Nota: Este artículo solo cubre la administración de herencias pequeñas. Si realiza este cálculo y determina que según el valor neto debe presentar la herencia como regular, este artículo no aplica.
El próximo paso (y el más largo) es iniciar la administración real de la herencia pequeña. Este proceso puede dividirse en pasos más pequeños que se abordan a continuación:
1. La designación del representante personal por parte del Tribunal Testamentario mediante la emisión de cartas de administración
2. Documento informativo (herencias pequeñas y regulares)
3. Solventar las deudas de la persona
4. La porción del cónyuge
5. Pago de cuotas
6. Distribución de la propiedad: por testamento o por sucesión intestada
1er paso: La designación del representante personal por parte del Tribunal Testamentario mediante la emisión de cartas de administración
Una vez que se hayan presentado todos los documentos requeridos, el Registro de Testamentos puede emitir “Cartas de administración” que establecen la validez del testamento del difunto (si existe y ha sido presentado ante el Registro de Testamentos) y designan al representante personal.
Desde la fecha de emisión de las “Cartas de administración”, existen plazos establecidos que debe cumplir el representante personal al administrar la herencia. El representante personal también tiene la obligación de hacer esfuerzos razonables para determinar si el difunto falleció con deudas pendientes y enviar por correo o entregar una notificación a los acreedores. El Registro publicará esta notificación en un periódico. El representante personal no tiene que contactar a cada acreedor individualmente; la publicación es su notificación. Los únicos acreedores a los que debe contactar el representante legal son los acreedores con garantías. Si los acreedores sin garantías no presentan una reclamación respecto a la herencia en los 6 meses posteriores a la fecha del fallecimiento, no podrán cobrar la deuda.
Dependiendo del condado en el que se abra el proceso sucesorio, el representante personal también debe estar preparado para suministrar al Registro de Testamentos suficientes copias de la “Notificación de designación” publicada en el periódico, de tal forma que la oficina del Registro de Testamentos pueda enviar por correo una copia a cada “persona interesada” durante los 20 días posteriores a la designación del representante personal.
2do paso: Documento informativo
A los tres meses de la designación, el representante personal de herencias pequeñas debe presentar un “Documento informativo” que incluya:
1. Propiedad del difunto compartida con una o más personas.
2. La propiedad del difunto que se transfiere a otros fuera del testamento y la herencia, como cuentas que tenía con un beneficiario por fallecimiento nombrado y activos que se transfieren a través de fideicomisos. Los ejemplos de estos tipos de activos incluyen: propiedad con títulos compartidos (p. ej. “copropietarios”, “propiedad conyugal”, etc.), cuentas pagaderas al fallecimiento (Payable-on-Death, POD), rentas vitalicias, planes de pensiones patrocinados por el empleador y planes de jubilación, intereses sobre inmueble que no sean de dominio absoluto (p. ej. dominios vitalicios y testamentos por periodos de años).
3. Intereses sobre inmuebles ubicados fuera del estado de Maryland.
3er paso: Solventar las deudas del difunto
La ley estatal permite que los acreedores del difunto presenten reclamación contra la herencia o presenten una demanda por las deudas impagadas de la persona, siempre y cuando lo realicen en el plazo requerido.
Un acreedor puede realizar una reclamación contra una herencia presentándola en la oficina del Registro de Testamentos y entregando una copia al representante personal o presentando una demanda. La regla general es que el acreedor debe presentar cualquier reclamación en los seis meses posteriores a la fecha del fallecimiento del difunto. Sin embargo, el representante personal puede enviar por correo o entregar una notificación al acreedor en los que indique que su reclamación será “excluida” (prohibida por la ley) a menos que la presente durante los 30 días posteriores (en el caso de herencias pequeñas) a la fecha en la que la notificación se le envió o entregó. Lea la ley: Maryland Code, Estates & Trusts, Section 5-603 (Código de Maryland, Herencias y Fideicomisos, Sección 5-603).
