Temas en esta página
- ¿Qué es un depósito de seguridad?
- Importe Máximo
- Recibo
- Cuenta bancaria
- Devolución del depósito al inquilino
- Interés
- Retención de Depósito
- Más que “desgaste y desgaste”
- Aviso al inquilino
- Inquilino expulsado, desalojado o abandonado
- Sin Renuncia
- Qué hacer si tiene un problema con su depósito de seguridad
- Bonos de garantía
¿Qué es un depósito de seguridad?
Un “depósito de seguridad” es cualquier pago de dinero, incluido el alquiler del último mes pagado por adelantado, que el inquilino paga al propietario para protegerlo de la falta de pago del alquiler, daños debidos al incumplimiento del contrato de arrendamiento o daños a la propiedad. unidad alquilada, áreas comunes, electrodomésticos o mobiliario importante.
Lea la Ley: Código de Maryland, Bienes Inmuebles 8-203
Importe Máximo
El depósito de seguridad máximo para los contratos de arrendamiento firmados en o después de El 1 de octubre de 2024, el alquiler será de 1 mes. Existen algunas circunstancias en las que un propietario puede imponer el alquiler de 2 meses:
- El inquilino es elegible y ha calificado para recibir asistencia de servicios públicos a través del Departamento de Servicios Humanos;
- El contrato de arrendamiento requiere que el inquilino realice los pagos de servicios públicos directamente al propietario; o
- El inquilino y el propietario acuerdan, por escrito, el monto del depósito de seguridad.
Depósito de seguridad máximo para contratos de arrendamiento firmados antes 1 de octubre de 2024: 2 meses de alquiler
El monto máximo que el propietario puede cobrar se aplica independientemente del número de inquilinos. Si el propietario cobra más que esto, el inquilino puede recuperar hasta 3 veces la cantidad adicional cobrada, más los honorarios razonables de los abogados. El inquilino puede demandar para recuperar este monto en cualquier momento durante el período de alquiler o dentro de los 2 años posteriores a la finalización del período de alquiler.
Lea la Ley: Código de Maryland, Bienes Inmuebles 8-203
Recibo
El propietario debe entregarle al inquilino un recibo por escrito del depósito de seguridad. El propietario es responsable de pagar $25 si no lo hace. El recibo puede incluirse en el contrato de arrendamiento por escrito.
El recibo debe contener la siguiente información:
- Derecho del inquilino a que el propietario inspeccione la unidad, con el inquilino presente, para hacer una lista de los daños que existen al inicio del arrendamiento; el inquilino debe solicitar esta inspección por correo certificado dentro de los 15 días posteriores a la ocupación del inquilino.
- El derecho del inquilino a estar presente cuando el propietario inspecciona la unidad al final del período de alquiler para determinar si se produjo algún daño a la unidad de alquiler durante el período de alquiler; el inquilino debe solicitar esta inspección por correo certificado al menos 15 días antes. el día que el inquilino pretende mudarse. En la solicitud del inquilino, el inquilino debe informarle al propietario su intención de mudarse, la fecha prevista para la mudanza y la nueva dirección.
- El propietario debe realizar la inspección dentro de los 5 días anteriores o posteriores a la fecha prevista de mudanza del inquilino.
- El arrendador deberá notificar al inquilino, por escrito, la fecha de la inspección.
- El propietario debe darle al inquilino una lista escrita de los cargos y costos reales contra el depósito de seguridad que el propietario reclama, dentro de los 45 días posteriores al final del período de alquiler. El propietario debe enviar esta lista escrita al inquilino por correo de primera clase a la última dirección conocida del inquilino.
- El propietario debe devolver cualquier parte no utilizada del depósito de seguridad dentro de los 45 días posteriores al final del período de alquiler. El propietario debe enviar cualquier parte no utilizada por correo de primera clase a la última dirección conocida del inquilino.
- Una declaración de que el incumplimiento por parte del propietario de la ley de depósito de seguridad puede resultar en que el propietario sea responsable ante el inquilino de una multa de hasta 3 veces el depósito de seguridad retenido, más los honorarios razonables de los abogados.
El arrendador deberá conservar una copia del recibo durante 2 años después de finalizar el período de alquiler, desalojo o abandono de la propiedad.
Lea la Ley: Código de Maryland, Bienes inmuebles § 8-203.1
Cuenta bancaria
El propietario debe conservar todos los depósitos de seguridad en instituciones financieras aseguradas por el gobierno federal que operan en Maryland. La cuenta debe ser exclusivamente para depósitos de seguridad y generar intereses. El propietario también puede conservar los depósitos de seguridad como certificados de depósito asegurados. El arrendador debe depositar cada depósito de seguridad en esa cuenta dentro de los 30 días posteriores a su recepción. Si el propietario le debe dinero a alguna persona, esa persona no puede utilizar el depósito de seguridad para reembolsarlo.
