Con algunas excepciones importantes, todos los bienes adquiridos durante el matrimonio se consideran bienes conyugales. Los bienes conyugales normalmente incluyen cosas como casas, automóviles, muebles, electrodomésticos, acciones, bonos, joyas, cuentas bancarias, pensiones, planes de jubilación y cuentas IRA. Los bienes conyugales generalmente no incluyen el valor de los títulos/licencias profesionales.
- Propiedad Conyugal
- Propiedad no matrimonial
- Propiedad que es en parte matrimonial y en parte no matrimonial
- Cómo presentar un reclamo por división de propiedad
- Limitaciones a la propiedad conjunta
- Derechos de propiedad tras la muerte de un cónyuge
- División de la Propiedad
- Nota especial sobre pensiones y activos de jubilación
- Propiedad personal de uso familiar
- Propiedad adquirida durante la separación
- Preguntas más frecuentes sobre propiedad conyugal
- Investigación de jurisprudencia
Propiedad Conyugal
Todos los bienes obtenidos durante el curso del matrimonio son bienes conyugales, independientemente de quién los haya pagado. La excepción a esta regla general son los bienes recibidos por uno de los cónyuges como regalo, herencia de un tercero o excluidos por acuerdo válido. Como se indicó anteriormente, esta propiedad se considera propiedad no matrimonial. Los bienes conyugales pueden incluir bienes raíces, cuentas bancarias, acciones, muebles, pensiones y activos de jubilación, automóviles y otros bienes personales.
Lea la Ley: Código de Maryland, Ley de Familia § 8-201
Serie de divorcios: cómo el tribunal divide la propiedad conjunta de los tribunales de Maryland
Propiedad no matrimonial
Bienes no conyugales son todos los bienes obtenidos antes del matrimonio. Sigue siendo propiedad de la parte que lo poseía antes del matrimonio. Los bienes no matrimoniales siguen siendo no matrimoniales siempre que no sean donados o titulados al otro cónyuge.
Cualquier propiedad recibida por un cónyuge por donación o herencia durante el matrimonio de un tercero sigue siendo propiedad no matrimonial de ese cónyuge a menos que sea donada o titulada al otro cónyuge.
Los bienes adquiridos por ustedes dos durante un período en el que vivieron juntos antes del matrimonio no se consideran bienes conyugales.
Si el matrimonio se disuelve y uno de los cónyuges quiere reclamar determinados bienes como propios, la persona debe tener pruebas de que los bienes en cuestión le pertenecen únicamente a él o ella. Una pareja puede adquirir la propiedad conjunta de bienes aportados a su matrimonio por cualquiera de los cónyuges mediante acuerdos apropiados o transferencias de título.
Los bienes fuera del matrimonio están protegidos de las deudas del otro cónyuge. Cada parte tiene el poder de disponer de los bienes que le pertenecen exclusivamente, como si no estuvieran casados.
Una persona casada puede dedicarse a negocios, celebrar contratos, entablar demandas y ser demandada en su propio nombre. Ninguno de los cónyuges es responsable de los contratos celebrados por el otro a su nombre ni de las deudas que el otro haya adquirido antes del matrimonio.
Propiedad que es en parte matrimonial y en parte no matrimonial
Algunos activos pueden ser tanto bienes conyugales como no conyugales.
- Una casa que se compró antes del matrimonio no es propiedad conyugal. Sin embargo, cuando usted y/o su cónyuge utilizan fondos conyugales para pagar la hipoteca, la casa pasa a ser en parte matrimonial y en parte no matrimonial.
- Los bienes inmuebles que están en manos de “inquilinos en su totalidad” se consideran bienes conyugales a menos que tenga un acuerdo válido para excluirlos.
Lea la Ley: Código de Maryland, Ley de Familia § 8-201(e)(2)
Cómo presentar un reclamo por división de propiedad
Si usted y su excónyuge no pueden ponerse de acuerdo sobre cómo dividir sus bienes, el tribunal decidirá qué son bienes conyugales y cuánto valen esos bienes.