También existe una regla diferente para las reclamaciones presentadas por el Department of Health and Mental Hygiene (MDH) (Departamento de Salud) de Maryland, si el difunto recibía beneficios del Programa de Asistencia Médica de Maryland. En ese caso, el MDH tiene 6 meses después de la publicación de la notificación de la primera designación de un representante personal (no 6 meses desde la fecha del fallecimiento). El representante personal aún puede reducir este tiempo un poco enviando por correo o entregando una notificación a la División de Recaudaciones de Asistencia Médica del departamento (ahora conocida como Division of Recoveries and Financial Services [División de Recaudaciones y Servicios Financieros]). La notificación debe informar al departamento que la reclamación será desestimada a menos que el departamento la presente durante los 2 meses posteriores (no 30 días) a la recepción de la notificación. Lea la ley: Maryland Code, Estates & Trusts, Section 8-103(f) (Código de Maryland, Herencias y Fideicomisos, Sección 8-103(f)).
Las reclamaciones que no sean presentadas por el acreedor dentro del plazo determinado anteriormente luego de la entrega de la notificación se consideran “tardías” y por lo tanto no tienen que ser pagadas o satisfechas por la herencia.
Para obtener más información sobre la notificación que puede enviar el representante personal, consulte Maryland Code, Estates & Trusts, Section 7-103 (Código de Maryland, Herencias y Fideicomisos, Sección 7-103).
4to paso: La porción del cónyuge
La ley de Maryland permite que el cónyuge sobreviviente elija tomar una parte específica de la propiedad que se encuentra en la herencia de una persona, aun cuando el difunto haya dejado un testamento. Este paso solo aplica si el difunto estaba legalmente casado con el cónyuge al momento del fallecimiento. Maryland no reconoce matrimonios según el derecho consuetudinario.
Un cónyuge sobreviviente puede elegir tomar:
- Un tercio de la herencia si la persona tiene cualquier hijo sobreviviente biológico o adoptado, o
- La mitad del valor neto de la herencia si no existen hijos.
El cónyuge sobreviviente puede elegir tomar esta parte de la propiedad del difunto y presentar el Formulario 1126 pertinente, en la primera de las siguientes dos fechas:
- Durante los nueve meses posteriores al fallecimiento de la persona, o
- Durante los seis meses posteriores a la designación del primer representante personal por el testamento.
5to paso: Pago de cuotas
Cartas de administración: si son necesarias más de cuatro, se cobrará una cuota adicional de $1.00 por cada una.
Para herencias pequeñas de menos de $200.00: la cuota es de $2.00
Para herencias pequeñas de más de $200.00, pero menos de $5,000.00: la cuota es de 1% del valor de la herencia.
Para herencias pequeñas de $5,000.00 o más, pero menos de $10,000.00: la cuota es de $50.00.
Para herencias pequeñas de $10,000.00 o más, pero menos de $20,000: la cuota es de $100.00.
Para herencias pequeñas de $20,000 o más, pero menos de $50,000.00: la cuota es de $150.00.
Para herencias pequeñas de $50,000.00 o más, pero menos de $75,000.00: la cuota es de $200.00.
Para herencias pequeñas de $75,000.00 o más, pero menos de $100,000.00: la cuota es de $300.00.
6to paso: Distribución de la propiedad: por testamento o por sucesión intestada.
El testamento, las leyes de sucesión intestada de Maryland, o una combinación de ambos rige la distribución de la propiedad del difunto.
Si el testamento del difunto es aceptado por el tribunal, entonces la herencia se distribuirá de acuerdo a los términos del testamento. Aun cuando el difunto ha fallecido después de haber dejado un testamento, las personas que habrían sido sus herederos según la ley de sucesión intestada de Maryland tienen derecho a ser notificadas de cualquier actividad relacionada con la herencia, lo que incluye distribuciones, para permitirles abordar objeciones e inquietudes legítimas, como objetar un testamento fraudulento o inválido o destituir un representante personal que no cumpla con sus obligaciones.
Cuando alguien fallece sin haber dejado un testamento, significa que ha fallecido “intestado”. La ley de Maryland designa a la persona que heredará la propiedad de alguien que ha fallecido intestado. La ley de Maryland también establece prioridades sobre quién heredera la propiedad primero y el porcentaje de la propiedad del difunto que cada persona tiene derecho a heredar.
En caso de que no haya un testamento válido, el representante personal debe distribuir la propiedad de conformidad con la ley de sucesión intestada de Maryland.
No se garantiza que el representante personal recibirá alguna propiedad del difunto y el representante personal de una herencia pequeña no tiene derecho a ninguna compensación por su trabajo de administración de la sucesión.