Lea la ley: Código de Maryland, Bienes inmuebles § 8-203; Instituciones financieras § 1-101
Devolución del Depósito al Inquilino; Interés
El arrendador debe, dentro de los 45 días posteriores al final del período de alquiler, devolver al inquilino el depósito de seguridad menos cualquier cantidad que el arrendador pueda retener legítimamente. Se debe pagar un interés simple de la tasa de la curva de rendimiento del Tesoro de EE. UU. o 1.5% anual, la mayor de las dos, sobre los depósitos de seguridad de $50 o más y debe acumularse cada mes a partir del día en que se entregó el depósito de seguridad, después de que el depósito de seguridad se haya retenido durante 6 meses. A calculadora de depósito de seguridad está disponible en el sitio web del Departamento de Vivienda y Desarrollo Comunitario.
El interés no es compuesto.
Si el arrendador, sin una base razonable, no devuelve cualquier parte del depósito de seguridad dentro de los 45 días posteriores al final del período de alquiler, el arrendador puede ser responsable ante el inquilino por tres veces el monto retenido, más los honorarios razonables de los abogados.
Lea la Ley: Código de Maryland, Bienes inmuebles § 8-203
Retención de Depósito
El arrendador puede quedarse con cualquier parte del depósito de seguridad por alquiler impago, daños debidos a incumplimiento del contrato de arrendamiento o daños causados por el inquilino o su familia, agentes, empleados, invitados o invitados que excedan el desgaste normal de las instalaciones arrendadas, uso común. áreas, electrodomésticos grandes y muebles propiedad del propietario.
Si el inquilino notifica al propietario, por correo certificado, que tiene la intención de mudarse, la fecha de la mudanza y su nueva dirección, el inquilino tiene derecho a estar presente cuando el propietario inspeccione las instalaciones para determinar si se produjo algún daño. . El inquilino debe enviar el aviso por correo al menos 15 días antes de la fecha de mudanza. Luego, el propietario debe notificar al inquilino, por correo certificado, la hora y fecha de la inspección, que debe ser dentro de los 5 días anteriores o posteriores a la mudanza del inquilino.
Si el propietario no notifica al inquilino, por escrito, en el momento del pago del depósito de seguridad de los derechos del inquilino relacionados con la inspección, entonces el propietario pierde su derecho a retener cualquier parte del depósito de seguridad por daños, incluido el alquiler impago.
Si el arrendador se queda con el depósito de seguridad para pagar los daños, el arrendador debe proporcionar una declaración detallada de los costos. La declaración debe incluir documentación de respaldo. El propietario puede proporcionar un presupuesto. Si se proporciona un presupuesto, el propietario debe notificar al inquilino (por escrito) cuando se hayan completado las reparaciones. Este aviso debe incluir las facturas finales de las reparaciones. Si el costo final es menor que el monto del depósito de seguridad retenido, el propietario debe devolver el exceso al inquilino. El exceso deberá devolverse dentro de los 30 días siguientes a la finalización de las reparaciones.
Si el propietario intenta utilizar el depósito para cubrir los costos por incumplimiento del contrato de arrendamiento (incluido el alquiler impago), el propietario solo puede reclamar la cantidad real de dinero perdida debido al incumplimiento por parte del inquilino. Si el propietario vuelve a alquilar la propiedad antes de que finalice el plazo del inquilino, los daños reales se reducen por la cantidad obtenida del nuevo acuerdo.
Lea la Ley: Código de Maryland, Bienes inmuebles § 8-203
Más que “desgaste y desgaste”
El arrendador sólo puede cobrar por daños físicos más allá del desgaste normal. Ésta es una regla de sentido común. Por ejemplo, si una alfombra se desgasta debido al uso adecuado, entonces se trata de desgaste normal. Si una alfombra está manchada de tinta, entonces no se trata de un desgaste normal.
Al final del período de alquiler, el inquilino debe limpiar cuidadosamente la unidad de alquiler, incluidos todos los electrodomésticos. Haga que uno o dos amigos, que estarían dispuestos a ir a la corte con el inquilino, inspeccionen cuidadosamente la unidad de alquiler, habitación por habitación, y tomen notas sobre el estado de la unidad de alquiler. El inquilino también debe tomar fotografías del estado de cada habitación de la unidad de alquiler cuando abandone la unidad de alquiler.
Obtenga más información sobre el desgaste normal.
Aviso al inquilino
Si el propietario retiene cualquier parte del depósito de seguridad, el propietario debe enviar al inquilino, por correo de primera clase, a la última dirección conocida del inquilino, una lista escrita de los daños que el propietario reclama, junto con una declaración de los costos que el propietario ha pagado. realmente gastado para hacer las reparaciones. Si el propietario no hace esto dentro de los 45 días posteriores a la finalización del contrato de arrendamiento, el propietario pierde el derecho a quedarse con cualquier parte del depósito de seguridad por daños.