- El tribunal también examinará las deudas matrimoniales al determinar el valor de los bienes conyugales.
- Luego, el tribunal determinará la participación de cada cónyuge en la propiedad.
- El tribunal utilizará una variedad de factores (ver más abajo) para decidir el valor relativo de la participación de cada cónyuge en los bienes conyugales.
- Según la Ley de Propiedad Matrimonial de Maryland, el tribunal puede considerar las contribuciones tanto monetarias como no monetarias de cada cónyuge al matrimonio.
- Las contribuciones no monetarias pueden incluir el cuidado de los niños, la preparación de comidas, el mantenimiento del hogar, etc.
- El tribunal no puede transferir bienes titulados a nombre de un cónyuge al otro. En cambio, el tribunal le dará al cónyuge sin título una recompensa monetaria para cubrir su parte de la propiedad.
- Si la propiedad no se puede dividir (como una casa), el tribunal decidirá un valor.
- Una persona puede “comprar la participación” de la otra siempre que ambas partes estén de acuerdo.
- De lo contrario, el activo podrá venderse y los fondos dividirse.
- En Maryland, el tribunal no decide qué hacer con los bienes conyugales que se van a dividir.
Lea la ley: Código de Maryland, Derecho de Familia, Título 8, Subtítulo 2
Limitaciones a la propiedad conjunta
Los bienes de propiedad conjunta de marido y mujer no pueden ser vendidos por uno sin el consentimiento del otro. Los acreedores de uno de los cónyuges no podrán reclamarla. Sin embargo, un acreedor de ambas partes puede actuar contra bienes de propiedad común.
Derechos de propiedad tras la muerte de un cónyuge
A la muerte de cualquiera de los cónyuges, el superviviente se convierte en el único propietario de los bienes de propiedad conjunta de la pareja. Esto es cierto incluso si el cónyuge muere sin testamento. Esto se suma a los derechos de propiedad que se analizan a continuación.
Un cónyuge que muere sin testamento - Cuando un cónyuge muere sin un testamento escrito, la ley estatal rige la división de sus bienes. En Maryland, la proporción del cónyuge sobreviviente depende, generalmente, de si el cónyuge fallecido tiene hijos o padres sobrevivientes.
- Si hay hijos sobrevivientes y alguno de estos hijos es menor de 18 años, el cónyuge sobreviviente recibe la mitad de los bienes del patrimonio después de que se hayan pagado todas las deudas, gastos funerarios e impuestos.
- Si hay hijos sobrevivientes, pero ninguno de ellos es menor de 18 años, se pagan las deudas, los gastos funerarios y los impuestos y luego el cónyuge sobreviviente recibe los primeros $40,000 más la mitad de lo que quede. Los niños comparten el saldo por igual.
- Si no hay hijos supervivientes, pero sí un padre superviviente de la persona que falleció, se pagan las deudas, los gastos funerarios y los impuestos, y el cónyuge superviviente recibe 40,000 dólares más la mitad de lo que quede. El saldo pasa al padre o padres sobrevivientes.
- Si no hay hijos ni padres supervivientes, el cónyuge superviviente recibe todo el patrimonio restante después de pagar las deudas, los gastos funerarios y los impuestos.
- Más información sobre Ley de intestado de Maryland.
Lea la Ley: Código de Maryland, Patrimonios y Fideicomisos § 3-102
Un cónyuge que muere con un testamento - El cónyuge supérstite tiene la opción de elegir. El cónyuge supérstite puede tomar lo que le queda según el testamento o puede renunciar y "elegir contra el testamento". Elegir contra el testamento significa que en lugar de recibir lo que le queda al cónyuge sobreviviente, en todo caso, según el testamento, el cónyuge sobreviviente recibirá una cantidad fija. Esa cantidad es un tercio del "patrimonio neto" si hay hijos supervivientes. Si no hay hijos supervivientes, esa cantidad es la mitad del "patrimonio neto". Se entiende por patrimonio neto el bien que pasa por testamento, una vez restados determinados gastos. Los gastos que se deducen antes de calcular el patrimonio neto son (1) gastos funerarios, (2) asignaciones familiares y (3) reclamaciones y deudas exigibles contra el patrimonio. Los impuestos no se deducen antes de calcular el patrimonio neto.
