales. El agente o el suplente debe ser residente del condado. El solicitante no residente puede ocupar el otro puesto. El solicitante debe proporcionar una declaración notariada que autorice al agente y al agente alternativo a actuar en nombre del solicitante con el objetivo de recibir notificaciones y para la notificación del proceso (§ 11-10-104).
Aprobación de un funcionario de salud requerida
El funcionario de salud debe aprobar una licencia de operación inicial antes de que se emita por el Departamento de Inspecciones y Permisos. Si una inspección de la vivienda múltiple o pensión muestra el cumplimiento de todos los requisitos legales, el funcionario de salud debe aprobar la licencia (§ 11-10-105 (a)). Si una pensión o una vivienda múltiple no cumple con los requisitos de este título luego de una inspección inicial y una reinspección, el funcionario de salud puede cobrar una tarifa de $80 por una segunda reinspección y por cualquier inspección adicional necesaria hasta que la vivienda múltiple o pensión cumpla con todos los requisitos (§ 11-10-105 (b)).
Términos y renovación de la licencia
Cada licencia vence el 31 de enero del segundo año luego del año de la solicitud, momento en el que puede renovarse por un período de hasta 2 años (§ 11-10-106).
Exhibición de la licencia
La licencia de operación debe exhibirse en un lugar visible en el área común de la vivienda múltiple o pensión (§ 11-10-107).
Registros
El propietario u otra persona a cargo de una vivienda múltiple o pensión con licencia debe mantener los registros de cada solicitud de reparación y cada reclamo de un inquilino relacionado con la propiedad y de cada corrección que se haya realizado en respuesta a éstas (§ 11-10-108). El propietario u otra persona a cargo debe poner los registros a disposición del funcionario de salud o del director de inspecciones y permisos. Los registros son admisibles en cualquier procedimiento administrativo o judicial como evidencia prima facie de la infracción o la corrección de la infracción del Código (§ 11-10-108).
Transferencia de la licencia
Una licencia no es transferible a otra persona o a otra vivienda múltiple o pensión (§ 11-10-109(a)). El titular de la licencia debe notificar por escrito al director de inspecciones y permisos dentro de la semana luego de transferir o disponer del control legal de la vivienda con licencia. La notificación debe incluir el nombre y la dirección de la persona con el interés subsiguiente (§ 11-10-109 (b)).
Notificación de infracciones en instalaciones con licencia
Una licencia no es transferible a otra persona o a otra vivienda múltiple o pensión (§ 11-10-109(a)). El titular de la licencia debe notificar por escrito al director de inspecciones y permisos dentro de la semana luego de transferir o disponer del control legal de la vivienda con licencia. La notificación debe incluir el nombre y la dirección de la persona con el interés subsiguiente (§ 11-10-109 (b)).
Suspensión y revocación de la licencia
Luego de una notificación de infracción, el director de inspecciones y permisos debe volver a inspeccionar las instalaciones luego del plazo asignado para corregir el problema. Si no se corrige la infracción, el director debe emitir una orden para suspender la licencia (§ 11-10-111(a)). Una persona cuya licencia de operación haya sido suspendida tiene derecho a la reconsideración. Si al funcionario de salud no le llega una solicitud de reconsideración dentro de los 21 días posteriores a la orden de suspensión, la licencia se revocará a menos que, antes de la revocación, una reinspección demuestre que se corrigió la infracción (§ 11-10-111 (b)). Luego de una reinspección, si el funcionario de salud determina que la propiedad cumple con el Código, el director de inspecciones y permisos restablecerá la licencia (§ 11-10-111 (c)).
Casas rodantes prefabricadas
Código del condado de Anne Arundel, Artículo 11, Título 9 - Casas rodantes prefabricadas
Definitions
Una “casa prefabricada” es una estructura que es (§ 11-9-101(1)):
- Transportable en una o más secciones;
- 8 pies o más de ancho o 40 pies o más de largo en modo viaje o que es de 320 pies cuadrados o más cuando se encuentra en un sitio;
- Construida sobre un chasis permanente; y
- Diseñada para ser utilizada como una vivienda con o sin una base permanente cuando se conecta a los servicios públicos requeridos.
Una estructura que cumple con todos los requisitos anteriores, además de los requisitos de tamaño, también se considera una "casa prefabricada" si el fabricante ha presentado la certificación requerida por la Secretaría de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos (HUD) (§ 11-9- 101 (1)).
Para las casas rodantes construidas antes del 15 de junio de 1976 que cumplen con todos los requisitos anteriores, además del tamaño, se requiere una etiqueta que certifique el cumplimiento de la Norma para Casas Rodantes, NFPA501, vigente al momento de la fabricación, para que se considere una “casa prefabricada” (§ 11-9-101(1)).
Un “parque de casas rodantes” es una parcela de terreno en la que se encuentran dos o más casas prefabricadas ocupadas con el fin de vivir o dormir, independientemente de si se cobra por el alojamiento (§ 11-9-101 (2)).
Un “espacio de casas rodantes” hace referencia a una parcela de terreno en un parque de casas rodantes diseñada para el alojamiento de una casa prefabricada (§ 11-9-101 (3)).