Lea la Ley: Código de Maryland, Bienes inmuebles § 8-203
Inquilino expulsado, desalojado o abandonado
Cuando el inquilino haya sido desalojado o expulsado por incumplimiento del contrato de arrendamiento, o haya abandonado la unidad de alquiler antes de la finalización del mismo, el procedimiento para la devolución del depósito de garantía será el siguiente:
- Dentro de los 45 días siguientes a su salida del local, el inquilino deberá enviar al propietario, por correo de primera clase, una solicitud de devolución del depósito de seguridad e informar al propietario de la nueva dirección del inquilino;
- Dentro de los 45 días siguientes a la recepción de la notificación, el arrendador deberá enviar, por correo de primera clase, una lista de los daños deducidos del depósito de garantía y una declaración de los costos realmente incurridos y deberá devolver al inquilino el depósito de garantía con interés simple de el mayor entre el tipo de la curva de rendimiento del Tesoro de EE.UU. o el 1.5% anual, menos cualquier daño debidamente retenido.
- Si el arrendador no envía la lista de daños, el arrendador pierde el derecho a quedarse con cualquier parte del depósito de seguridad por daños.
- Si el propietario no devuelve el depósito de seguridad según lo requerido, el propietario puede ser responsable ante el inquilino por hasta tres veces el monto retenido, más los honorarios razonables de los abogados.
Lea la Ley: Código de Maryland, Bienes inmuebles § 8-203
Sin Renuncia
Las disposiciones de las leyes relacionadas con los depósitos de seguridad no pueden renunciarse en ningún contrato de arrendamiento.
Lea la Ley: Código de Maryland, Bienes inmuebles § 8-203
Qué hacer si tiene un problema con su depósito de seguridad
Si su arrendador ha violado la ley de depósito de seguridad, puede demandar al arrendador en el Tribunal de Distrito. Su demanda debe presentarse a más tardar dos años después del final de su arrendamiento. Si presenta una demanda contra su arrendador y contrata a un abogado para que lo represente, puede solicitarle al tribunal los honorarios del abogado.
Lea la Ley: Código de Maryland, Bienes inmuebles § 8-203
Es posible que desee hablar con un abogado sobre cualquier problema relacionado con su depósito de seguridad. Usted puede ser elegible para recibir asesoramiento o servicios legales gratuitos de Asistencia Legal de Maryland o un programa de abogados voluntarios. Obtenga más información sobre cómo obtener ayuda de un profesional legal.
Puede obtener los formularios que necesita para presentar una demanda de reclamos menores contra el propietario en el Tribunal de Distrito local o en línea a través de Sitio web de los tribunales de Maryland. Se cobra una tarifa por presentar una demanda de reclamos menores. También debe pedirle a alguien que entregue los documentos a su arrendador o, por una tarifa adicional, usted o el tribunal pueden enviar los documentos por correo certificado, entrega restringida y con acuse de recibo. Obtenga más información sobre reclamos menores.
También puede presentar una queja ante el División de Protección al Consumidor de la Oficina del Fiscal General de Maryland.
Bonos de garantía
Un inquilino puede utilizar una fianza para pagar el monto total o una parte del depósito de seguridad. Sin embargo, un propietario no puede exigir que el inquilino compre una fianza, y el propietario no está obligado a dar su consentimiento para que el inquilino compre una fianza.
El monto de la fianza (o si se utiliza tanto una fianza como otra forma de pago para pagar el depósito de seguridad) no puede exceder los dos meses de alquiler por unidad. Al menos 10 días antes de que el propietario presente un reclamo contra la fianza, el propietario debe notificar al inquilino por correo de primera clase. Un inquilino puede optar por luchar contra el reclamo enviando una respuesta por escrito a la fianza dentro de los 10 días posteriores a la recepción del reclamo del propietario.
Antes de que un inquilino compre una fianza en lugar de pagar un depósito de seguridad, la fianza que proporciona la fianza debe informar al inquilino por escrito que:
- el pago de una fianza no es reembolsable;
- la fianza no es un seguro para el inquilino;
- La fianza se compra para proteger al propietario contra pérdidas por falta de pago del alquiler, incumplimiento del contrato de arrendamiento o daños causados por el inquilino.
- se le puede exigir al inquilino que reembolse a la fianza el monto que ésta pagó al arrendador;
- incluso después de que el inquilino compre la fianza, el inquilino sigue siendo responsable del pago de todo el alquiler impago y los daños;
- el inquilino tiene derecho a pagar los daños directamente al propietario o exigir que el propietario utilice el depósito de seguridad del inquilino, si lo hubiera, antes de que el propietario presente un reclamo contra la fianza; y
- Si el fiador no revela los números del 1 al 6, el fiador pierde el derecho de presentar cualquier reclamo contra el inquilino en virtud de la fianza.
Lea la Ley: Maryland, Código, Bienes Inmuebles § 8-203