Lea la Ley: Código de Maryland, patrimonios y fideicomisos § 3-203
División de la Propiedad
Acuerdo de las Partes - Las partes podrán acordar la división de cualquier bien que posean sin asistencia judicial.
Distribución equitativa por parte del tribunal - Si las partes no tienen un acuerdo, la Ley de Propiedad Matrimonial de Maryland rige la división de la propiedad. Según la ley, todos los bienes conyugales están sujetos a una distribución equitativa.
- Cuando el tribunal hace una distribución equitativa de los bienes, el tribunal primero determina qué bienes pertenecientes a la pareja son bienes conyugales. Luego determina el valor de esa propiedad.
- Finalmente, el tribunal determina quién tiene derecho a qué parte de los bienes conyugales valorados, teniendo en cuenta los siguientes factores:
- Las aportaciones, dinerarias y no dinerarias, de cada parte al bienestar de la familia;
- El valor de todos los intereses patrimoniales de cada cónyuge;
- Las circunstancias económicas de cada cónyuge al momento de dictarse la adjudicación;
- Las circunstancias y hechos que contribuyeron al distanciamiento de las partes;
- La duración del matrimonio;
- La edad y condición física y psíquica de las partes;
- Cómo y cuándo se adquirió el bien conyugal específico, incluido el esfuerzo realizado por cada parte para acumular el bien conyugal;
- Cualquier concesión u otra disposición que el tribunal haya dictado con respecto a bienes personales de uso familiar o la vivienda familiar, y cualquier concesión de pensión alimenticia;
- Otros factores que el tribunal considere necesario o apropiado considerar para llegar a una indemnización monetaria justa y equitativa; y
- También se considera la contribución de cualquiera de las partes a la adquisición del inmueble.
El tribunal no puede transferir la propiedad de los bienes titulados a un cónyuge al otro. En estos casos, el tribunal otorgará una indemnización monetaria a uno de los cónyuges como ajuste de los derechos y patrimonios de las partes en relación con los bienes conyugales. Sin embargo, las partes podrán acordar y tomar medidas para transferir esta propiedad por su cuenta en y como resultado de un acuerdo matrimonial.
Por ejemplo, si un esposo posee $10,000 en acciones tituladas a su nombre y compradas con el salario ganado durante el matrimonio, esas acciones son propiedad conyugal. El tribunal no tiene autoridad para transferir las acciones o cualquier parte de ellas a la esposa. Sin embargo, el tribunal puede tener en cuenta los factores enumerados anteriormente y otorgar una indemnización monetaria a la esposa basada en el valor de las acciones.
El tribunal no está obligado a conceder el 50% del valor de las acciones ni ningún porcentaje establecido. El monto de la indemnización y el método de pago se determinan después de considerar cada uno de los factores de distribución equitativa enumerados anteriormente.
Esta área de la ley es muy compleja. Si hay intereses de propiedad, el asesoramiento de un abogado es fundamental.
Lea la Ley: Código de Maryland, Ley de Familia § 8-205
Nota especial sobre pensiones y activos de jubilación
Las pensiones también pueden formar parte del “fondo común” de bienes conyugales. El tribunal tiene la capacidad de determinar si la pensión debe incluirse en los bienes conyugales y, de ser así, cuál es su valor.
Después de que el tribunal toma su determinación, puede transferir la propiedad de un interés en un plan de pensión, jubilación, participación en las ganancias o compensación diferida de un cónyuge al otro (o a ambos) y/u otorgar una recompensa monetaria para proporcionar una distribución equitativa. de la pensión.