Licencia requerida para vender casas prefabricadas
Una persona no puede participar regularmente en la venta de casas prefabricadas en el condado de Anne Arundel sin una licencia emitida por el Departamento de Inspecciones y Permisos (§ 11-9-102 (a)). La licencia debe mostrarse de manera visible en la oficina o lugar de trabajo del titular de la licencia (§ 11-9-102 (e)).
Licencia para parque de casas rodantes
Una persona no puede mantener u dirigir un parque de casas rodantes sin una licencia para parque de casas rodantes emitida por el Departamento de Inspecciones y Permisos (§ 11-9-103 (a)). El certificado de licencia para parque de casas rodantes debe estar colocado de manera visible en la oficina o en las instalaciones del parque de casas rodantes (§ 11-9-103 (f)).
Una licencia para parque de casas rodantes no puede renovarse ni transferirse a menos que (§ 11-9-103 (e)):
- El Departamento determine que los espacios, instalaciones y edificios y accesorios de casas rodantes en el parque de casas rodantes cumplen con los Códigos de construcción, de electricidad y de plomería aplicables, las regulaciones de subdivisión aplicables, y otras disposiciones legales aplicables;
- Se presente un certificado del jefe de bomberos que estipule que los espacios, instalaciones, edificios y accesorios de casas rodantes en el parque de casas rodantes cumplen con el Código de Prevención de Incendios del condado y este título del Código;
- Se presente un certificado del Departamento de Salud que estipule que los espacios, instalaciones, edificios y accesorios de casas rodantes en el parque de casas rodantes cumplen con los estándares y regulaciones de la Junta de Salud del condado, la Junta de Salud del estado y el Departamento de Salud del estado.
Licencia para casas rodantes fuera de parques de casas rodantes
Si una casa prefabricada estaba ubicada legalmente fuera de un parque de casas rodantes con licencia el 13 de abril de 1966 o antes, el propietario de la propiedad en la que se encuentra la casa prefabricada debe solicitar y obtener anualmente una licencia de espacio para casas prefabricadas para la casa rodante (§ 11-9-104).
Revocación, denegación o suspensión de la licencia
Se puede denegar, revocar o suspender cualquier licencia relacionada con casas rodantes por una infracción a este título del Código o cualquier disposición de la ley del Condado (§ 11-9-105 (a)). Sin embargo, antes de denegar, suspender o revocar una licencia, el director de inspecciones y permisos debe notificar al solicitante o al titular de la licencia citando una infracción específica o las razones de la acción propuesta y un tiempo específico para que el solicitante o el titular de la licencia comparezca ante el director para demostrar la razón por la cual no se debería denegar, suspender o revocar la licencia (§ 11-9-105 (b)). Se deben entregar las órdenes o notificaciones del director al solicitante o al titular de la licencia por correo certificado a la dirección que figura en la solicitud o por entrega personal. Si no se puede encontrar al solicitante o al titular de la licencia, es suficiente notificar a la persona a cargo en las instalaciones o publicar una copia de la orden o la notificación en las instalaciones (§ 11-9-105 (d)). En caso de que el solicitante o el titular de la licencia no comparezca o se niegue a comparecer, o si se determina en la audiencia, el director puede denegar, suspender o revocar la licencia (§ 11-9-105 (c)).
Revocación o suspensión inmediata de la licencia
Si la dirección de un parque de casas rodantes es tan perjudicial para la salud, la seguridad y el bienestar general público que provoca una molestia pública o un peligro inmediato, el director puede ordenar que se corrija inmediatamente (§ 11-9-106 (a)). La licencia puede suspenderse o revocarse si no se cumple con dicha orden y puede hacerse sin otra notificación o audiencia (§ 11-9-106 (a)). A menos que el titular de la licencia renuncie a ésta por escrito, el director debe llevar a cabo una audiencia especial con respecto a la orden inmediata dentro de los 10 días, y la notificación de la audiencia debe entregarse como se describe anteriormente (§ 11-9-106 (b)).
Leyes de la ciudad de Annapolis
Código de Vivienda Residencial de Annapolis (Código de la ciudad de Annapolis, Capítulo 17.40)
El Código de Vivienda establece estándares mínimos para las instalaciones de cocina y baño, agua caliente, calefacción, ventilación, iluminación, seguridad contra incendios, uso del espacio, mantenimiento, etc., para todas las viviendas, ya sea las que están ocupadas por el propietario o por el inquilino. Describe las responsabilidades de los arrendadores e inquilinos y los procedimientos para inspección y cumplimiento, y proporciona la concesión de licencias para todas las unidades de vivienda de alquiler, viviendas múltiples y pensiones. Las secciones 17.40.670-17.40.700 contienen disposiciones que se aplican a las pensiones.
- Ley de Vivienda Justa de Annapolis (Código de la ciudad de Annapolis, Capítulo 11.32)
- Condiciones mínimas de arrendamiento (Código de la ciudad de Annapolis, Capítulo 18.04)
- Código de Mantenimiento de Propiedades Residenciales de Annapolis (Código de la ciudad de Annapolis, Capítulo 17.40))
- Revocación, desocupación de instalaciones y sanciones de expropiación (Código de la ciudad de Annapolis, Sección 17.44.080)