Esta área de la ley es muy compleja. Si hay pensión, el asesoramiento de un abogado es fundamental.
Lea la Ley: Código de Maryland, Derecho de Familia § 8-205
Propiedad personal de uso familiar
Además del concepto de propiedad conyugal, también existen bienes que se clasifican como “bienes personales de uso familiar”. Los bienes personales de uso familiar incluyen la casa familiar, el automóvil, los muebles, los electrodomésticos, etc. El tribunal tiene la autoridad para otorgar el uso y posesión exclusivos de la casa familiar y otros bienes de uso familiar al cónyuge que tiene la custodia del hijo o hijos menores. El objetivo de este premio es permitir que los niños sigan viviendo en un entorno y una comunidad que les resulten familiares. Esta concesión puede tener una duración de hasta tres años a partir de la fecha del decreto.
El tribunal debe tener en cuenta los siguientes factores al dictar este laudo:
- El interés superior de cualquier menor de edad;
- El interés respectivo de cada cónyuge en continuar usando los bienes muebles de la familia u ocupar o usar la casa familiar o cualquier porción de ella como lugar de habitación;
- El interés respectivo de cada cónyuge en continuar utilizando la vivienda familiar o parte de ella para la producción de rentas; y
- Cualquier dificultad impuesta al cónyuge cuyo interés en la casa familiar o propiedad personal de uso familiar se infringe mediante una orden emitida conforme a esta sección.
Lea la Ley: Código de Maryland, Ley de Familia § 8-208
Serie de divorcios: uso y posesión de los tribunales de Maryland
Propiedad adquirida durante la separación
Los cónyuges separados todavía pueden adquirir bienes conyugales. Por ejemplo, las ganancias de lotería que resultan de ganar un boleto comprado dos años después de que las partes se separaron (pero antes de divorciarse) se consideran propiedad conyugal.
Lea el caso: Campolattaro contra Campolattaro, 66 Md. App. 68 (Tribunal de Apelaciones Especiales, 1986)
Preguntas más frecuentes sobre propiedad conyugal
¿Es un anillo de compromiso propiedad conyugal?
No. Fue adquirido antes del matrimonio.
¿Es un título de médico o derecho propiedad conyugal?
No. Aunque los títulos profesionales son propiedad conyugal en algunos estados, los tribunales de Maryland han dictaminado que no son propiedad conyugal. Sin embargo, una práctica profesional separada de ese título puede tener valor. Si se trata de un ejercicio profesional es necesario obtener asesoramiento jurídico.
¿Pierdo la casa si cometo adulterio?
Si la casa tiene un título conjunto, el tribunal no puede cambiar el título. No puede ceder la casa a una parte ni a otra. El tribunal puede considerar las circunstancias que contribuyeron a la ruina de su matrimonio. Esto no significa, sin embargo, que el interés sobre la propiedad del adúltero se pierda automáticamente. El tribunal también puede decidir sopesar más uno de los muchos otros factores en su decisión.
Mi cónyuge heredó bienes y añadió mi nombre al título. ¿Recibiré la mitad del valor cuando nos divorciemos?
No necesariamente. El tribunal debe determinar primero si su cónyuge tenía la intención de darle la mitad del interés en la propiedad agregando su nombre al título. De lo contrario, el tribunal debe determinar si algún bien conyugal o alguno de sus bienes separados se utilizó para mejorar o pagar la propiedad. Si es así, es posible que aún tenga derecho a una parte del valor actual de la casa.
¿Puede mi cónyuge tomar lo que quiera de los muebles cuando se vaya?
Lo mejor es que las partes puedan llegar a un acuerdo sobre la división de la propiedad. Si hay una disputa y se llama a la policía, la policía sólo permitirá que el cónyuge se lleve ropa. En muchos casos un cónyuge se va y toma lo que quiere mientras el otro no está presente. En el momento del divorcio, un juez puede decidir si se debe devolver algún artículo, si uno de los cónyuges tiene derecho a una indemnización conyugal (dinero) en lugar de los bienes tomados, o si los bienes deben venderse y dividirse las ganancias. Sin embargo, la mayoría de los jueces no quieren ocuparse de bienes muebles tangibles.
¿Soy responsable de las deudas de mi cónyuge?
Respecto del acreedor, sólo serían responsables las personas que cofirmaran como garantes. El tribunal no puede repartir deudas entre las partes según la ley de Maryland.
¿Recibo crédito por realizar pagos de hipoteca después de una separación?
Antes del divorcio, el tribunal considerará dichos pagos al decidir la adjudicación matrimonial adecuada. Si los pagos se realizan después del divorcio mientras una de las partes tiene el uso y posesión de la casa, el tribunal puede ajustar la participación de las partes en el producto de la venta de la casa para reflejar un crédito por pagos. El hecho de que el tribunal conceda un reclamo de contribución dependerá de varios factores, incluido si se otorgaron pensión alimenticia y manutención infantil durante el período de uso y posesión.
Mi cónyuge es alcohólico y sufrió un grave accidente. ¿Se puede tomar mi casa para pagar los gastos de la víctima?
Los bienes conjuntos no pueden embargarse si sólo uno de los cónyuges es responsable de la factura o deuda. Sin embargo, si el automóvil era de propiedad conjunta, tanto el conductor como el propietario pueden ser responsables y se podrían embargar bienes comunes, como una casa.
¿Debo ser cofirmante del préstamo con garantía hipotecaria o garantizar un préstamo para un automóvil o una hipoteca si no nos llevamos bien?
Considere que firmar conjuntamente un préstamo en estas circunstancias significaría que su responsabilidad por el préstamo podría durar más que su relación. Contacte a un abogado.
Nuestra casa fue comprada mientras estábamos casados, pero solo está a nombre de mi cónyuge. ¿Es propiedad conyugal?
Si una vivienda se pagó con fondos conyugales, es propiedad conyugal. Si todos los fondos utilizados para pagar provienen de una donación a su cónyuge o de la herencia de su cónyuge, la casa no puede ser propiedad conyugal.
Investigación de jurisprudencia
Las autoridades primarias son las leyes que son vinculantes para los tribunales, el gobierno y los individuos. La jurisprudencia es un ejemplo de autoridad primaria. La jurisprudencia se encuentra en las opiniones de los jueces, que son explicaciones de por qué los jueces decidieron el caso de la forma en que lo hicieron. Tenga en cuenta que el hecho de que pueda confiar en el caso dependerá de su situación específica.
- Obtenga más información sobre la investigación jurídica.
- Obtenga más información sobre cómo confiar en la jurisprudencia.
Para comprender mejor la ley de propiedad conyugal en Maryland, es posible que desee revisar las siguientes decisiones de jurisprudencia.
- Regalos
- Propiedad conyugal - Interés de sociedad - Doser contra Doser, 106 Md. App. 329 (Tribunal de Apelaciones Especiales, 1995)
- Bienes Conyugales - Prácticas Profesionales - Hollander contra Hollander, 89 Md. App. 156 (Tribunal de Apelaciones Especiales, 1991)
- Propiedad conyugal - Pólizas de seguro de vida - Mount contra Mount, 59 Md. Aplicación. 538 (Tribunal de Apelaciones Especiales, 1984)
- Propiedad conyugal - Acciones
- Propiedad no matrimonial - Beneficios del Seguro Social - Agradable versus agradable, 97 Md. App. 711 (Tribunal de Apelaciones Especiales, 1993)
- Valoración de la deuda conyugal - Harper contra Harper, 294 Md. 54 (Tribunal de Apelaciones, 1982)
- Distribución de propiedad conjunta - Kline contra Kline, 93 Md. Aplicación. 696 (Tribunal de Apelaciones Especiales 1992)